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دستورالعمل های 941 (Puerto ریکو Version)

دستورالعمل های فرم 941 (PR)، بازگشت مالیات فدرال کارفرمایان (Puerto ریکو Version)

بازبینی شده در مارس 2023

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Department of the Treasury  
Internal Revenue Service  
Instrucciones para  
el Formulario 941-PR  
(Rev. marzo de 2023)  
Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono  
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden  
Qué Hay de Nuevo  
al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de  
otra manera.  
La contribución al Seguro Social y la contribución al Medicare  
para 2023. La tasa de contribución al Seguro Social sobre los  
salarios sujetos a la contribución, incluyendo los salarios de licencia  
por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar  
calificados pagados en 2023 por la licencia tomada después del 31  
de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, es 6.2%  
(0.062) para cada uno, el patrono y el empleado, o 12.4% (0.124)  
para ambos. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y  
los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de  
abril de 2021 no están sujetos a la parte correspondiente al patrono  
de la contribución al Seguro Social; por lo tanto, la tasa contributiva  
sobre estos salarios es 6.2% (0.062). La base salarial para la  
retención al Seguro Social es $160,200.  
La tasa de contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto  
para la parte del empleado como la parte del patrono, la misma tasa  
que correspondió para el año 2022. No hay límite sobre la cantidad  
de salarios sujetos a la contribución al Medicare.  
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a  
los salarios de empleados domésticos a quienes usted les paga  
$2,600 o más en efectivo u otra forma de compensación equivalente  
para el año 2023. Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare  
se aplican a los trabajadores electorales a quienes se les paga  
$2,200 o más en efectivo u otra forma equivalente de compensación  
para el año 2023.  
Contenido  
Página  
Acontecimientos Futuros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1  
Qué Hay de Nuevo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1  
Recordatorios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2  
Instrucciones Generales: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4  
Propósito del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . 4  
¿Quién Tiene que Radicar el Formulario  
941-PR? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5  
¿Cuándo Tiene que Radicar la Planilla? . . . . . . . . 6  
¿Cómo Deberá Completar el Formulario  
941-PR? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6  
¿Adónde Deberá Enviar la Planilla? . . . . . . . . . . . 7  
Cómo Hacer los Depósitos de sus  
Contribuciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8  
¿Qué Hay que Saber acerca de las Multas e  
Intereses? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8  
Ajuste a la Contribución sobre las Propinas . . . . . 9  
Instrucciones Específicas: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9  
Parte 1: Conteste las Preguntas a  
Continuación para este Trimestre . . . . . . . . . . 9  
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios  
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para  
los años contributivos que comiencen antes del 1 de enero de 2023,  
un pequeño negocio calificado puede optar por reclamar hasta  
$250,000 de su crédito por aumentar las actividades investigativas  
como un crédito contributivo sobre la nómina. La Inflation Reduction  
Act of 2022 (Ley de Reducción de la Inflación o IRA, por sus siglas  
en inglés) aumenta la cantidad de la elección a $500,000 para los  
años contributivos que comienzan después del 31 de diciembre de  
2022. La elección del crédito contributivo sobre la nómina tiene que  
hacerse en o antes de la fecha de vencimiento de la planilla de  
contribuciones originalmente radicada (incluyendo prórrogas). Se  
permite reclamar la parte del crédito utilizada contra la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social en el  
primer trimestre natural comenzando después de la fecha en que el  
pequeño negocio calificado radicó su planilla de contribuciones  
sobre los ingresos. La elección y la determinación de la cantidad del  
crédito que se utilizará contra las contribuciones sobre la nómina del  
patrono se hacen en el Formulario 6765, Credit for Increasing  
Research Activities (Crédito por aumentar las actividades  
Parte 2: Infórmenos sobre su Itinerario de  
Depósitos y Obligación Contributiva para  
este Trimestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17  
Parte 3: Infórmenos sobre su Negocio . . . . . . . . 19  
Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos con su  
Tercero Autorizado? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20  
Parte 5: Firme Aquí (Funciones Aprobadas) . . . . 20  
Cómo Obtener Formularios, Instrucciones y  
Publicaciones del IRS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21  
Hoja de Trabajo 1. Crédito por los Salarios de  
Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados  
Pagados este Trimestre de 2023 por la  
Licencia Tomada después del 31 de Marzo de  
2020 y antes del 1 de Abril de 2021 . . . . . . . . . . 22  
Hoja de Trabajo 2. Crédito por los Salarios de  
Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados  
Pagados este Trimestre de 2023 por la  
investigativas), en inglés. La cantidad de la línea 44 del Formulario  
6765 tiene que declarase en el Formulario 8974, Qualified Small  
Business Payroll Tax Credit for Increasing Research Activities  
(Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios  
calificados por aumentar las actividades investigativas), en inglés.  
A partir del primer trimestre de 2023, el crédito contributivo sobre  
la nómina se utiliza primero para reducir la parte correspondiente al  
patrono de la contribución al Seguro Social hasta $250,000 por  
trimestre y cualquier crédito restante reduce la parte  
Licencia Tomada después del 31 de Marzo de  
2021 y antes del 1 de Octubre de 2021 . . . . . . . 23  
Acontecimientos Futuros  
Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos  
relacionados con el Formulario 941-PR y sus instrucciones, como  
legislación promulgada después de que dichos documentos se  
hayan publicado, acceda a IRS.gov/Form941PR.  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare para el  
trimestre. Cualquier crédito restante, después de reducir la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social y al  
Medicare, luego se transfiere al próximo trimestre. El Formulario  
8974 se utiliza para determinar la cantidad del crédito que se puede  
Jan 28, 2023  
Cat. No. 35286W  
   
utilizar en el trimestre en curso. La cantidad de la línea 12, o, si  
corresponde, de la línea 17 del Formulario 8974 se declara en la  
línea 11a. Para más información sobre el crédito contributivo sobre  
la nómina, acceda a IRS.gov/ResearchPayrollTC, en inglés.  
adelante.  
después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021,  
ya no puede solicitar un anticipo de pago de ningún crédito en el  
Formulario 7200(SP), Anticipo de Pago de Créditos del Empleador  
Debido al COVID-19.  
Crédito contributivo sobre la nómina para ciertas organizacio-  
nes exentas de contribuciones afectadas por desastres califi-  
cados. La sección 303(d) de la Taxpayer Certainty and Disaster  
Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario en Casos de Desastre y  
Certeza para los Contribuyentes de 2020) permite un crédito  
contributivo sobre la nómina para ciertas organizaciones exentas de  
contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados no  
relacionados con el COVID-19. Este crédito se reclama en el  
Formulario 5884-D, Employee Retention Credit for Certain  
Formulario 941-PR se descontinuará después de 2023. El  
Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal  
TRIMESTRAL del Patrono, ya no estará disponible después del  
cuarto trimestre de 2023. En su lugar, los empleadores en los  
territorios de los Estados Unidos presentarán el nuevo Formulario  
941(sp), Declaración del Impuesto Federal TRIMESTRAL del  
Empleador.  
Tax-Exempt Organizations Affected by Qualified Disasters (Crédito  
de retención de empleados para ciertas organizaciones exentas de  
contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados), en  
inglés (no en el Formulario 941-PR). El Formulario 5884-D se radica  
después de que se haya radicado el Formulario 941-PR para el  
trimestre para el cual se reclama el crédito. Si reclamará este  
crédito en el Formulario 5884-D y también está reclamando un  
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar  
calificados por la licencia tomada antes del 1 de abril de 2021, tiene  
que incluir cualquier crédito que se reclame en el Formulario 5884-D  
en la Hoja de Trabajo 1 para ese trimestre. Para más información  
sobre este crédito, acceda a IRS.gov/Form5884D, en inglés.  
Publicación 179 se descontinuará después de 2023. La  
Publicación 179, Guía Contributiva Federal para Patronos  
Puertorriqueños, ya no estará disponible después de 2023. En su  
lugar, información específica para patronos agropecuarios y los  
patronos en los territorios de los Estados Unidos se incluirá en la  
nueva Publicación 15(sp), Guía Tributaria para Empleadores, para  
uso en 2024.  
Recordatorios  
Use la revisión de marzo de 2023 del Formulario 941-PR  
para declarar las contribuciones para el primer trimestre de  
!
Programa de certificación para las organizaciones de patro-  
nos profesionales (PEO). La Stephen Beck Jr., Achieving a Better  
Life Experience Act of 2014 (ABLE) (Ley Stephen Beck Jr., Logro de  
una Mejor Calidad de Vida de 2014, o ABLE, por sus siglas en  
inglés) requiere del IRS establecer un programa de certificación  
voluntaria para las organizaciones de patronos/empleadores  
profesionales (PEO, por sus siglas en inglés). Las PEO se encargan  
de manejar varias responsabilidades administrativas de nómina y  
declaraciones de contribuciones de sus clientes de negocios y, por  
lo general, se les paga una tarifa basada en los costos de la nómina.  
Para certificarse y mantener la certificación conforme al programa  
de certificación, las organizaciones de patronos profesionales  
certificados (CPEO, por sus siglas en inglés) tienen que cumplir con  
varios requisitos descritos en las secciones 3511 y 7705 y las guías  
relacionadas que se han publicado. La certificación como una  
CPEO puede afectar las obligaciones de contribuciones de nómina  
tanto de la CPEO como las de sus clientes. Por lo general, para  
propósitos de las contribuciones sobre la nómina, una CPEO es  
tratada como el patrono de cualquier individuo que realiza servicios  
para un cliente de la CPEO y está cubierto por un contrato descrito  
en la sección 7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente (contrato de la  
CPEO), pero sólo para los salarios y otra compensación pagados al  
individuo por la CPEO. Para certificarte como una CPEO, la  
organización tiene que hacer la solicitud por medio del IRS Online  
Registration System (Sistema de registro en línea del IRS), en  
inglés. Para más información o solicitar para certificarse como una  
CPEO, acceda a IRS.gov/CPEO. La información está disponible en  
inglés.  
´
PRECAUCION  
2023 no use una revisión previa para declarar las  
contribuciones para 2023. En este momento, el IRS espera que la  
revisión de marzo de 2023 del Formulario 941-PR y estas  
instrucciones se usen para el segundo, el tercer y el cuarto trimestre  
de 2023. Si cambios en la ley requieren cambios adicionales al  
Formulario 941-PR, el formulario y/o estas instrucciones podrían ser  
revisadas. Las revisiones anteriores del Formulario 941-PR están  
disponibles en IRS.gov/Form941PR (seleccione el enlace para  
“Todas las Versiones del Formulario 941-PR” bajo “Otros Artículos  
Que Le Podrían Ser Útiles”).  
El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y fami-  
liar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la li-  
cencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1  
de octubre de 2021. Generalmente, el crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados promulgado conforme  
a la Families First Coronavirus Response Act (FFCRA) (Ley de  
Familias Primero en Respuesta al Coronavirus o FFCRA, por sus  
siglas en inglés) enmendado y extendido por la COVID-related Tax  
Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionado con el  
COVID de 2020) por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2020 y antes del 1 de abril de 2021, y el crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados conforme a las  
secciones 3131, 3132 y 3133 del Código Federal de Rentas  
Internas, según promulgado conforme a la American Rescue Plan  
Act of 2021 (Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 o la  
Ley ARP, como se conoce en inglés) por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021  
han vencido. Sin embargo, los patronos que pagan salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre  
de 2021 son elegibles para reclamar un crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados en el trimestre de  
2023 en el que se pagaron los salarios calificados. Para más  
información, vea las instrucciones para la línea 11b, la línea 11d, la  
línea 13c y la línea 13e, más adelante.  
Por lo general, las CPEO tienen que radicar electrónicamente el  
Formulario 941-PR y el Anexo R (Formulario 941), Allocation  
Schedule for Aggregate Form 941 Filers (Registro de asignación  
para los declarantes de Formularios 941 agregados), en inglés.  
Para más información sobre el requisito de una CPEO de radicar  
electrónicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14  
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en inglés.  
Puede ver dicho procedimiento en la página 426 del Internal  
Revenue Bulletin 2017-3 (Boletín de Rentas Internas 2017-3), en  
inglés, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB#RP-2017-14.  
Use la Hoja de Trabajo 1 para calcular el crédito por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021. Use la Hoja de Trabajo 2 para calcular el crédito por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021. Para más información sobre el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a  
IRS.gov/PLC, en inglés.  
Externalización de las obligaciones de nómina. Por lo general,  
como patrono, usted es responsable de asegurarse que las planillas  
de contribución se radiquen y que los depósitos y los pagos se  
efectúen, aun si usted contrata los servicios de un tercero para  
hacerlo. Usted sigue siendo el responsable aun si el tercero no  
cumple con la acción requerida. Antes de elegir por externalizar  
cualquier parte de su nómina y las obligaciones relacionadas con  
las contribuciones (es decir, retención, declaración y pago de las  
Anticipo de pago de créditos relacionado con el COVID-19 ha  
terminado. Aunque puede pagar salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia tomada  
-2-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
 
contribuciones al Seguro Social, al Medicare y al fondo federal de  
desempleo (FUTA, por sus siglas en inglés)) a un tercero pagador,  
tal como un proveedor de servicios de nómina o agente de  
reportación, acceda a IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties para  
información útil sobre este tema. Dicha información está disponible  
en inglés. Si una CPEO paga los salarios y otra compensación de  
cualquier individuo que realiza servicios para usted y los servicios  
están cubiertos por un contrato de la CPEO, entonces la CPEO es,  
por lo general, tratada como el patrono para propósitos de las  
contribuciones sobre la nómina, pero sólo para salarios y otra  
compensación pagada al individuo por la CPEO. Sin embargo, con  
respecto a ciertos empleados cubiertos por un contrato de la CPEO,  
usted también puede ser tratado como un patrono de los empleados  
y, en consecuencia, también puede ser responsable de las  
contribuciones federales sobre la nómina impuestas sobre los  
salarios y otra compensación pagada por la CPEO a dichos  
empleados. Para más información sobre los diferentes tipos de  
arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third  
Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la  
Pub. 15, en inglés.  
Si tanto un patrono como un agente autorizado conforme a  
la sección 3504 (o una CPEO u otro tercero pagador)  
pagaron salarios a un empleado durante un trimestre, tanto  
CONSEJO  
el patrono como el agente autorizado conforme a la sección 3504 (o  
la CPEO u otro tercero pagador, si aplica) deben radicar el  
Formulario 941-PR declarando los salarios que cada entidad pagó  
al empleado durante el trimestre aplicable y emitir los Formularios  
499R-2/W-2PR declarando los salarios que cada entidad pagó al  
empleado durante el año.  
Si un tercero pagador de compensación por enfermedad  
también está pagando los salarios de licencia por enfermedad  
calificados en nombre de un patrono, el tercero pagador estaría  
haciendo los pagos como agente del patrono. Al patrono se le  
requiere hacer la declaración y el pago de las contribuciones sobre  
la nómina con respecto a los salarios de licencia por enfermedad  
calificados y reclamar el crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad calificados, a menos que el patrono tenga un acuerdo  
de agencia con el tercero pagador que requiera que el tercero  
pagador haga el cobro, la declaración y/o el pago o el depósito de  
las contribuciones sobre la nómina sobre los salarios de licencia por  
enfermedad calificados. Si el patrono tiene un acuerdo de agencia  
con el tercero pagador, el tercero pagador incluye los salarios de  
licencia por enfermedad calificados en el Formulario 941-PR  
agregado del tercero pagador, reclama el crédito de licencia por  
enfermedad en nombre del patrono en el Formulario 941-PR  
agregado y declara por separado el crédito asignable a los patronos  
en el Anexo R (Formulario 941), en inglés. Vea el apartado 6 de la  
Pub. 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva  
suplementaria para patronos), en inglés, para más información  
sobre la declaración de salarios por enfermedad.  
Créditos contributivos sobre la nómina relacionados con el  
COVID-19 cuando la planilla de contribuciones se radica por  
un tercero pagador. Si usted es el patrono de acuerdo con el  
derecho común de los individuos a los que se les pagan salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados, tiene derecho al  
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados, independientemente de si utiliza un tercero pagador (tal  
como una PEO, una CPEO o un agente conforme a la sección 3504)  
para declarar y pagar sus contribuciones federales sobre la nómina.  
El tercero pagador no tiene derecho a los créditos con respecto a  
los salarios y contribuciones que remite en su nombre  
Crédito contributivo por oportunidad de trabajo para organiza-  
ciones calificadas exentas de contribución que contratan a ve-  
teranos calificados. Las organizaciones calificadas exentas de  
contribuciones que contratan veteranos desempleados elegibles  
pueden reclamar el crédito contributivo por oportunidad de trabajo  
contra su contribución sobre la nómina utilizando el Formulario  
5884-C, Work Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt  
(independientemente de si el tercero se considera un “patrono” para  
otros propósitos).  
Declarantes de Formularios 941-PR agregados. Los agentes  
aprobados conforme a la sección 3504 y las CPEO tienen que  
completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en inglés, al  
radicar un Formulario 941-PR agregado. Los Formularios 941-PR  
agregados son radicados por agentes aprobados por el IRS  
conforme a la sección 3504. Para solicitar la aprobación para actuar  
como un agente para un empleador o patrono, el agente radica ante  
el IRS el Formulario 2678, a menos que usted sea una agencia del  
gobierno estatal o local que actúa como agente conforme a los  
procedimientos especiales provistos en el Revenue Procedure  
2013-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2013-39) que  
se encuentra en la página 830 del Internal Revenue Bulletin  
2013-52 (Boletín de Rentas Internas 2013-52), en inglés, disponible  
en IRS.gov/irb/2013-52_IRB#RP-2013-39. Las CPEO aprobadas  
por el IRS conforme a la sección 7705 pueden radicar Formularios  
941-PR agregados. Para ser una CPEO, la organización tiene que  
solicitar a través del IRS Online Registration System (Sistema de  
registro en línea del IRS), en inglés, accediendo a IRS.gov/CPEO.  
Las CPEO radican el Formulario 8973, Certified Professional  
Employer Organization/Customer Reporting Agreement  
Organizations Hiring Qualified Veterans (Crédito por oportunidad de  
trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas  
que contratan a veteranos calificados), en inglés. Para más  
información, acceda a IRS.gov/WOTC y pulse sobre Español.  
Corrección del Formulario 941-PR radicado previamente. Si  
descubre un error en un Formulario 941-PR que radicó previamente  
o si de otra manera necesita enmendar un Formulario 941-PR  
previamente radicado, haga la corrección usando el Formulario  
941-X (PR). El Formulario 941-X (PR) se radica por separado del  
Formulario 941-PR. Para más información, vea las Instrucciones  
para el Formulario 941-X (PR), el apartado 12 de la Pub. 179 o  
acceda a IRS.gov/CorrectingEmploymentTaxes y pulse sobre  
Español.  
Los depósitos de la contribución federal tienen que efectuar-  
se por transferencia electrónica de fondos (EFT). Usted tiene  
que utilizar la transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus  
siglas en inglés) para depositar toda contribución federal. Por lo  
general, una EFT se realiza mediante el Sistema de Pago  
Electrónico de Impuestos Federales (EFTPS, en inglés). Si usted no  
desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su  
preparador profesional, institución financiera, servicio de nóminas u  
otro tercero de confianza le haga los depósitos electrónicamente de  
parte de usted. También puede hacer arreglos para que su  
institución financiera inicie una transferencia electrónica realizada el  
mismo día de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio  
gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podría verse  
obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador  
profesional de contribuciones, institución financiera, servicio de  
nómina u otro tercero.  
(Organización de patrono profesional certificada/Acuerdo de  
radicación del cliente), en inglés, para notificar al IRS que  
comenzaron o terminaron un contrato de servicio con un cliente. Por  
lo general, las CPEO tienen que radicar el Formulario 941-PR y el  
Anexo R (Formulario 941) electrónicamente. Para más información  
sobre el requisito de una CPEO de radicar electrónicamente, vea el  
Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo  
Contributivo 2017-14), en inglés. Puede ver dicho procedimiento en  
la página 426 del Internal Revenue Bulletin 2017-3 (Boletín de  
Rentas Internas 2017-3), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/  
Otros terceros pagadores que radican los Formularios 941-PR  
agregados, tales como las PEO no certificadas, tienen que  
completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en inglés, si tienen  
clientes que están reclamando el crédito contributivo sobre la  
nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las  
actividades investigativas y/o el crédito por los salarios de licencia  
por enfermedad y familiar calificados.  
Para más información sobre cómo hacer depósitos de  
contribuciones federales, vea el apartado 11 de la Pub. 179. Para  
obtener información o para inscribirse en el EFTPS, acceda a  
EFTPS.gov, en inglés, o llame al número del Servicio al Cliente en  
español, 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando  
-3-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
 
los Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS, por  
sus siglas en inglés) para personas sordas, con dificultades  
auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en sus  
teléfono y luego proporciónele al asistente de los Servicios de  
Retransmisión de Telecomunicaciones el número 800-244-4829  
indicado anteriormente o el 800-733-4829. Información adicional  
sobre el EFTPS está disponible en la Pub. 966 (SP).  
Retiro electrónico de fondos (EFW). Si radica el Formulario  
941-PR electrónicamente, puede radicar (e-file) y utilizar el  
electronic funds withdrawal (retiro electrónico de fondos o EFW, por  
sus siglas en inglés) para pagar el saldo adeudado en un solo paso,  
usando programas de computadora (software) para la preparación  
de planillas o por medio de un preparador profesional de  
contribuciones. Sin embargo, no use el EFW para efectuar los  
depósitos de la contribución federal. Para más información sobre el  
pago de contribuciones por medio del EFW, acceda a IRS.gov/EFW  
y pulse sobre Español.  
Para que un depósito efectuado por medio del EFTPS se  
considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el  
!
´
PRECAUCION  
depósito a más tardar a las 8 p.m. horario del Este de los  
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para  
efectuar el depósito.  
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito. Usted puede  
pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 941-PR  
usando una tarjeta de crédito o débito. Su pago será procesado por  
un procesador de pagos quien cobrará un cargo por servicio. No  
use ninguna tarjeta de crédito o débito para hacer depósitos de las  
contribuciones federales. Para más información sobre cómo se  
pagan las contribuciones con tarjetas de crédito o débito, acceda a  
Opción de pago el mismo día por medio de una  
transferencia electrónica. Si no transmite una transacción de  
depósito en el EFTPS para las 8 p.m. horario del Este de los  
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para  
efectuar un depósito, todavía puede efectuar a tiempo su depósito  
por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de  
recaudación de la contribución federal o FTCS, por sus siglas en  
inglés) para efectuar un pago electrónico el mismo día. Para utilizar  
el método de pago efectuado el mismo día, tendrá que hacer los  
trámites con su institución financiera con anticipación. Por favor  
consulte con su institución financiera con respecto a la  
Acuerdo de pago en línea. Usted puede que tenga derecho a  
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la  
cantidad total de la contribución adeudada al radicar su planilla.  
Para más información, vea ¿Qué pasa si usted no puede pagar en  
su totalidad?, más adelante.  
disponibilidad, los plazos y el costo. Su institución financiera puede  
cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta manera. Para  
obtener más detalles sobre la información que necesita proveer a su  
institución financiera para poder efectuar un pago electrónico el  
mismo día, acceda a IRS.gov/SameDayWire y pulse sobre Español.  
Puntualidad de los depósitos de la contribución federal. Si  
se requiere que un depósito se efectúe en un día que no sea un día  
laborable, se considera que dicho depósito se hace a tiempo si se  
hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente día  
laborable. Un “día laborable” es todo día que no sea sábado,  
domingo o día feriado oficial. El término “día feriado oficial” para  
propósitos de efectuar los depósitos incluye sólo los días feriados  
oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos días feriados oficiales se  
indican en el apartado 11 de la Pub. 179.  
Preparadores remunerados. Si utiliza un preparador remunerado  
para completar el Formulario 941-PR, el preparador remunerado  
tiene que completar y firmar la sección del preparador remunerado  
en el formulario.  
¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono? Puede llamar al  
800-829-4933 (si es usuario del equipo TTY/TDD para personas  
que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que tienen  
impedimentos del habla, puede llamar al 800-829-4059), de lunes a  
viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local (los contribuyentes  
que no estén en Puerto Rico pueden recibir ayuda de 7:00 a.m. a  
7:00 p.m. horario local; los contribuyentes que estén en Alaska y  
Hawaii seguirán el horario del Pacífico) para recibir respuestas a sus  
preguntas sobre cómo completar el Formulario 941-PR y las reglas  
para el depósito de las contribuciones federales.  
Radicación y pago por medios electrónicos. Los negocios  
pueden disfrutar de los beneficios de radicar sus planillas de  
contribución y pagar sus contribuciones federales por medios  
electrónicos. No importa si depende de un preparador profesional o  
si usted mismo se ocupa de completar su planilla de contribución, el  
IRS ofrece programas convenientes para facilitar la radicación y el  
pago de las contribuciones. Pase menos tiempo preocupándose de  
las contribuciones y más tiempo dedicándose a la operación de su  
negocio. Use la radicación electrónica (e-file) y el EFTPS, según le  
convenga:  
Fotografías de niños desaparecidos. El IRS se enorgullece de  
(NCMEC) (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados  
o NCMEC, por sus siglas en inglés). Fotografías de niños  
desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden  
aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo contrario,  
estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños regresen  
a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y llama al  
1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).  
Para e-file, acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre  
Español para más información. Se le puede cobrar un cargo por  
Instrucciones Generales:  
Propósito del Formulario 941-PR  
Estas instrucciones le darán información de trasfondo sobre el  
Formulario 941-PR. Podrá saber quién tiene que radicar el  
Formulario 941-PR, cómo debe completarse (se le darán  
instrucciones para cada línea) y dónde y cuándo debe radicarlo.  
radicar electrónicamente.  
Para el EFTPS, acceda a EFTPS.gov, en inglés, o llame al  
Servicio al Cliente del EFTPS en español al 800-244-4829. Para  
comunicarse con el EFTPS utilizando el TRS para personas sordas,  
con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el  
711 en su teléfono y luego proporciónele al asistente del TRS el  
número 800-244-4829 indicado anteriormente o el 800-733-4829.  
Para la radicación por medios electrónicos del Formulario  
499R-2/W-2PR, acceda a SSA.gov/Employer, en inglés. Es posible  
que a usted se le requiera radicar el Formulario 499R-2/W-2PR por  
medios electrónicos. Para más detalles, vea las instrucciones para  
los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR.  
Si desea obtener información más a fondo sobre las  
contribuciones sobre la nómina relacionadas con el Formulario  
941-PR, vea la Pub. 179. Dicha publicación explica los requisitos  
para la retención, el depósito y el pago de las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare. Le explica sobre los formularios que  
tiene que darle a sus empleados, los formularios que sus  
empleados tienen que darle a usted y aquéllos que usted tiene que  
enviar al IRS. Vea la Pub. 15-A, en inglés, para obtener información  
especializada sobre las contribuciones sobre la nómina que  
complementa la información básica contenida en la Pub. 179.  
Si usted radica su planilla o si paga sus contribuciones  
federales por medios electrónicos, se requiere tener un  
!
´
PRECAUCION  
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en  
inglés) válido en el momento en que se radica la planilla o en que se  
efectúa el pago. Si no provee un EIN válido, ni la planilla ni el pago  
serán tramitados. Esta acción puede resultar en multas. Vea  
Número de identificación patronal (EIN), más adelante, para más  
información sobre cómo solicitar un EIN.  
La ley federal requiere que usted, como patrono, les retenga  
ciertas contribuciones a los cheques de salario de sus empleados.  
Cada vez que paga salarios, tiene que retener —es decir, descontar  
de los cheques de salario de sus empleados— ciertas cantidades  
-4-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
para pagar la contribución al Seguro Social y la contribución al  
Medicare. También tiene que retener la Contribución Adicional al  
Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un  
empleado en un año natural. De acuerdo con el sistema de la  
retención de contribuciones, estas mismas que se les retienen a sus  
empleados se acreditarán en sus cuentas del Seguro Social para  
pagar sus obligaciones contributivas correspondientes.  
formulario. Por lo general, el IRS no le preguntará sobre planillas  
que no han sido radicadas si por lo menos una planilla en la cual se  
indica una obligación contributiva es radicada cada año. No  
obstante, tiene que marcar el recuadro en la línea 18 en cada  
planilla trimestral que radique. De otra manera, el IRS anticipará que  
radicará una planilla para cada trimestre.  
Los patronos de empleados domésticos normalmente no  
radican el Formulario 941-PR. Vea la Pub. 179, el Anexo H-PR  
(Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de  
Empleados Domésticos, sus instrucciones por separado y la Pub.  
926, ésta última en inglés.  
La ley federal también requiere que usted pague toda obligación  
resultante de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare  
correspondientes al patrono. No se les retiene esta parte de las  
contribuciones al Seguro Social ni de la contribución al Medicare a  
los empleados.  
Los patronos de empleados agrícolas no radican el Formulario  
941-PR por los salarios pagados por trabajo agrícola. Vea el  
Formulario 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la  
Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas, la Pub.  
179 y la Pub. 51, ésta última en inglés.  
¿Quién Tiene que Radicar el  
Formulario 941-PR?  
Por lo general, tiene que radicar una planilla para el primer trimestre  
en el cual usted paga salarios sujetos a las contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare, y para cada trimestre de ahí en adelante hasta  
que usted radique una planilla final. Use el Formulario 941-PR si el  
lugar principal donde desempeña sus actividades comerciales está  
en Puerto Rico o si tiene empleados que están sujetos a la retención  
de la contribución sobre los ingresos de Puerto Rico.  
Si ninguna de estas excepciones le aplica y no ha radicado  
CONSEJO  
una planilla final, usted tiene que radicar el Formulario  
941-PR cada trimestre aunque no haya pagado salarios  
durante el trimestre. Si es posible, use la radicación electrónica  
(e-file) del IRS.  
Solicitud para Radicar los Formularios 941-PR  
en Lugar del Formulario 944(SP) o Solicitud  
para Radicar el Formulario 944(SP) en Lugar de  
los Formularios 941-PR  
Use el Formulario 941-PR para declarar las siguientes  
cantidades:  
Salarios que ha pagado sujetos a las contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare.  
Propinas que sus empleados han recibido sujetas a las  
Solicitud para radicar los Formularios 941-PR en lugar del For-  
mulario 944(SP). Los patronos a quienes normalmente se les  
requiere radicar el Formulario 944(SP) que deseen radicar el  
Formulario 941-PR en su lugar, pueden contactar al IRS para  
solicitar radicar los Formularios 941-PR trimestrales en lugar de  
radicar el Formulario 944(SP) anualmente. Para solicitar la  
radicación de los Formularios 941-PR trimestrales para declarar sus  
contribuciones al Seguro Social y al Medicare para el año natural  
2023, tiene que llamar al IRS al 800-829-4933 entre el 1 de enero de  
2023 y el 3 de abril de 2023 o enviar una solicitud por escrito con  
fecha de matasellos del correo entre el 1 de enero de 2023 y el 15  
de marzo de 2023. Después de comunicarse con el IRS, el IRS le  
enviará una notificación por escrito de que su requisito de  
radicación ha cambiado a los Formularios 941-PR. Usted tiene que  
recibir una notificación por escrito del IRS antes de radicar los  
Formularios 941-PR en lugar del Formulario 944(SP). Si no recibe  
dicha notificación, usted tiene que radicar el Formulario 944(SP)  
para el año natural 2023.  
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.  
Las partes correspondientes al patrono y al empleado de las  
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.  
Contribución Adicional al Medicare retenida de los empleados.  
Ajustes hechos en el trimestre en curso a las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare por fracciones de centavos, pagos por  
enfermedad, propinas y seguro de vida colectivo a término fijo.  
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios  
calificados por aumentar las actividades investigativas.  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia  
familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre  
de 2021.  
No use el Formulario 941-PR si tiene tanto a empleados que  
están sujetos a la retención de la contribución federal sobre los  
ingresos de los Estados Unidos como a empleados que no están  
sujetos a la retención de la contribución federal sobre los ingresos  
de los Estados Unidos. En su lugar, tiene que radicar sólo el  
Formulario 941 (o Formulario 944(SP)) e incluir todos los salarios de  
sus empleados en ese formulario. Tampoco use el Formulario  
941-PR para declarar las contribuciones de desempleo. Use el  
Formulario 940-PR, Planilla para la Declaración Federal Anual del  
Patrono de la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA), para  
declarar las contribuciones de desempleo.  
Solicitud para radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los  
Formularios 941-PR. Si tiene que radicar los Formularios 941-PR  
pero cree que sus contribuciones sobre la nómina para el año  
natural 2023 serán de $1,000 o menos, puede hacer una solicitud  
para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los  
Formularios 941-PR. Puede solicitar por teléfono llamando al IRS al  
800-829-4933 entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de abril de 2023 o  
enviando su solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo  
entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de marzo de 2023. Después de  
comunicarse con el IRS, el IRS le enviará una notificación por  
escrito de que su requisito de radicación ha cambiado al Formulario  
944(SP). Usted tiene que recibir una notificación por escrito del IRS  
antes de radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los Formularios  
941-PR. Si no recibe dicha notificación, usted tiene que radicar los  
Formularios 941-PR para el año natural 2023.  
Después de que radique su primer Formulario 941-PR, tiene que  
radicar una planilla cada trimestre aunque no haya tenido ninguna  
obligación contributiva que declarar, a no ser que radique una  
planilla final o le corresponda una de las Excepciones a  
continuación.  
Excepciones  
Adónde enviar sus solicitudes por escrito. Las solicitudes por  
Reglas especiales le corresponden a ciertos patronos:  
escrito tienen que ser enviadas a:  
Si recibió una notificación que le informa que tiene que radicar el  
Formulario 944(SP), Declaración ANUAL del Impuesto del Patrono  
o Empleador, tiene que radicar el Formulario 944(SP) anualmente;  
no radique el Formulario 941-PR trimestralmente.  
Department of the Treasury  
Internal Revenue Service  
Ogden, UT 84201-0038  
Los patronos estacionales no tienen que radicar el Formulario  
941-PR para los trimestres durante los cuales no han tenido una  
obligación contributiva debido a que no han pagado salarios. Para  
notificarle al IRS que no va a radicar una planilla por uno o más  
trimestres del año, marque el recuadro que aparece en la línea 18  
del Formulario 941-PR en cada trimestre que radica dicho  
Para más información acerca de estos procedimientos, vea el  
Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento Administrativo  
Contributivo 2009-51), en inglés. Puede ver dicho procedimiento en  
-5-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
   
la página 625 del Internal Revenue Bulletin 2009-45 (Boletín de  
Rentas Internas 2009-45), en ingles, disponible en IRS.gov/irb/  
Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo  
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en  
inglés). Puede encontrar el Rev. Proc. 2004-53 en la página 320 del  
Internal Revenue Bulletin 2004-34 (Boletín de Rentas Internas  
2004-34) en el sitio web IRS.gov/irb/2004-53_IRB#RP-2004-34.  
¿Qué Pasará si Reorganiza o Cierra su  
Negocio?  
Si Vende o Transfiere su Negocio...  
¿Cuándo Tiene que Radicar la  
Planilla?  
Radique el Formulario 941-PR inicial para cada trimestre en el cual  
usted pagó por primera vez salarios sujetos a las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare. Vea la tabla titulada Cuándo Tiene que  
Radicar el Formulario 941-PR, más adelante.  
Si vende o transfiere su negocio durante el trimestre, tanto usted  
como el nuevo dueño tienen, cada uno, que radicar un Formulario  
941-PR para el trimestre en el cual se efectuó la transferencia.  
Declare únicamente los salarios que usted mismo pagó.  
Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que continúa  
en vigor tiene que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en  
el cual ocurrió la fusión y la otra empresa tiene que radicar una  
planilla final.  
Luego tendrá que radicar para cada trimestre que le  
sigue —cada 3 meses— aun si no tiene contribuciones que  
declarar, a menos que usted sea un patrono estacional o si radica  
su planilla final. Vea la explicación sobre patronos estacionales bajo  
Excepciones y el tema Si Cierra su Negocio, anteriormente.  
Cuando la clasificación de un negocio cambia a otra— tal como  
un negocio de un sólo dueño que se convierte en una sociedad  
colectiva (partnership) o en una corporación —se considera este  
tipo de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia,  
quizás tenga que obtener un número de identificación patronal (EIN,  
por sus siglas en inglés) nuevo. Vea la Pub.1635, en inglés, y el  
apartado 3 de la Pub. 179 para más detalles.  
Radique el Formulario 941-PR sólo una vez por cada trimestre.  
Si radica por medios electrónicos, no radique un Formulario 941-PR  
en papel. Para más información sobre la radicación del Formulario  
941-PR por medios electrónicos, vea Radicación y pago por medios  
electrónicos, anteriormente.  
Cuándo Tiene que Radicar el Formulario 941-PR  
Asegúrese de adjuntar una declaración que incluya lo siguiente:  
El nombre del nuevo dueño (o el nombre nuevo de la empresa);  
Si la empresa actualmente es un negocio propio, sociedad  
El plazo para radicar su Formulario 941-PR vence el último día del mes que le  
sigue al final del trimestre.  
colectiva (partnership) o corporación (sociedad anónima);  
El Formulario  
941-PR vence  
el. . .  
La clase de cambio que se efectuó (venta o transferencia);  
La fecha en la cual se efectuó el cambio; y  
El trimestre  
termina el. . .  
El trimestre incluye los meses de. . .  
El nombre del individuo que lleva los archivos de la nómina y la  
dirección donde se guardarán tales archivos.  
1. enero, febrero, marzo  
2. abril, mayo, junio  
31 de marzo  
30 de junio  
30 de abril  
31 de julio  
Si Cierra su Negocio...  
3. julio, agosto, septiembre  
4. octubre, noviembre, diciembre  
30 de septiembre 31 de octubre  
31 de diciembre 31 de enero  
Si cierra su negocio o deja de pagar salarios a sus empleados, tiene  
que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que la planilla  
para cierto trimestre va a ser su planilla final, marque el recuadro en  
la línea 17 y anote la última fecha en la cual pagó salarios. Además,  
adjunte una declaración a su planilla final que indique el nombre del  
individuo que conservará los archivos de la nómina y la dirección  
del lugar en donde se guardarán dichos archivos. También vea  
Planilla final, más adelante.  
Por ejemplo, normalmente tiene que declarar los salarios que  
paga durante el 1er trimestre —que abarca los meses de enero  
hasta marzo— a más tardar para el 30 de abril. Si hace depósitos a  
su debido tiempo y paga las contribuciones trimestrales en su  
totalidad, puede radicar para el 10o día del 2o mes siguiente al final  
del trimestre. Por ejemplo, si usted hizo depósitos a su debido  
tiempo en su totalidad durante el 1er trimestre, puede radicar el  
Formulario 941-PR el 10 de mayo.  
Si participó en una fusión estatutaria o consolidación, o califica  
para la clasificación de predecesor-sucesor debido a una  
adquisición, deberá por lo general, radicar el Anexo D (Formulario  
941), Report of Discrepancies Caused by Acquisitions, Statutory  
Mergers, or Consolidations (Informe de discrepancias causadas por  
adquisiciones, fusiones o consolidaciones), en inglés. Vea las  
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941) a fin de determinar  
si debe radicar el Anexo D (Formulario 941) y cuándo debe  
radicarlo.  
Si recibimos el Formulario 941-PR después de la fecha de  
vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el  
sobre que contiene el Formulario 941-PR está debidamente  
rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio  
Postal de los EE. UU. está fechado a más tardar en la fecha de  
vencimiento, o si se envió por medio de un servicio de entrega  
privado (PDS, por sus siglas en inglés) aprobado por el IRS a más  
tardar en la fecha de vencimiento. Si no sigue estas pautas,  
generalmente consideramos que el Formulario 941-PR fue radicado  
en la fecha en que de hecho se recibió. Para más información sobre  
los PDS, vea ¿Adónde Deberá Enviar la Planilla?, más adelante.  
Planilla Final  
Si cierra su negocio o si deja de pagar salarios a sus empleados,  
tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que el  
Formulario 941-PR para un trimestre particular es su planilla final,  
marque el recuadro en la línea 17 y anote la última fecha en que  
pagó salarios. También adjunte una declaración a su planilla final  
que indique el nombre de la persona que se quedará con los  
archivos o récords correspondientes a la nómina y la dirección en  
donde permanecerán. Comuníquese con el Departamento de  
Hacienda de Puerto Rico para obtener información sobre cuándo  
debe entregarles a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR  
que corresponda al año natural en que ocurrió el cierre. También  
debe comunicarse con la Administración del Seguro Social (SSA,  
por sus siglas en inglés) para saber la fecha límite para radicar ante  
la SSA sus Formularios 499R-2/W-2PR finales. Si tiene empleados  
que son contratados inmediatamente por el patrono sucesor, vea el  
Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un  
sábado, domingo o día feriado oficial, podrá radicar su planilla el  
próximo día laborable.  
¿Cómo Deberá Completar el  
Formulario 941-PR?  
Escriba a mano, a maquinilla o por medio de su computadora su  
EIN, nombre y dirección en los espacios provistos. También anote  
su nombre y su EIN en la parte superior de las páginas 2 y 3. No use  
su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) ni su  
número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN,  
por sus siglas en inglés). Por lo general, anotará el nombre legal de  
-6-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
         
su negocio que usó al solicitar su EIN. Por ejemplo, si es dueño  
único de su negocio, anotará “Roberto Herrera” en la línea que dice  
“Nombre (el nombre legal del negocio, no el nombre comercial)” y  
“Bicicletas Roberto” donde dice “Nombre comercial”. Deje en blanco  
la línea “Nombre comercial” si este nombre es igual al “Nombre”  
legal del negocio.  
(Formulario 941-PR), Registro de la Obligación Contributiva para los  
Depositantes de Itinerario Bisemanal, que usted adjunte y, si  
corresponde, en el Anexo R (Formulario 941), en inglés.  
Cómo Completar y Radicar el Formulario  
941-PR  
Anote las partidas en el Formulario 941-PR tal como se indica a  
continuación para evitar problemas con su tramitación:  
Si utiliza un preparador remunerado para completar el  
Formulario 941-PR, asegúrese de que el preparador utilice el  
nombre legal del negocio tal como se escribió cuando solicitó su  
EIN.  
Use letra de imprenta de fuente Courier de 10 puntos (si es  
posible) para cada anotación que escriba a maquinilla o con  
computadora para completar su formulario. Los formularios en  
formato de documento portátil (PDF, por sus siglas en inglés) en  
IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes  
aceptables.  
Número de identificación patronal (EIN). Para asegurar que los  
negocios cumplan con las leyes federales de la contribución, el IRS  
se ocupa de controlar los pagos de contribución mediante el uso de  
un sistema de números para identificar a los contribuyentes. El  
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es  
un número especial y singular que consta de nueve dígitos que el  
IRS les expide a todas las corporaciones y sociedades colectivas,  
así como a algunos negocios de un sólo dueño. Todo negocio que  
tenga que obtener un EIN tiene que solicitar este número y anotarlo  
en toda planilla, pago o informe de contribución mientras esté en  
operación.  
Su negocio debe tener solamente un EIN. Si tiene más de un  
número y no está seguro del número que debe usar, escriba a la  
oficina del IRS donde suele radicar sus planillas de contribución (la  
dirección que usa cuando envía planillas “Sin un pago”, indicada  
bajo ¿Adónde Deberá Enviar la Planilla?, más adelante), o llame al  
IRS al 800-829-4933.  
Omita el signo de dólares y puntos decimales. El uso de comas  
es opcional. Anote las cantidades en dólares de la línea vertical  
divisoria a la izquierda y los centavos a la derecha de la línea  
vertical. No redondee las cantidades a números enteros. Siempre  
anote la cantidad para los centavos, aun cuando éstos sean ceros.  
Deje en blanco (menos las líneas 1 y 12) todo espacio para  
anotar datos que tengan un valor de cero.  
Use el signo de menos al anotar cantidades negativas (si es  
posible). De otra manera, use paréntesis.  
Anote su nombre y su EIN en todas las páginas.  
Anote su nombre, EIN, “Formulario 941-PR” y el período  
contributivo y trimestre en todos los documentos.  
Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la  
planilla al radicarla.  
Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en línea accediendo  
a IRS.gov/EIN; pulse sobre Español. También puede solicitar un  
EIN enviando el Formulario SS-4PR, Solicitud de Número de  
Identificación Patronal (EIN), al IRS por fax o por correo. Si usted no  
ha recibido su EIN antes de la fecha de vencimiento del Formulario  
941-PR, escriba “Applied For” (Solicitado) y la fecha en que solicitó  
el EIN en el espacio correspondiente.  
Complete las tres páginas. Tiene que completar las tres páginas  
del Formulario 941-PR y firmar la tercera página. Si no lo hace,  
podrá causar demoras en la tramitación de su planilla.  
Conciliación de los Formularios 941-PR con el  
Formulario W-3PR  
El IRS concilia las cantidades declaradas en sus cuatro Formularios  
941-PR trimestrales con las cantidades declaradas en los  
Formularios 499R-2/W-2PR y cuya suma total se incluye en su  
Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención. Si las  
cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la SSA se  
comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las  
siguientes:  
Si usted radica su planilla de contribución electrónicamente,  
un EIN válido se requiere en el momento de radicar su  
!
´
PRECAUCION  
planilla. Si no provee un EIN válido, la planilla no será  
tramitada. Esto puede resultar en multas.  
Asegúrese siempre de que el EIN que aparezca en el  
CONSEJO  
formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el  
IRS le asignó a su negocio. No use SSN, por sus siglas en  
Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.  
Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.  
Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.  
inglés, ni su ITIN en ningún formulario que pida un EIN. Si usa un  
EIN (incluyendo un EIN de un dueño anterior) en el Formulario  
941-PR que es diferente del EIN declarado en el Formulario W-3PR,  
vea el Recuadro f: Otro número de identificación patronal  
usado este año en las Instrucciones para el Formulario W-3PR. La  
radicación de un Formulario 941-PR con un EIN incorrecto o el uso  
de un EIN que pertenece a otro negocio puede resultar en multas y  
demoras en la tramitación de su planilla.  
Use el Anexo D (Formulario 941), en inglés, para explicar ciertas  
diferencias o discrepancias relacionadas con los salarios,  
contribuciones y pagos entre los Formularios 941-PR, Formularios  
499R-2/W-2PR y los Formularios 499R-2c/W-2cPR, Corrección al  
Comprobante de Retención, debidas a adquisiciones, fusiones o  
consolidaciones estatutarias. Para más información, vea las  
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941), en inglés.  
Si cambia el nombre legal de su negocio, la dirección de su  
negocio o la parte responsable.... Notifíquele al IRS  
inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la  
dirección de su negocio o la parte responsable.  
¿Adónde Deberá Enviar la Planilla?  
Le exortamos a radicar el Formulario 941-PR electrónicamente.  
Acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Español para más  
información sobre cómo radicar por medios electrónicos, en inglés.  
Si usted radica una planilla en papel, la dirección a la cual enviará  
su planilla depende de si se incluye o no un pago al radicar su  
Formulario 941-PR. Envíe por correo su planilla a la dirección que  
aparece para su localización en la tabla a continuación.  
Escriba a la oficina del IRS donde usted radica sus planillas  
(utilizando la dirección “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde  
Deberá Enviar la Planilla?, más adelante) para notificarle al IRS  
sobre todo cambio en el nombre legal de su negocio. Vea la Pub.  
1635, en inglés, para saber si necesita solicitar un EIN nuevo.  
Complete y envíe por correo el Formulario 8822-B, en inglés,  
para notificarle al IRS sobre un cambio en la dirección de su  
negocio o en la parte responsable. No envíe el Formulario 8822-B  
junto con su Formulario 941-PR. Si desea ver la definición de “parte  
responsable”, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4PR.  
Los PDS no pueden entregar correspondencia a los apartados  
postales. Tiene que usar el Servicio Postal de los EE. UU. si envía  
correspondencia a una dirección que contiene un apartado postal.  
Acceda a IRS.gov/PDS, en inglés, para un listado actualizado de los  
PDS. Para la dirección postal a utilizar si está usando un PDS,  
acceda a IRS.gov/PDSstreetAddresses, en inglés.  
Marque el Recuadro para el Trimestre  
Debajo de Informe para este trimestre de 2023 en la parte  
superior del Formulario 941-PR, marque el recuadro apropiado del  
trimestre para el cual radica esta planilla. Asegúrese de que el  
trimestre en cuestión sea el mismo que aparece en todo Anexo B  
-7-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
   
que se encuentra en la página 664 del Internal Revenue Bulletin  
2020-17 (Boletín de Rentas Internas 2020-17), disponible en  
(Aviso 2021-24) que se encuentra en la página 1122 del Internal  
Revenue Bulletin 2021-18 (Boletín de Rentas Internas 2021-18),  
disponible en IRS.gov/irb/2021-18_IRB#NOT-2021-24, ambos en  
inglés. Vea las instrucciones para la línea 16, más adelante, para  
información sobre cómo ajustar su obligación contributiva declarada  
en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) para los créditos  
no reembolsables.  
Si está enviando el  
Formulario 941-PR...  
Sin un pago...  
Con un pago...  
Desde Puerto Rico...  
Internal Revenue Service Internal Revenue Service  
P.O. Box 409101  
Ogden, UT 84409  
P.O. Box 932100  
Louisville, KY 40293-2100  
Dirección especial para Department of the  
Internal Revenue Service  
P.O. Box 932100  
la radicación por parte  
de organizaciones  
exentas; entidades  
gubernamentales  
federales, estatales y  
locales; y entidades  
gubernamentales de  
tribus indígenas  
Treasury  
Internal Revenue Service Louisville, KY 40293-2100  
Ogden, UT 84201-0005  
¿Cuándo Tiene que Depositar sus  
Contribuciones?  
Determine si es Depositante de Itinerario Mensual  
o Bisemanal para el Trimestre  
estadounidenses, sin  
tener en cuenta su  
ubicación...  
El IRS usa dos clases de reglas de depósito para determinar  
cuándo los negocios tienen que depositar sus contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare. Esos itinerarios le informarán cuándo  
debe hacer un depósito después de un día de pago.  
Las direcciones adonde debe enviar la planilla pudieron  
haber cambiado de las que utilizó para declarar las  
contribuciones sobre la nómina en años anteriores. No  
!
´
PRECAUCION  
envíe el Formulario 941-PR ni ningún pago a la SSA.  
Su itinerario de depósitos no se determina por la frecuencia en  
que le paga a sus empleados. Su itinerario de depósitos depende  
del total de la obligación contributiva que declaró en el Formulario  
941-PR durante el período retroactivo de los 4 trimestres anteriores  
(del 1 de julio del segundo año natural anterior (penúltimo año) al 30  
de junio del año natural pasado). Vea el apartado 11 de la Pub. 179  
para más detalles. Si radicó el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022,  
su período retroactivo es el año natural 2021.  
Cómo Hacer los Depósitos de sus  
Contribuciones  
Usted tiene que depositar toda contribución  
electrónicamente por transferencia electrónica de fondos  
!
´
PRECAUCION  
(EFT). Para obtener más información, vea Depósitos de la  
Antes del comienzo de cada año natural, tiene que determinar  
cuál de los itinerarios de depósitos tiene que usar.  
electrónica de fondos (EFT) bajo Recordatorios, anteriormente.  
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones  
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario  
mensual.  
¿Tiene que Depositar sus Contribuciones?  
Puede que tenga que depositar la contribución al Seguro Social y al  
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones  
Medicare correspondientes tanto al patrono como al empleado.  
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario  
bisemanal.  
Si el total de sus contribuciones después de considerar los  
ajustes y créditos no reembolsables (línea 12) es menos de  
$2,500 para el trimestre en curso o el trimestre anterior y  
usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el  
próximo día durante el trimestre en curso. No tiene que hacer  
un depósito. Para evitar una multa, tiene que pagar cualquier  
cantidad adeudada en su totalidad con una planilla radicada a su  
debido tiempo o tiene que depositar cualquier cantidad que adeuda  
para la fecha de vencimiento de la planilla. Para más información  
sobre cómo pagar junto con una planilla radicada a tiempo, vea las  
instrucciones de la línea 14, más adelante. Si no está seguro si su  
obligación total por pagar para el trimestre en curso será menos de  
$2,500 (y su obligación para el trimestre anterior no fue menos de  
$2,500), haga los depósitos según las reglas del itinerario mensual  
o bisemanal para evitar multas por no depositar (FTD, por sus siglas  
en inglés).  
Si usted es depositante de itinerario mensual y acumula  
$100,000 o más por concepto de contribuciones en  
!
´
PRECAUCION  
cualquier día durante el período de depósito, entonces se  
convierte en depositante de itinerario bisemanal en el próximo día y  
al menos por el resto del año natural y el año siguiente. Vea la  
Regla de depositar $100,000 el próximo día en el apartado 11  
de la Pub. 179 para más información. El límite superior de la  
obligación contributiva de $100,000 que requiere un depósito al día  
siguiente se determina antes de considerar cualquier reducción de  
su obligación por créditos no reembolsables. Para más información,  
incluyendo un ejemplo, vea la pregunta frecuente número 17 en  
IRS.gov/ETD, en inglés.  
¿Qué Hay que Saber acerca de las  
Multas e Intereses?  
Si el total de sus contribuciones después de considerar los  
ajustes y créditos no reembolsables (línea 12) es $2,500 o  
más para el trimestre en curso y el trimestre anterior. Tiene  
que hacer depósitos conforme a su itinerario de depósitos. Vea el  
apartado 11 de la Pub. 179 para la información sobre los pagos  
efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los depósitos y  
las reglas sobre los depósitos de la contribución federal.  
Cómo Evitar el Pago de Multas e Intereses  
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado  
a continuación:  
Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacer, a  
menos que cumpla con los requisitos discutidos en el Notice  
2020-22 (Aviso 2020-22) y en el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24). La  
información está disponible en inglés.  
Cómo reducir sus depósitos por el crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados. Los patronos  
elegibles para reclamar el crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023  
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del  
1 de octubre 2021 pueden reducir sus depósitos por la cantidad de  
su crédito anticipado. Los patronos no estarán sujetos a una multa  
FTD por reducir sus depósitos si se cumplen ciertos requisitos. Vea  
las instrucciones para la línea 11b y la línea 11d, más adelante, para  
más información sobre estos créditos. Para más información sobre  
la reducción de depósitos, vea el Notice 2020-22 (Aviso 202022)  
Radica a su debido tiempo su Formulario 941-PR debidamente  
completado.  
Declara correctamente su obligación contributiva.  
Entrega cheques válidos para el pago de las contribuciones.  
Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus  
empleados.  
Radica el Formulario W-3PR junto con los Formularios  
499R-2/W-2PR ante la SSA a su debido tiempo y sin errores.  
-8-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
       
Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas  
fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una  
tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub.  
179 para más detalles.  
patrono tiene un empleado en Puerto Rico que es ciudadano de los  
Estados Unidos y de cuyos salarios no se exige la retención de la  
contribución sobre los ingresos de acuerdo con la ley de Puerto  
Rico, y si tal empleado no piensa adquirir residencia bona fide en  
Puerto Rico por todo el año natural, dicho patrono está obligado a  
retener la contribución federal sobre los ingresos de los salarios  
pagados a este empleado. En casos como éste, el patrono debe  
consultar con la oficina del IRS en Guaynabo.  
Use el Formulario 843, en inglés, para solicitar una reducción en  
los intereses o multas que le han sido tasados. No solicite la  
reducción de multas o intereses en los Formularios 941-PR o 941-X  
(PR).  
Use el Formulario 941, en inglés, en lugar del Formulario 941-PR  
si tiene que retener la contribución federal sobre los ingresos de los  
salarios pagados a sus empleados. Puede obtener los formularios  
necesarios y las instrucciones pertinentes en la oficina en  
Guaynabo o descargándolos del sitio web del IRS en IRS.gov/  
Forms. La información está disponible en inglés.  
Si recibe una notificación de multas después de que haya  
radicado esta planilla, responda a la notificación con una  
explicación y determinaremos si cumple el criterio de lo que se  
considera ser causas razonables. No adjunte dicha explicación  
cuando radique su planilla.  
Si las contribuciones al Seguro Social y al Medicare que se  
tienen que retener (es decir, las contribuciones del fondo  
!
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PRECAUCION  
fiduciario) no se retienen o no se depositan o no se pagan al  
Instrucciones Específicas:  
Parte 1: Conteste las Preguntas a  
Continuación para este Trimestre  
United States Treasury (Tesoro de los Estados Unidos), se le podría  
imponer una multa por recuperación del fondo fiduciario. La multa  
es del 100% de la contribución al fondo fiduciario adeudada. Si  
estas contribuciones no pagadas no se le pueden cobrar  
inmediatamente al patrono o al negocio, la multa por recuperación  
del fondo fiduciario puede ser impuesta a todas las personas que el  
IRS determine que son responsables del cobro, de la contabilidad o  
del pago por estas contribuciones y que intencionalmente no lo  
hacen. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más información. La  
multa por recuperación del fondo fiduciario no aplicará a ninguna  
cantidad de las contribuciones al fondo fiduciario que un patrono  
retenga en anticipación de cualquiera de los créditos al que tenga  
derecho.  
1. Número de Empleados que Recibieron  
Salarios, Propinas u Otras Remuneraciones  
Anote el número de empleados en su nómina a los cuales les pagó  
remuneraciones durante el período de pago que incluya el 12 de  
marzo, el 12 de junio, el 12 de septiembre o el 12 de diciembre del  
trimestre indicado en la parte superior del Formulario 941-PR. No  
incluya a:  
Empleados domésticos,  
Empleados no remunerados durante el período de pago,  
Empleados agrícolas,  
Ajuste a la Contribución sobre las  
Propinas  
Pensionistas o  
Miembros activos de las Fuerzas Armadas de los Estados  
Si, para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió la  
declaración de propinas del empleado, no tiene suficientes fondos  
del empleado para retener la parte correspondiente al empleado de  
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, entonces ya no  
tendrá que recaudarlas. Declare la cantidad de las propinas en su  
totalidad en la línea 5b (Propinas sujetas a la contribución al  
Seguro Social), en la línea 5c (Salarios y propinas sujetos a la  
contribución al Medicare) y, si cumple con la cantidad del límite  
superior, en la línea 5d (Salarios y propinas sujetos a la  
retención de la Contribución Adicional al Medicare). Incluya en  
la línea 9, como un ajuste negativo, el total de la parte no recaudada  
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social  
y al Medicare.  
Unidos.  
Para propósitos de estas instrucciones, todas las  
referencias hechas a “compensación por enfermedad”  
significan compensación normal por enfermedad, no  
CONSEJO  
“salarios de licencia por enfermedad calificados” que se declaran en  
la línea 5a(i) por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2020 y antes del 1 de abril de 2021, o declarada en la línea 5a por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021.  
4. Si No Hay Salarios, Propinas ni Otras  
Remuneraciones Sujetos a las Contribuciones  
al Seguro Social y al Medicare  
¿Dónde Puede Obtener Formularios?  
Vea la Pub. 179 para obtener información sobre cómo pedir  
formularios del IRS por teléfono, por correo o por Internet. También  
puede obtener algunos de los formularios del IRS en la dirección  
indicada a continuación:  
Si no hay salarios, propinas ni otras remuneraciones sujetos a las  
contribuciones al Seguro Social y al Medicare, marque el recuadro  
en la línea 4. Si esta pregunta no le corresponde, deje en blanco el  
recuadro. Para más información sobre los salarios exentos de la  
contribución, vea el apartado 15 de la Pub. 179. Para excepciones  
religiosas, vea el apartado 4 de la Pub. 15-A, en inglés.  
Internal Revenue Service  
City View Plaza II Bldg.  
48 Carr. 165 km. 1.2  
Si es patrono gubernamental, los salarios que paga no  
están exentos automáticamente de las contribuciones al  
!
´
PRECAUCION  
Seguro Social y al Medicare. Sus empleados podrían estar  
Guaynabo, PR 00968-8000  
amparados por la ley o por un acuerdo voluntario con la SSA  
conforme a la sección 218. Para más información, vea la Pub. 963,  
Federal-State Reference Guide (Guía de consulta federal y estatal),  
en inglés.  
Retención de la Contribución Federal  
sobre los Ingresos  
En el caso de un empleado que es ciudadano de los Estados  
Unidos y que trabaja para un patrono que no sea el gobierno de los  
Estados Unidos o alguna de sus agencias, no hay que retener la  
contribución federal sobre los ingresos de los salarios pagados a  
dicho empleado si el patrono está obligado a retener la contribución  
sobre los ingresos de Puerto Rico en conformidad con sus leyes o  
cuando es razonable creer que tal empleado será, durante todo el  
año natural, residente bona fide de Puerto Rico. No obstante, si un  
5a a 5e. Salarios y Propinas Sujetos a las  
Contribuciones al Seguro Social y al Medicare  
Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los  
salarios de licencia familiar calificados pagados este  
!
´
PRECAUCION  
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de  
marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se declaran en las  
líneas 5a(i) y 5a(ii), respectivamente. Los salarios de licencia por  
-9-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados  
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del  
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 se declaran  
en la línea 5a.  
línea 5a (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.124  
línea 5a (columna 2)  
5a. Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social. Anote  
el total de los salarios, incluyendo los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados  
pagados en este trimestre de 2023 por la licencia tomada después  
del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,  
compensación por enfermedad y beneficios marginales sujetos a la  
contribución al Seguro Social que le pagó a sus empleados durante  
el trimestre. No incluya los salarios de licencia por enfermedad  
calificados pagados en este trimestre de 2023 y declarados en la  
línea 5a(i) ni los salarios de licencia familiar calificados pagados en  
este trimestre de 2023 y declarados en la línea 5a(ii) por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021. Para este propósito, la compensación por enfermedad incluye  
los pagos hechos a sus empleados por una compañía de seguros y  
por los cuales usted fue notificado oportunamente por dicha  
compañía de seguros. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, en inglés,  
para más información sobre la declaración de compensación por  
enfermedad. Vea las instrucciones para la línea 8 para información  
sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario  
941-PR para la compensación por enfermedad.  
EPSLA. Los patronos con menos de 500 empleados y, por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin tener en  
cuenta el número de empleados (a excepción del gobierno federal y  
sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en  
la sección 501(c)(1)) tienen derecho a un crédito si éstos proveen  
licencia por enfermedad pagada a los empleados que de otra  
manera cumple con los requisitos de la EPSLA. Conforme a la  
EPSLA, según enmendada para propósitos de la Ley ARP, los  
salarios se consideran salarios de licencia por enfermedad  
calificados si son pagados a empleados que no pueden trabajar o  
teletrabajar antes del 1 de octubre de 2021 porque el empleado:  
1. Está sujeto a una orden de cuarentena o aislamiento federal,  
estatal o local relacionada con el COVID-19;  
2. Ha sido aconsejado por un proveedor de cuidado de salud  
que se ponga en cuarentena por preocupaciones relacionadas con  
el COVID-19;  
3. Está experimentando síntomas de COVID-19 y está  
solicitando un diagnóstico médico o, por la licencia tomada después  
del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, está  
buscando o esperando los resultados de una prueba de diagnóstico  
o un diagnóstico médico de COVID-19 (y el empleado ha estado  
expuesto a COVID-19 o el patrono del empleado ha solicitado dicha  
prueba o diagnóstico), o el empleado está obteniendo  
Anote la cantidad antes de descontar las deducciones de  
nómina. No incluya propinas en esta línea. Para más información  
sobre los tipos de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro  
Social, vea el apartado 5 de la Pub. 179.  
La tasa para 2023 de la contribución al Seguro Social sobre los  
salarios sujetos a contribución, excepto para salarios de licencia por  
enfermedad calificados y salarios de licencia familiar calificados  
pagados en 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo  
de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, es 6.2% (0.062)  
inmunizaciones relacionadas con el COVID-19 o recuperándose de  
una lesión, discapacidad, enfermedad o condición relacionada con  
dicha inmunización.  
4. Está cuidando a una persona sujeta a una orden descrita en  
el punto (1) o quien ha sido aconsejado como se describe en el  
punto (2);  
5. Está cuidando a un hijo o a una hija debido a que la escuela  
o lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado o los cuidados  
infantiles para ese hijo no están disponibles debido a las  
precauciones del COVID-19; o  
6. Está experimentando otras condiciones sustancialmente  
similares a las especificadas por el Departamento de Salud y  
Servicios Humanos de los Estados Unidos que, por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre  
de 2021, incluye acompañar a una persona a obtener una  
inmunización relacionada con el COVID-19, o para cuidar a una  
persona que se está recuperando de cualquier lesión, discapacidad,  
enfermedad o condición relacionada con la inmunización.  
correspondiente tanto al patrono como al empleado, o sea, 12.4%  
(0.124) para ambos. Deje de pagar la contribución al Seguro Social  
sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del  
empleado en la línea 5a cuando los salarios sujetos a la  
contribución, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad  
calificados pagados en 2023 que son declarados en la línea 5a(i),  
los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 que son  
declarados en la línea 5a(ii) y las propinas del empleado alcancen  
$160,200 para el año. Sin embargo, siga reteniéndole la  
contribución al Medicare para todo el año sobre todos los salarios,  
incluyendo salarios de licencia por enfermedad calificados pagados  
en 2023, salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 y  
propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la  
contribución al Seguro Social de $160,200.  
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar son  
salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare,  
determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definición  
de empleo conforme a la sección 3121(b)(1) a (22), que un patrono  
paga y que, por lo demás, cumplen con los requisitos de la  
Emergency Paid Sick Leave Act (Ley de Licencia Pagada de  
Emergencia por Enfermedad o EPSLA, por sus siglas en inglés) o la  
Emergency Family and Medical Leave Expansion Act (Expanded  
FMLA) (Ley de Emergencia de Expansión de la Licencia Familiar y  
por Enfermedad o FMLA Expandida, como se le conoce en inglés),  
según promulgados conforme a la FFCRA y enmendados para  
propósitos de la Ley ARP. Sin embargo, no incluya ningún salario  
excluido de otra manera conforme a la sección 3121(b) cuando  
declare los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de  
licencia familiar calificados en las líneas 5a, 5a(i), 5a(ii), 5c y, si  
aplica, 5d. Vea las instrucciones para la línea 11d para información  
sobre el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y  
licencia familiar calificados por la licencia tomada después del 31 de  
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Hijo o hija. Un hijo o una hija tiene que haber sido menor de 18  
años de edad o incapaz de cuidarse a sí mismo debido a una  
discapacidad mental o física. Un hijo o una hija incluye un hijo  
biológico, un hijo adoptivo, un hijastro, un hijo de crianza, una  
persona bajo tutela legal o un hijo para quien el empleado asume el  
estado parental y cumple con las obligaciones de un padre.  
Límites sobre salarios de licencia por enfermedad  
calificados. La EPSLA, según enmendada para propósitos de la  
Ley ARP, provee diferentes limitaciones para diferentes  
circunstancias bajo las cuales se pagan salarios de licencia por  
enfermedad calificados. Para la licencia por enfermedad pagada  
que califica bajo los puntos (1), (2) o (3) mencionados  
anteriormente, la cantidad de salarios de licencia por enfermedad  
calificados se determina por la tasa regular de pago del empleado,  
pero el salario no puede exceder de $511 por cualquier día (o parte  
de un día) por el cual el individuo recibe paga de licencia por  
enfermedad. Para la licencia por enfermedad pagada que califique  
bajo los puntos (4), (5) o (6), mencionados anteriormente, la  
cantidad de los salarios de licencia por enfermedad calificados se  
determina a dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del  
empleado, pero el salario no puede exceder de $200 por cualquier  
día (o parte de un día) por el cual el individuo recibe paga de  
licencia por enfermedad. La EPSLA también limita a cada individuo  
-10-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
a un máximo de hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada  
en total por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y  
antes del 1 de abril de 2021. La Ley ARP restablece este límite a 80  
horas de licencia por enfermedad pagada por licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Por lo tanto, por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2020 y antes del 1 de abril de 2021, la cantidad máxima de salarios  
de licencia por enfermedad pagada no puede exceder de $5,110  
para un empleado por la licencia bajo los puntos (1), (2) o (3), y no  
puede exceder de $2,000 para un empleado por la licencia bajo los  
puntos (4), (5) o (6). Estas cantidades máximas también se  
restablecen y se aplican a la licencia tomada después del 31 de  
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no  
están sujetos a la parte correspondiente al patrono de las  
contribuciones al Seguro Social; por lo tanto, la tasa de contribución  
sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar la contribución  
al Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de  
declarar los salarios del empleado en la línea 5a(i) cuando los  
salarios sujetos a la contribución, incluyendo los salarios declarados  
en la línea 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados  
declarados en la línea 5a(i), los salarios de licencia familiar  
calificados declarados en la línea 5a(ii) y las propinas alcancen  
$160,200 para el año. Vea las instrucciones para la línea 5c para la  
declaración de las contribuciones al Medicare en los salarios de  
licencia por enfermedad calificados, incluyendo la porción por  
encima de la base salarial del Seguro Social.  
Para más información sobre los salarios de licencia por  
enfermedad calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en inglés.  
FMLA Expandida. Los patronos con menos de 500 empleados  
y, por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes  
del 1 de octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin  
tener en cuenta el número de empleados (a excepción del gobierno  
federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se  
describen en la sección 501(c)(1)) tienen derecho a un crédito  
conforme a la FFCRA, según enmendada para propósitos de la Ley  
ARP, si éstos proveen licencia familiar pagada a empleados que de  
otra manera cumple con los requisitos de la FMLA Expandida. Por  
la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1  
de abril de 2021, los salarios son salarios de licencia familiar  
calificados si son pagados a un empleado que ha estado empleado  
durante al menos 30 días naturales cuando un empleado no puede  
trabajar o teletrabajar debido a la necesidad de cuidar a un hijo o  
una hija menor de 18 años de edad o incapaz de cuidarse a sí  
mismo debido a una discapacidad mental o física porque la escuela  
o el lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado, o el proveedor  
de cuidado infantil para ese hijo no está disponible, debido a una  
emergencia de salud pública. Vea Hijo o hija, anteriormente, para  
más información. Por la licencia tomada después del 31 de marzo  
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la licencia puede ser  
concedida por cualquier razón provista conforme a la EPSLA, según  
enmendada para propósitos de la Ley ARP.  
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes  
del 1 de abril de 2021, los primeros 10 días por los cuales un  
empleado toma la licencia pueden no ser pagados. Durante este  
período, los empleados pueden usar otras formas de licencia  
pagada, como licencia por enfermedad calificada, licencia por  
enfermedad acumulada, licencia anual u otro tiempo libre  
remunerado. Después de que un empleado haya tomado licencia  
por 10 días, el patrono tiene que proveer al empleado licencia  
pagada (es decir, salarios de licencia familiar calificados) por hasta  
10 semanas. Por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la regla de 10 días discutida  
anteriormente no aplica y la licencia pagada puede ser provista por  
hasta 12 semanas.  
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por  
enfermedad calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las  
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones  
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,  
cumplen con los requisitos de la EPSLA, según promulgada  
conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio Tributario  
relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no incluya ningún  
salario excluido de otra manera conforme a la sección 3121(b)  
cuando declare los salarios de licencia por enfermedad calificados  
en las líneas 5a(i), 5c y, si aplica, 5d. Vea las instrucciones para la  
línea 11b para información sobre el crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021.  
línea 5a(i) (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.062  
línea 5a(i) (columna 2)  
5a(ii). Salarios de licencia familiar calificados. Anote los  
salarios de licencia familiar calificados tributables (sujetos a las  
contribuciones al Seguro Social) que pagó este trimestre de 2023 a  
sus empleados por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020  
y antes del 1 de abril de 2021 no están sujetos a la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social;  
por lo tanto, la tasa de contribución sobre estos salarios es 6.2%  
(0.062). Deje de pagar la contribución al Seguro Social sobre los  
salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del  
empleado en la línea 5a(ii) cuando los salarios sujetos a la  
contribución, incluyendo los salarios declarados en la línea 5a, los  
salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la  
línea 5a(i), los salarios de licencia familiar calificados declarados en  
la línea 5a(ii) y las propinas, alcancen $160,200 para el año. Vea  
las instrucciones para la línea 5c para la declaración de las  
contribuciones al Medicare sobre los salarios de licencia familiar  
calificados, incluyendo la porción por encima de la base salarial al  
Seguro Social.  
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia familiar  
calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las  
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones  
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,  
cumplen con los requisitos de la FMLA Expandida, según  
promulgada conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio  
Tributario relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no  
incluya ningún salario excluido de otra manera conforme a la  
sección 3121(b) cuando declare los salarios de licencia familiar  
calificados en las líneas 5a(ii), 5c y, si aplica, 5d. Vea las  
instrucciones para la línea 11b para información sobre el crédito por  
los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados  
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del  
1 de abril de 2021.  
Tasa de pago y límite de salarios. La tasa de pago tiene que  
ser al menos dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del  
empleado (según lo determinado conforme a la Fair Labor  
Standards Act of 1938 (Ley de Normas Justas de Trabajo de 1938))  
multiplicada por el número de horas que el empleado de otra  
manera habría sido programado para trabajar. Por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021, el total de los salarios de licencia familiar calificados no puede  
exceder de $200 por día o $10,000 en el agregado por empleado.  
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del  
1 de octubre de 2021, el límite se restablece y el total de los salarios  
calificados de licencia familiar calificados no puede exceder de  
$200 por día o $12,000 en el agregado por empleado.  
Para más información sobre los salarios de licencia familiar  
calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en inglés.  
5a(i). Salarios de licencia por enfermedad calificados. Anote  
los salarios de licencia por enfermedad calificados tributables  
(sujetos a las contribuciones al Seguro Social) que pagó este  
trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada después  
del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios  
de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada  
-11-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
línea 5a(ii) (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.062  
línea 5a(ii) (columna 2)  
línea 5c (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.029  
línea 5c (columna 2)  
Para más información sobre las propinas, vea los apartados 5, 6  
y 9 de la Pub. 179. Vea las instrucciones para la línea 8 para  
información sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el  
Formulario 941-PR para la compensación por enfermedad.  
5b. Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social. Anote  
el total de las propinas que sus empleados le hayan declarado  
durante el trimestre hasta que el total de las propinas y los salarios  
sujetos a contribuciones, incluyendo los salarios declarados en la  
línea 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados  
declarados en la línea 5a(i) y los salarios de licencia familiar  
calificados declarados en la línea 5a(ii), para un empleado alcance  
los $160,200 para el año. Incluya todas las propinas que sus  
empleados le hayan declarado aun cuando no haya podido  
retenerle la contribución correspondiente al empleado de 6.2%.  
Reducirá su total de contribuciones por la cantidad de cualquier  
parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas, discutido más  
adelante en la línea 9; vea Ajustes por propinas y por seguro  
adelante. No incluya cargos por servicios en la línea 5b. Para más  
detalles sobre la diferencia entre propinas y cargos por servicio, vea  
el Revenue Ruling 2012-18 (Resolución Administrativa Contributiva  
2012-18) que aparece en la página 1032 del Internal Revenue  
Bulletin 2012-26 (Boletín de Rentas Internas 2016-26), disponible  
Su empleado tiene que declararle las propinas en efectivo para  
el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió dichas propinas.  
Las propinas en efectivo incluyen propinas pagadas en efectivo,  
cheque, tarjeta de débito y tarjeta de crédito. El informe debe incluir  
propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las tarjetas de crédito y  
débito) que usted le pagó a los empleados por pagos provenientes  
de tarjetas de crédito de los clientes, propinas que el empleado  
recibió directamente de los clientes y propinas que recibió de otros  
empleados bajo cualquier acuerdo de propinas compartidas. Los  
empleados que reciben propinas directamente e indirectamente  
tienen que declararle las propinas a usted. No se requiere ningún  
informe para meses en que las propinas sumen menos de $20. Los  
empleados pueden usar el Formulario 4070-PR (disponible  
solamente en la Pub. 1244-PR), o cualquier declaración por escrito  
o informe electrónico de propinas recibidas.  
5d. Salarios y propinas sujetos a la retención de la Contribu-  
ción Adicional al Medicare. Anote el total de los salarios,  
incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados  
pagados este trimestre de 2023 y los salarios de licencia familiar  
calificados pagados este trimestre de 2023; propinas, pagos por  
enfermedad y beneficios marginales tributables que están sujetos a  
la retención de la Contribución Adicional al Medicare. Se le requiere  
comenzar la retención de la Contribución Adicional al Medicare en  
el período de pago en el que le paga a un empleado un salario de  
más de $200,000 y después continuar la retención en cada período  
de pago hasta el final del año natural. La Contribución Adicional al  
Medicare sólo se le impone al empleado. No hay parte de la  
Contribución Adicional al Medicare que le corresponda al patrono.  
Todos los salarios que están sujetos a la contribución al Medicare  
están sujetos a la retención de la Contribución Adicional al Medicare  
si éstos se pagan en exceso del límite de $200,000.  
Para más información sobre qué salarios están sujetos a la  
contribución al Medicare, vea la tabla titulada Reglas especiales  
para varias clases de servicios y de pagos en el apartado 15 de  
la Pub.179. Para más información sobre la Contribución Adicional al  
Medicare, acceda a IRS.gov/ADMTfaqs, en inglés. Vea las  
instrucciones para la línea 8 para información sobre un ajuste que  
es posible que necesite hacer en el Formulario 941-PR para la  
compensación por enfermedad.  
Cuando los salarios y propinas exceden el límite superior de la  
retención de $200,000, tiene que incluir todas las propinas que sus  
empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no  
haya podido retenerles la parte de la contribución correspondiente a  
los empleados de 0.9% (0.009).  
línea 5d (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.009  
No incluya las propinas asignadas en esta línea. En vez de  
incluirlas aquí, declárelas en el Formulario 8027, en inglés. Las  
propinas asignadas no se declaran en el Formulario 941-PR y no  
están sujetas a la retención de las contribuciones al Seguro Social  
ni al Medicare.  
línea 5d (columna 2)  
5e. Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare.  
Sume las cantidades de la columna 2 de las líneas 5a a 5d y anote  
el resultado en la línea 5e.  
línea 5b (columna 1)  
xꢀꢀꢀꢀ0.124  
5f. Notificación y Solicitud de Pago Conforme a  
la Sección 3121(q): Contribución Adeudada por  
Propinas no Declaradas  
línea 5b (columna 2)  
5c. Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.  
Anote todos los salarios, incluyendo salarios de licencia por  
enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 y los  
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de  
2023; propinas; compensación por enfermedad; y beneficios  
marginales contributivos sujetos a la contribución al Medicare. A  
diferencia de los salarios sujetos al Seguro Social, no hay límite  
sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribución al Medicare.  
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto  
para la parte del patrono como la parte del empleado o 2.9% (0.029)  
para ambos. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan  
declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido  
retenerles la parte de la contribución correspondiente a los  
empleados del 1.45%.  
Anote el saldo de contribución adeudado que aparece en su Section  
3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago  
conforme a la sección 3121(q)), en inglés, en la línea 5f. El IRS  
emite esta notificación para informarle a un patrono de la cantidad  
de propinas recibidas por empleados que no fueron declaradas o  
que fueron declaradas de menos al patrono. El patrono no es  
responsable de pagar la parte correspondiente al patrono de las  
contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las propinas no  
declaradas hasta que el IRS le emita una notificación y solicitud de  
pago conforme a la sección 3121(q) a dicho patrono. La  
contribución adeudada pudo haber sido determinada calculando las  
propinas declaradas al IRS en el Formulario 4137, Social Security  
and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare sobre el ingreso de propinas no  
declaradas), en inglés, del empleado, u otras propinas que el IRS  
determinó que no fueron declaradas al patrono después de una  
revisión. Para información adicional, vea el Revenue Ruling 2012-18  
(Resolución Administrativa Contributiva 2012-18).  
-12-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
   
Deposite la contribución dentro del período requerido que le  
corresponde a su itinerario de depósitos para evitar cualquier multa.  
La contribución se tratará como acumulada por el patrono en la  
parte titulada Date of Notice and Demand (Fecha de notificación y  
solicitud), en inglés, la cual está impresa en la notificación y solicitud  
de pago conforme a la sección 3121(q). El patrono tiene que incluir  
esta cantidad en la línea apropiada del formulario que corresponde  
a la obligación contributiva federal (la Parte 2 del Formulario 941-PR  
para un depositante de itinerario mensual o en el Anexo B del  
Formulario 941-PR para un depositante de itinerario bisemanal).  
declaración y/o el pago o el depósito de las contribuciones sobre la  
nómina por compensación por enfermedad. Vea el apartado 6 de la  
Pub. 15-A, en inglés, para más información sobre la declaración por  
compensación por enfermedad.  
9. Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida  
colectivo a término fijo del trimestre en curso. Anote un ajuste  
negativo por:  
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas y  
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las primas del  
seguro de vida colectivo a término fijo pagadas para sus  
exempleados.  
6. Total de Contribuciones antes de los Ajustes  
Sume el total de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare  
antes de tener en cuenta los ajustes (línea 5e) y toda contribución  
adeudada de la notificación y solicitud de pago conforme a la  
sección 3121(q) declarada en la línea 5f. Anote el resultado en la  
línea 6.  
Vea las Instrucciones Generales de los Formularios 499R-2/  
W-2PR y W-3PR para más información sobre cómo declarar la parte  
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social  
y al Medicare no recaudada en el Formulario 499R-2/W-2PR.  
Ajustes de trimestres anteriores. Si necesita corregir un ajuste  
declarado en un Formulario 941-PR radicado previamente,  
complete y radique el Formulario 941-X (PR). El Formulario  
941-X (PR) se utiliza para hacer ajustes o reclamar reembolsos y se  
radica por separado del Formulario 941-PR. Vea el apartado 12 de  
la Pub. 179.  
7 a 9. Ajustes a la Contribución  
Anote en las líneas 7 a 9 las cantidades de contribución que  
resultaron por un ajuste del trimestre en curso. Use un signo de  
menos (si es posible) para indicar un ajuste que reduzca las  
contribuciones totales anotadas en la línea 6 en vez de usar  
paréntesis. Esto mejora la veracidad de los programas de  
computadoras (software) para escanear que utiliza el IRS. Por  
ejemplo, anote “-10.59” en vez de “(10.59)”. Sin embargo, si su  
programa de computadora sólo permite el uso de los paréntesis  
para declarar cantidades negativas, puede usarlos.  
10. Total de contribuciones después de los  
ajustes  
Combine las cantidades que aparecen en las líneas 6 a 9 y anote el  
resultado en la línea 10.  
Ajustes del trimestre en curso. En ciertos casos, tendrá que  
ajustar las cantidades declaradas como contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare en la columna 2 de las líneas 5a a 5d para  
poder determinar su obligación contributiva correcta en el  
Formulario 941-PR para este trimestre. Vea el apartado 12 de la  
Pub. 179.  
7. Ajustes por fracciones de centavos del trimestre en  
curso. Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al  
redondeo de las cifras) que tienen que ver con la parte  
11a. Crédito Contributivo sobre la Nómina de  
Pequeños Negocios Calificados por Aumentar  
las Actividades Investigativas  
Anote la cantidad del crédito de la línea 12 del Formulario 8974 o, si  
aplica, de la línea 17.  
Si anota una cantidad en la línea 11a, tiene que adjuntar el  
Formulario 8974, en inglés.  
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social  
y al Medicare retenidas. La parte correspondiente al empleado de  
las cantidades indicadas en la columna 2 de las líneas 5a a 5d  
puede diferir un poco de las cantidades realmente retenidas de los  
pagos de sus empleados debido al redondeo de las contribuciones  
al Seguro Social y al Medicare que ocurrió al aplicar las tasas  
estatutarias. Este ajuste puede ser un ajuste positivo o negativo.  
8. Ajustes por compensación por enfermedad del trimestre  
en curso. Si su tercero pagador de compensación por enfermedad  
pagada que no es su agente (por ejemplo, una compañía de  
seguros) le transfiere a usted la obligación por la parte  
!
´
PRECAUCION  
El Formulario 941-PR y estas instrucciones utilizan los  
términos “no reembolsable” y “reembolsable” cuando se  
discuten créditos. El término “no reembolsable” se refiere a  
CONSEJO  
la parte del crédito que está limitada por ley a la cantidad de ciertas  
contribuciones. El término “reembolsable” se refiere a la parte del  
crédito que excede esas contribuciones.  
11b. Porción No Reembolsable del Crédito por  
los Salarios de Licencia por Enfermedad y  
Familiar Calificados por la Licencia Tomada  
después del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1  
de Abril de 2021  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y  
las contribuciones al Medicare, anote un ajuste negativo en la línea  
8 para la parte correspondiente al empleado de las contribuciones  
al Seguro Social y al Medicare que fueron retenidas y depositadas  
por su tercero pagador de compensación por enfermedad sobre  
esta compensación. Si usted es el tercero pagador de  
Complete la línea 11b sólo si los salarios de licencia por  
compensación por enfermedad y transfirió la obligación por la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y  
las contribuciones al Medicare al patrono, anote un ajuste negativo  
en la línea 8 para cualquier parte correspondiente al patrono de  
estas contribuciones que requieren ser pagadas por el patrono. La  
compensación por enfermedad tiene que incluirse en la línea 5a y la  
línea 5c y, si cumple el límite superior de la retención, en la línea 5d.  
No se declara ningún ajuste en la línea 8 por compensación por  
enfermedad que se paga a través de un tercero como agente del  
patrono. El agente del patrono no asume ningún riesgo de seguro y  
se le reembolsa en base al costo más los honorarios por el pago de  
la compensación por enfermedad y cantidades similares. Si un  
patrono utiliza un agente para pagar por la compensación por  
enfermedad, el patrono declara los salarios en la línea 5a y la línea  
5c y, si se cumple el límite superior de la retención, en la línea 5d, a  
menos que el patrono tenga un acuerdo de agencia con el tercero  
pagador que requiera que el tercero pagador haga el cobro, la  
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar  
!
´
PRECAUCION  
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021.  
Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500  
empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme  
a la EPSLA y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la  
FMLA Expandida son elegibles para reclamar el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados  
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del  
1 de abril de 2021. Para propósitos de este crédito, los salarios de  
licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar  
calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro  
Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las  
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones  
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,  
cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida.  
-13-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
Anote la porción no reembolsable del crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados de la línea 2j del Paso  
2 de la Hoja de Trabajo 1. El crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia  
por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar  
calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a  
esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las  
Tiene que incluir la cantidad total (tanto las porciones no  
reembolsables como las reembolsables) del crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en  
CONSEJO  
su ingreso bruto para el año contributivo que incluye el último día de  
cualquier trimestre natural en el que un crédito es permitido.  
11d. Porción No Reembolsable del Crédito por  
los Salarios de Licencia por Enfermedad y  
Familiar Calificados por la Licencia Tomada  
después del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1  
de Octubre de 2021  
contribuciones al Medicare asignables a esos salarios. La porción  
no reembolsable del crédito se limita a la parte correspondiente al  
patrono de las contribuciones al Seguro Social declarada en las  
líneas 5a y 5b del Formulario 941-PR, después de que esa parte se  
reduzca primero por cualquier crédito contra la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social  
reclamado en el Formulario 8974 para el crédito contributivo sobre  
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las  
actividades investigativas, cualquier crédito a ser reclamado en el  
Formulario 5884-C, en inglés, para el crédito por oportunidad de  
trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas  
que contratan a veteranos calificados y/o cualquier crédito a ser  
reclamado en el Formulario 5884-D para el crédito por desastres  
para organizaciones exentas de contribuciones calificadas.  
Complete la línea 11d sólo si los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar  
!
´
PRECAUCION  
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre  
de 2021.  
Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos  
gubernamentales sin tomar en cuenta el número de empleados (a  
excepción del gobierno federal y sus agencias e  
Si usted es un tercero pagador de compensación por  
instrumentalidades, excepto las que se describen en la sección  
501(c)(1)) tienen el derecho a un crédito si éstos proveen licencia  
por enfermedad pagada a los empleados que, de otra manera  
cumple con los requisitos de la EPSLA, según enmendada por la  
Ley ARP, y/o provee licencia familiar pagada a empleados que de  
otra manera cumple con los requisitos conforme a la FMLA  
Expandida, según enmendada por la Ley ARP, por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Para propósitos de este crédito, los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados  
son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al  
Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la  
definición de empleo conforme a las secciones 3121(b) a (22), que  
un patrono paga y que, por lo demás, cumplen con los requisitos de  
la EPSLA o la FMLA Expandida, según promulgada conforme a la  
FFCRA y enmendada para propósitos de la Ley ARP. Anote la  
porción no reembolsable del crédito por los salarios de la licencia  
por enfermedad y familiar calificados de la línea 2p del Paso 2 de la  
enfermedad que no es un agente (por ejemplo, una  
!
´
PRECAUCION  
compañía de seguros) y está reclamando el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las  
cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la  
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social  
declarada en la línea 5a tiene que reducirse por cualquier ajuste que  
haga en la línea 8 de la parte correspondiente al patrono de la  
contribución al Seguro Social transferida a su cliente. Si recibió la  
Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de  
pago conforme a la sección 3121(q)), en inglés, para contribuciones  
adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520)  
durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y  
al Medicare en la línea 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la  
Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente  
al patrono de la contribución al Seguro Social. Esta cantidad de la  
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social  
puede ser reducida por la porción no reembolsable del crédito. Vea  
la Hoja de Trabajo 1 para calcular su crédito.  
El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y los  
salarios de licencia familiar calificados consiste de:  
Cualquier crédito que exceda la cantidad restante de la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social  
es reembolsable y declarado en la línea 13c del Formulario 941-PR.  
Para más información sobre el crédito por los salarios de licencia  
por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en  
inglés.  
Salarios de licencia por enfermedad calificados y/o salarios de  
licencia familiar calificados;  
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios  
de licencia por enfermedad y familiar calificados. El crédito por  
los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia  
familiar calificados aumentó para cubrir los gastos calificados del  
plan de salud que se pueden asignar apropiadamente a los salarios  
de licencia calificados por los cuales se permite el crédito. Estos  
gastos calificados del plan de salud son cantidades pagadas o  
incurridas por el patrono para proporcionar y mantener un plan de  
salud grupal, pero sólo en la medida en que tales cantidades estén  
excluidas de los ingresos de los empleados como cobertura bajo un  
plan de accidentes o plan de salud. La cantidad de gastos  
calificados del plan de salud generalmente incluye tanto la porción  
del costo pagado por el patrono como la porción del costo pagado  
por el empleado con aportaciones salariales que reducen dicho  
salario antes de la imposición de contribuciones. Sin embargo, los  
gastos calificados del plan de salud no incluyen cantidades que el  
empleado pagó con aportaciones salariales hechas después de la  
imposición de contribuciones. Para más información, acceda a  
IRS.gov/PLC, en inglés.  
negociación colectiva, sujetas a limitaciones de los salarios de  
licencia calificados asignables a los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados;  
colectiva, sujetas a las limitaciones de salarios de licencia  
calificados asignables a los salarios de licencia por enfermedad y  
familiar calificados; y  
La parte correspondiente al patrono de las contribuciones al  
Seguro Social y al Medicare asignables a los salarios de licencia por  
enfermedad y licencia familiar calificados.  
La porción no reembolsable del crédito se limita a la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare declarada  
en la línea 5c del Formulario 941-PR, después que esa porción se  
reduzca primero por cualquier crédito reclamado contra la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare en el  
Formulario 8974 por el crédito contributivo sobre la nómina de  
pequeños negocios calificados por aumentar las actividades  
investigativas. No puede reclamar el crédito por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021  
si, durante el trimestre aplicable en el que se pagaron salarios de  
licencia por enfermedad o familiar calificados, usted proporcionó la  
licencia de una manera que discrimina a favor de empleados  
altamente compensados, empleados a tiempo completo o  
empleados en base al tiempo de permanencia (antigüedad) en el  
-14-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
   
empleo al hacer la licencia por enfermedad y/o familiar calificada  
disponible a los empleados. Vea Empleados altamente  
compensados, más adelante, para la definición.  
incluye tanto la porción del costo pagado por el patrono como la  
porción del costo pagado por el empleado con las aportaciones  
salariales que reducen dicho salario antes de la imposición de  
contribuciones. Sin embargo, los gastos calificados del plan de  
salud no incluyen cantidades que el empleado pagó con  
aportaciones salariales hechas después de la imposición de  
contribuciones. Para más información, acceda a IRS.gov/PLC, en  
inglés.  
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes  
del 1 de octubre de 2021, el crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados se reduce por la cantidad del  
crédito permitido conforme a la sección 41 (para el crédito por el  
aumento de las actividades investigativas) con respecto a los  
salarios tomados en cuenta para determinar el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados; y  
cualesquier salarios tomados en cuenta para determinar el crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados no  
pueden ser tomados en cuenta como salarios para propósitos de  
los créditos conforme a las secciones 45A, 45P, 45S y 51. Por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021, los salarios calificados tampoco incluyen salarios  
que fueron usados como costos de nómina en conexión con una  
Shuttered Venue Operator Grant (Subvención para operadores de  
lugares cerrados) conforme a la sección 324 de la Economic Aid to  
Hard-Hit Small Businesses, Nonprofits, and Venues Act (Ley de  
Ayuda Económica para Negocios Pequeños, Organizaciones sin  
Fines de Lucro y Lugares Más Afectados); o una subvención para la  
revitalización de restaurantes conforme a la sección 5003 de la Ley  
ARP. Los patronos pueden recibir tanto un Small Business  
Interruption Loan (Préstamo por Interrupción para Pequeños  
Negocios) bajo el Paycheck Protection Program (Programa de  
Protección de Cheques de Pago o PPP, por sus siglas en inglés)  
como el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y  
familiar calificados; sin embargo, los patronos no pueden recibir la  
condonación del préstamo y un crédito por los mismos salarios. Los  
mismos salarios no pueden ser tratados como salarios de licencia  
por enfermedad calificados y como salarios de licencia familiar  
calificados a la vez.  
Aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de  
negociación colectiva. Para propósitos de los salarios de licencia  
por enfermedad y familiar calificados, las aportaciones a planes de  
pensiones de beneficio definido de negociación colectiva son  
aportaciones para un trimestre natural en que:  
Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus  
empleados a un plan de pensiones de beneficios definidos, como  
se define en la sección 414(j), el cual reúne los requisitos de la  
sección 401(a);  
Son efectuadas en base a la tasa de aportación a la pensión; y  
Se requiere que sean efectuadas conforme a los términos de un  
acuerdo de negociación colectiva en vigencia durante el trimestre.  
Tasa de aportación a la pensión. La tasa de aportación a la  
pensión es la tasa de aportación que el patrono está obligado a  
pagar bajo los términos de un acuerdo de negociación colectiva a  
un plan de beneficios definidos, según se aplique dicha tasa a las  
unidades de aportación base, como se define conforme a la sección  
4001(a)(11) de la Employer Retirement Income Security Act  
(ERISA) of 1974 (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación de  
los Empleados o ERISA, por sus siglas en inglés, de 1974).  
Reglas de asignación. La cantidad de aportaciones a planes de  
pensiones de beneficio definido de negociación colectiva  
asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o  
a los salarios de licencia familiar calificados durante un trimestre es  
la tasa de aportación a la pensión (expresada como una tarifa por  
hora) multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de  
licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia  
familiar calificados que fueron provistas a los empleados cubiertos  
bajo los términos de un acuerdo de negociación colectiva durante el  
trimestre.  
Si usted es un tercero pagador de compensación por  
enfermedad que no sea un agente (por ejemplo, una  
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PRECAUCION  
compañía de seguros) y está reclamando el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las  
cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la  
parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare  
declarada en la línea 5c tiene que reducirse por cualquier ajuste que  
haga en la línea 8 de la parte correspondiente al patrono de la  
contribución al Medicare transferida a su cliente. Si recibió la  
Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de  
pago conforme a la sección 3121(q)), en inglés, para contribuciones  
adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520)  
durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte  
Aportaciones al programa de aprendizaje de negociación co-  
lectiva. Para propósitos de los salarios de licencia por enfermedad  
y familiar calificados, las aportaciones al programa de aprendizaje  
de negociación colectiva son aportaciones para un trimestre natural  
en que:  
Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus  
empleados a un programa de aprendizaje registrado, el cual es un  
aprendizaje inscrito conforme a la National Apprenticeship Act (Ley  
Nacional de Aprendizaje) del 16 de agosto de 1937 y cumple con  
las normas del Reglamento Federal conforme a la Subparte A de la  
Parte 29 y la Parte 30 del Título 29;  
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y  
al Medicare en la línea 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la  
Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente  
al patrono de la contribución al Medicare. Esta cantidad de la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare puede ser  
reducida por la porción no reembolsable del crédito. Vea la Hoja de  
Trabajo 2 para calcular su crédito.  
Son efectuadas en base a la tasa de aportación al programa de  
aprendizaje; y  
Se requiere que sean efectuadas conforme a los términos de un  
acuerdo de negociación colectiva en vigencia durante el trimestre.  
Tasa de aportación al programa de aprendizaje. La tasa de  
aportación al programa de aprendizaje es la tasa de aportación que  
el patrono está obligado a pagar bajo los términos de un acuerdo de  
negociación colectiva para los beneficios bajo un programa de  
aprendizaje registrado, según se aplique dicha tasa a las unidades  
de aportación base, como se define en la sección 4001(a)(11) de la  
Ley ERISA.  
Cualquier crédito en exceso de la cantidad restante de la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare es  
reembolsable y declarada en la línea 13e del Formulario 941-PR.  
Para más información sobre el crédito por los salarios de licencia  
por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en  
inglés.  
Reglas de asignación. La cantidad de las aportaciones al  
programa de aprendizaje de negociación colectiva asignables a los  
salarios de licencia por enfermedad calificados y/o a los salarios de  
licencia familiar calificados en un trimestre es la tasa de aportación  
al programa de aprendizaje (expresada como una tarifa por hora)  
multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de licencia por  
enfermedad y/o salarios de licencia familiar calificados que fueron  
provistas a los empleados cubiertos bajo los términos de un  
acuerdo de negociación colectiva durante el trimestre.  
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios  
calificados de licencia por enfermedad y licencia familiar. El  
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y por los salarios  
de licencia familiar calificados se aumenta para cubrir los gastos  
calificados del plan de salud que se pueden asignar  
apropiadamente a los salarios de licencia calificados por los cuales  
se permite el crédito. Estos gastos calificados del plan de salud son  
cantidades pagadas o incurridas por el patrono para proporcionar y  
mantener un plan de salud grupal, pero sólo en la medida en que  
tales cantidades estén excluidas de los ingresos de los empleados  
como cobertura bajo un plan de accidentes o plan de salud. La  
cantidad de gastos calificados del plan de salud generalmente  
Empleados altamente compensados. Un empleado altamente  
compensado es un empleado que reúne los siguientes requisitos:  
-15-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
1. El empleado era dueño del 5% de la compañía en cualquier  
momento durante el año o el año anterior.  
13c. Porción Reembolsable del Crédito por los  
Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar  
Calificados por la Licencia Tomada después del  
31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de  
2021  
2. El empleado recibió un salario de más de $135,000 para el  
año anterior.  
Puede elegir ignorar el requisito (2) si el empleado no era parte  
del 20% de los mejores empleados cuando se clasifican en base a  
los salarios del año anterior.  
Complete la línea 13c sólo si los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar  
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PRECAUCION  
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia  
11g. Total de Créditos No Reembolsables  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021.  
Sume las líneas 11a, 11b y 11d. Anote el total en la línea 11g.  
12. Total de Contribuciones después de  
Considerar los Ajustes y Créditos No  
Reembolsables  
Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500  
empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme  
a la EPSLA y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la  
FMLA Expandida son elegibles para reclamar el crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Anote la  
porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados de la línea 2k del Paso 2 de la  
Hoja de Trabajo 1. El crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia  
por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar  
calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a  
esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las  
contribuciónes al Medicare asignable a esos salarios. La porción  
reembolsable del crédito se permite después de que la parte  
correspondiente al patrono de las contribuciónes al Seguro Social  
se reduzca a cero por los créditos no reembolsables que se aplican  
contra la parte correspondiente al patrono de las contribuciónes al  
Seguro Social.  
Reste la línea 11g de la línea 10 y anote el resultado en la línea 12.  
La cantidad anotada en la línea 12 no puede ser menos de cero.  
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $2,500 para el  
trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una  
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el  
trimestre en curso. Puede pagar la cantidad junto con el  
Formulario 941-PR o puede depositarla. Para evitar una multa, tiene  
que pagar cualquier cantidad que adeuda en su totalidad con una  
planilla declarada oportunamente o tiene que depositar cualquier  
cantidad que adeuda antes de la fecha de vencimiento de la planilla.  
Para más información sobre cómo pagar junto con una planilla  
radicada a tiempo, vea las instrucciones para la línea 14, más  
adelante.  
Si la cantidad de la línea 12 es $2,500 o más para el  
trimestre en curso y el trimestre anterior o si usted tuvo una  
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el  
trimestre en curso. Tiene que hacer los depósitos requeridos  
conforme a su itinerario de depósitos. Vea el Notice 2020-22 (Aviso  
2020-22) y el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24), ambos en inglés,  
para información sobre la reducción de depósitos para ciertos  
créditos. La cantidad que aparece en la línea 12 tiene que ser igual  
al “Total para el trimestre” que aparece en la línea 16 del  
Formulario 941-PR o a la “Obligación total para el trimestre” que  
aparece en el Anexo B (Formulario 941-PR). Para más información,  
vea las instrucciones para la línea 16, más adelante.  
13e. Porción reembolsable del crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados por la licencia tomada después del  
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de  
2021  
Complete la línea 13e sólo si los salarios de licencia por  
enfermedad calificados y/o lo salarios de licencia familiar  
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PRECAUCION  
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre  
de 2021.  
Para más información y reglas sobre los depósitos de la  
contribución federal, vea Cómo Hacer los Depósitos, anteriormente,  
y el apartado 11 de la Pub. 179.  
Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos  
gubernamentales sin tomar en cuenta el número de empleados (a  
excepción del gobierno federal y sus agencias e  
Si es depositante de itinerario bisemanal, tiene que  
completar el Anexo B (Formulario 941-PR). Si no completa  
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instrumentalidades, excepto las que se describen en la sección  
501(c)(1)) tienen derecho a un crédito si éstos proveen licencia por  
enfermedad pagada a los empleados que de otra manera cumple  
con los requisitos de la EPSLA, según enmendada por la Ley ARP,  
y/o proveen licencia familiar pagada a empleados que de otra  
manera cumple con los requisitos conforme a la FMLA Expandida,  
según enmendada por la Ley ARP, por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada después del  
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Anote la  
porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados de la línea 2q del Paso 2 de la  
Hoja de Trabajo 2. La porción reembolsable del crédito se permite  
después de que la parte correspondiente al patrono de las  
contribuciónes al Medicare se reduzca a cero por los créditos no  
reembolsables que aplican contra la parte correspondiente al  
patrono de las contribuciones al Medicare.  
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PRECAUCION  
o envía el Anexo B (Formulario 941-PR), el IRS le puede  
imponer multas basadas en toda la información que esté disponible.  
13a. Total de Depósitos para este Trimestre  
Anote sus depósitos para este trimestre, incluyendo toda cantidad  
pagada en exceso de un trimestre anterior que usted aplicó a esta  
planilla. Incluya también en esta cantidad toda cantidad pagada en  
exceso que usted aplicó proveniente de la radicación del Formulario  
941-X (PR) o el Formulario 944-X (SP) en el trimestre en curso. No  
incluya ninguna cantidad que no depositó porque redujo sus  
depósitos en anticipación del crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y licencia familiar calificados, como se discute en el  
Notice 2020-22 (Aviso 2020-22) y el Notice 2021-24 (Aviso  
2021-24), ambos en inglés.  
13g. Total de Depósitos y Créditos  
Reembolsables  
Sume las líneas 13a, 13c y 13e. Anote el total en la línea 13g.  
14. Saldo Adeudado  
Si la cantidad de la línea 12 es mayor que la cantidad de la línea  
13g, anote la diferencia en la línea 14. De lo contrario, vea las  
instrucciones para la línea 15, más adelante.  
-16-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.  
recuadro en la línea 15. Si no marca ninguno de los recuadros, o si  
marca ambos recuadros, generalmente se le aplicará la cantidad  
pagada en exceso a su próxima planilla. Independientemente de los  
recuadros que usted marque o no marque en la línea 15, podemos  
aplicar dicha cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta  
contributiva vencida (en mora) que aparezca en nuestros registros  
bajo su EIN.  
No tiene que pagar si la cantidad de la línea 14 es menos de $1.  
Por lo general, tendrá un saldo adeudado únicamente si el total de  
sus contribuciones después de ajustes y créditos no reembolsables  
(línea 12) para el trimestre en curso o el trimestre anterior es menos  
de $2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el  
próximo día durante el trimestre en curso. Sin embargo, vea el  
apartado 11 de la Pub. 179 para información sobre los pagos  
efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los depósitos.  
Si la cantidad de la línea 15 es menos de $1, le enviaremos un  
reembolso o se la aplicaremos a su próxima planilla de contribución  
únicamente si lo solicita por escrito.  
Si se le requiere efectuar depósitos de la contribución federal,  
pague la cantidad indicada en la línea 14 mediante EFT. Si no se le  
requiere efectuar depósitos de la contribución federal (vea ¿Tiene  
que Depositar sus Contribuciones?, anteriormente) o si usted es un  
depositante de itinerario mensual efectuando un pago de acuerdo a  
la regla de la exactitud de los depósitos, puede pagar la cantidad  
indicada en la línea 14 mediante EFT, tarjeta de crédito, tarjeta de  
débito, cheque, giro o EFW. Para más información sobre las  
opciones de pago por medios electrónicos, acceda a IRS.gov/  
Pagos.  
Parte 2: Infórmenos sobre su  
Itinerario de Depósitos y Obligación  
Contributiva para este Trimestre  
16. Obligación Contributiva para el Trimestre  
Marque uno de los recuadros en la línea 16. Siga las instrucciones  
de cada recuadro para determinar si necesita anotar su obligación  
contributiva mensual en el Formulario 941-PR o su obligación  
contributiva diaria en el Anexo B (Formulario 941-PR).  
Si paga mediante EFT, tarjeta de crédito o tarjeta de débito,  
envíe su planilla de contribución a la dirección en la cual se radican  
las planillas enviadas “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde Deberá  
Enviar la Planilla?, anteriormente, y no radique el Formulario  
941-V(PR), Comprobante de Pago.  
Excepción de minimis (mínimo). Si la cantidad de la línea 12  
para el trimestre en curso o para el trimestre anterior es menos de  
$2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el  
próximo día durante el trimestre en curso, marque el primer  
recuadro en la línea 16 y pase a la Parte 3.  
Si paga mediante un cheque o giro, hágalo a la orden de “United  
States Treasury” (Tesoro de los Estados Unidos). Anote su EIN,  
“Formulario 941-PR” y el período contributivo (“1er trimestre de  
2023”, “2do trimestre de 2023”, “3er trimestre de 2023” o “4to  
trimestre de 2023”) en su cheque o giro. Complete el Formulario  
941-V(PR) y adjúntelo al Formulario 941-PR.  
Si la excepción de minimis (mínimo) le aplica basado en el  
trimestre anterior y la línea 12 del trimestre en curso es  
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PRECAUCION  
$100,000 o más, tiene que proporcionar un registro de su  
responsabilidad sobre las contribuciones federales. Si usted es un  
depositante de itinerario mensual, complete el itinerario de  
depósitos que se encuentra en la línea 16 del Formulario 941-PR. Si  
usted es un depositante de itinerario bisemanal, adjunte el Anexo B  
(Formulario 941-PR).  
Si la línea 12 es $2,500 o más tanto en el Formulario 941-PR del  
trimestre anterior como en el Formulario 941-PR del trimestre en  
curso, y ha depositado todas las contribuciones cuando éstas se  
adeudaban, el saldo adeudado en la línea 14 deberá ser cero.  
Si a usted se le requiere hacer los depósitos y, en su lugar,  
paga las contribuciones con el Formulario 941-PR, puede  
Depositante de itinerario mensual. Si declaró $50,000 o menos  
por concepto de contribuciones durante el período retroactivo, usted  
es depositante de itinerario mensual a menos que le corresponda la  
Regla de depositar $100,000 el próximo día que se explica en el  
apartado 11 de la Pub. 179. Marque el segundo recuadro en la línea  
16 y anote su obligación contributiva para cada mes del trimestre.  
Anote su obligación contributiva en el mes correspondiente en las  
fechas que pagó salarios a sus empleados, no la fecha que la  
obligación de nómina se acumuló o los depósitos se efectuaron.  
Sume las cantidades para cada mes. Anote el resultado en el  
recuadro Total para el trimestre.  
Tenga presente que su obligación contributiva total para el  
trimestre tiene que ser igual al total de las contribuciones indicadas  
en la línea 12. Si no es así, se podría considerar que sus depósitos y  
pagos no fueron hechos oportunamente. No reduzca su obligación  
total declarada en la línea 16 por la porción reembolsable del crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar  
calificados. No cambie su obligación contributiva en la línea 16 por  
ajustes declarados en cualquier Formulario 941-X (PR).  
Usted es depositante de itinerario mensual para el año natural si  
la cantidad de sus contribuciones del Formulario 941-PR declaradas  
para el período retroactivo es $50,000 o menos. El período  
retroactivo consta de los 4 trimestres consecutivos que terminan el  
30 de junio del año anterior. En el caso del año 2023, el período  
retroactivo comienza el 1 de julio de 2021 y termina el 30 de junio de  
2022. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles sobre las  
reglas de depósito. Si radicó el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022,  
su período retroactivo es el año natural 2021.  
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PRECAUCION  
estar sujeto a multas. Vea la sección ¿Tiene que Depositar  
sus Contribuciones?, anteriormente.  
¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad? Si no  
puede pagar la cantidad completa de contribución que adeuda,  
puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede  
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:  
No puede pagar la cantidad total que aparece en la línea 14,  
La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y  
Usted puede pagar la obligación en su totalidad dentro de 24  
meses.  
Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud en Línea  
para un Plan de Pagos, acceda a IRS.gov/OPA y pulse sobre  
Español.  
Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la  
cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones  
que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de  
pagos a plazos, tales como pagar la obligación dentro de 24 meses,  
efectuar todos los depósitos requeridos y radicar oportunamente las  
planillas de contribución durante el acuerdo.  
Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrará un cargo  
administrativo y estará sujeto a las multas e intereses sobre la  
cantidad de la contribución que no ha sido pagada para la fecha de  
vencimiento de la planilla.  
15. Contribución Pagada en Exceso  
Si la cantidad de la línea 13g es mayor que la cantidad de la línea  
12, anote la diferencia en la línea 15.  
Las cantidades anotadas en la línea 16 son un resumen de  
su obligación contributiva mensual y no es un resumen o  
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Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.  
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PRECAUCION  
registro de los depósitos que efectuó. Si no declara  
Si depositó más de la cantidad correcta para el trimestre, puede  
optar por que el IRS le reembolse la cantidad pagada en exceso o  
que ésta se le acredite a su próxima planilla. Marque solamente un  
correctamente sus obligaciones cuando se le requiere hacerlo o si  
es depositante de itinerario bisemanal y anota sus obligaciones en  
la línea 16 en lugar del Anexo B (Formulario 941-PR), se le podría  
-17-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
       
imponer una multa “promediada” FTD. Vea Multas relacionadas  
con los depósitos en el apartado 11 de la Pub. 179 para más  
información.  
anteriores ni tomarse como un crédito contra los salarios pagados  
de trimestres anteriores.  
Ejemplo. La Compañía Rosa es un patrono con un año natural  
contributivo que radicó oportunamente su planilla de contribuciones  
sobre los ingresos de 2022 el 18 de abril de 2023. La Compañía  
Rosa eligió tomar en el Formulario 6765 el crédito contributivo sobre  
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las  
actividades investigativas. El tercer trimestre de 2023 es el primer  
trimestre que comienza después de que la Compañía Rosa radicará  
la planilla de contribuciones sobre los ingresos haciendo la elección  
del crédito contributivo sobre la nómina. Por lo tanto, el crédito  
contributivo sobre la nómina se aplica contra la parte  
Cómo declarar ajustes de las líneas 7 a 9 en la línea 16. Si  
su ajuste neto para algún mes es negativo y el mismo excede su  
obligación contributiva total para el mes, no anote una cantidad  
negativa para el mes. En vez de hacer eso, anote “-0-” (cero) para el  
mes y lleve la porción no usada del ajuste al mes siguiente.  
Depositante de itinerario bisemanal. Si declaró más de $50,000  
por concepto de contribuciones para el período retroactivo, usted es  
depositante de itinerario bisemanal. Marque el tercer recuadro en la  
línea 16.  
correspondiente a la Compañía Rosa en las contribuciones al  
Seguro Social (hasta $250,000) y las contribuciones al Medicare  
sobre los salarios pagados a los empleados en el tercer trimestre de  
2023. La Compañía Rosa es un depositante de itinerario bisemanal.  
La Compañía Rosa completa el Anexo B (Formulario 941-PR)  
reduciendo la cantidad de la obligación contributiva anotada para el  
primer pago de la nómina en el tercer trimestre de 2023 que incluye  
los salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social por el  
menor de (1) su parte de la contribución al Seguro Social (hasta  
$250,000) sobre los salarios o (2) el crédito contributivo sobre la  
nómina disponible. Si el crédito contributivo sobre la nómina elegido  
es más que la parte de la Compañía Rosa de la contribución al  
Seguro Social en el primer pago de la nómina del trimestre, el  
crédito contributivo sobre la nómina en exceso se trasladaría a los  
pagos de la nómina en el tercer trimestre hasta que sea utilizado  
contra los $250,000 de la parte de la Compañía Rosa de la  
contribución del Seguro Social para el trimestre. Si la cantidad del  
crédito contributivo sobre la nómina excede la parte  
Tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR) y  
adjuntarlo al radicar el Formulario 941-PR. No radique el Anexo B  
(Formulario 941-PR) con su Formulario 941-PR si es depositante de  
itinerario mensual.  
No cambie su obligación contributiva en el Anexo B (Formulario  
941-PR) por ajustes declarados en todo Formulario 941-X (PR).  
Ajuste de la obligación contributiva para los créditos no reem-  
bolsables reclamados en las líneas 11a, 11b y 11d. Los  
depositantes de itinerario mensual y depositantes de itinerario  
bisemanal tienen que tomar en cuenta los créditos no  
reembolsables reclamados en las líneas 11a, 11b y 11d cuando  
declaren sus obligaciones contributivas en la línea 16 o en el Anexo  
B (Formulario 941-PR). La obligación contributiva total para el  
trimestre tiene que ser igual a la cantidad declarada en la línea 12.  
Si no toma en cuenta los créditos no reembolsables en la línea 16 o  
en el Anexo B (Formulario 941-PR), podrá causar que en la línea 16  
o en el Anexo B (Formulario 941-PR) se declare más del total de la  
obligación contributiva declarada en la línea 12. No reduzca su  
obligación contributiva mensual declarada en la línea 16 o su  
obligación contributiva diaria declarada en el Anexo B (Formulario  
941-PR) a una cantidad menor que cero.  
correspondiente a la Compañía Rosa de la contribución al Seguro  
Social (hasta $250,000) sobre los salarios pagados a sus  
empleados en el tercer trimestre, cualquier crédito restante se usa  
contra la parte correspondiente de la Compañía Rosa de la  
contribución al Medicare para el primer pago de la nómina del  
trimestre y, entonces, el exceso del crédito por el pago sobre la  
nómina se trasladaría a los pagos sobre la nómina sucesivos en el  
tercer trimestre hasta que se utilice contra la parte correspondiente  
de la Compañía Rosa de la contribución al Medicare para el  
trimestre. Si la Compañía Rosa todavía tiene créditos restantes  
después de haber reducido su parte correspondiente de la  
contribución al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribución al  
Medicare para el tercer trimestre, la cantidad restante se tratará  
como un crédito contributivo sobre la nómina contra la parte  
correspondiente de la contribución al Seguro Social ($250,000) y la  
contribución al Medicare por los salarios pagados en el cuarto  
trimestre. Si la cantidad restante del crédito contributivo sobre la  
nómina excedió la parte correspondiente a la Compañía Rosa de la  
contribución al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribución al  
Medicare sobre los salarios pagados en el cuarto trimestre, ésta  
podría ser trasladada y ser tratada como un crédito contributivo  
sobre la nómina para el primer trimestre de 2024.  
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios  
calificados por aumentar las actividades investigativas (línea  
11a). A partir del primer trimestre de 2023, el crédito contributivo  
sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las  
actividades investigativas se usa primero para reducir la parte  
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social  
(hasta $250,000) para el trimestre y cualquier crédito restante se  
usa entonces para reducir la parte correspondiente al patrono de la  
contribución al Medicare para el trimestre hasta que alcance cero.  
Para completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome  
en cuenta el crédito contributivo sobre la nómina contra la  
obligación de las contribuciones al Seguro Social correspondiente al  
patrono comenzando con el primer pago de nómina para el  
trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las  
contribuciones al Seguro Social a sus empleados hasta utilizar un  
máximo de $250,000 del crédito contra la parte correspondiente al  
patrono de la contribución al Seguro Social y, entonces, tome en  
cuenta cualquier crédito sobre la nómina restante contra la  
obligación de la parte correspondiente al patrono de la contribución  
al Medicare comenzando con el primer pago de nómina del  
trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las  
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de  
abril de 2021 (línea 11b). La porción no reembolsable del crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados  
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del  
31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se limita a la  
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social  
por los salarios pagados en el trimestre restante después de que  
esa parte se reduzca primero por cualquier crédito reclamado  
contra la parte correspondiente al patrono de la contribución al  
Seguro Social en la línea 12 del Formulario 8974 para el crédito  
contributivo sobre la nómina de pequeños negocios calificados por  
aumentar las actividades investigativas en la línea 11 del Formulario  
5884-C, el crédito contributivo por oportunidad de trabajo para  
organizaciones calificadas exentas de contribuciones que contratan  
a veteranos calificados y/o cualquier crédito a ser reclamado en el  
Formulario 5884-D para el crédito por desastres para  
contribuciones al Medicare a sus empleados. De acuerdo con las  
entradas en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR), el  
crédito contributivo sobre la nómina se tiene que tomar en cuenta al  
hacer los depósitos de las contribuciones sobre la nómina. Si se  
mantiene algún crédito contributivo sobre la nómina al final del  
trimestre que no se ha utilizado completamente porque excede de  
$250,000 de la parte correspondiente al patrono de las  
contribuciones al Seguro Social y la parte correspondiente al  
patrono de las contribuciones al Medicare para el trimestre, el  
crédito en exceso puede ser transferido al siguiente trimestre y  
permitido como un crédito contributivo sobre la nómina para el  
siguiente trimestre. El crédito contributivo sobre la nómina no se  
puede utilizar como un crédito contra la retención de la contribución  
federal sobre los ingresos, o la parte correspondiente del empleado  
de las contribuciones al Seguro Social, o la parte correspondiente al  
empleado de las contribuciones al Medicare. Además, el crédito  
contributivo sobre la nómina restante no puede aplicarse a años  
organizaciones exentas de contribuciones calificadas. Para  
completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en  
cuenta la porción no reembolsable del crédito por los salarios de  
-18-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
 
licencia por enfermedad y familiar calificados del trimestre contra la  
obligación correspondiente al primer pago de nómina del trimestre,  
pero no una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligación  
por cada pago de nómina sucesivo en el trimestre hasta que la  
porción no reembolsable del crédito sea utilizada. Cualquier crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados  
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del  
31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 que quede  
restante al final del trimestre porque excede la parte  
Parte 3: Infórmenos sobre su Negocio  
En la Parte 3, conteste sólo aquellas preguntas que le correspondan  
a su negocio. Si alguna pregunta no le corresponde, déjela en  
blanco y pase a la Parte 4.  
17. Si su Negocio Ha Dejado de Operar...  
Si su negocio ha dejado de operar permanentemente o si ha dejado  
de pagar salarios, tiene que radicar una planilla final. Para  
informarle al IRS que un Formulario 941-PR es su planilla final,  
marque el recuadro de la línea 17 y anote la última fecha en la que  
pagó salarios en el espacio provisto. Para requisitos adicionales de  
la radicación, incluyendo información sobre cómo adjuntar una  
declaración a su planilla final, vea Planilla Final y Si Cierra su  
Negocio, anteriormente.  
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social se  
reclama en la línea 13c como un crédito reembolsable. La porción  
reembolsable del crédito no reduce la obligación declarada en la  
línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).  
Ejemplo. La Compañía Arce es un depositante de itinerario  
bisemanal que paga los salarios a sus empleados cada otro viernes.  
En el primer trimestre de 2023, la Compañía Arce tenía fechas de  
pago el 6 de enero, el 20 de enero, el 3 de febrero, el 17 de febrero,  
el 3 de marzo, el 17 de marzo y el 31 de marzo. La Compañía Arce  
pagó salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados el 6  
de enero y el 20 de enero por la licencia tomada después del 31 de  
marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. La porción no  
reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad  
y familiar calificados es $10,000 para el trimestre. En el Anexo B  
(Formulario 941-PR), la Compañía Arce utilizará los $10,000 para  
reducir la obligación de la fecha de pago del 6 de enero, pero no a  
una cantidad menor que cero. Si alguna porción no reembolsable  
del crédito permanece, la Compañía Arce la aplicará a la obligación  
de la fecha de pago del 20 de enero, y luego a la fecha de pago del  
3 de febrero, y así sucesivamente hasta que todos los $10,000 se  
utilicen.  
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia  
pagada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021 (línea 11d). La porción no reembolsable del  
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021  
se limita a la parte correspondiente al patrono de la contribución al  
Medicare en los salarios pagados en el trimestre que queda  
restante después que esa parte se reduzca primero por todo crédito  
reclamado contra la parte correspondiente al patrono de la  
contribución al Medicare en la línea 16 del Formulario 8974 por el  
crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios  
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para  
completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en  
cuenta la porción no reembolsable de todo el trimestre del crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados  
pagados este trimestre de 2023 contra la obligación  
18. Si Es Patrono Estacional...  
Si contrata a empleados estacionales —por ejemplo, sólo para el  
verano o el invierno— marque el recuadro de la línea 18. El marcar  
el recuadro le indica al IRS que no debe esperar recibir cuatro  
Formularios 941-PR de usted durante el año porque no ha pagado  
salarios con regularidad.  
Por lo general, no le solicitaremos información sobre planillas no  
radicadas si al menos una planilla sujeta a contribuciones es  
radicada cada año. Sin embargo, tiene que marcar el recuadro de la  
línea 18 en cada Formulario 941-PR que radique. De lo contrario, el  
IRS esperará que se radique una planilla para cada trimestre.  
Además, al completar el Formulario 941-PR, asegúrese de  
marcar el recuadro de la parte superior de la planilla que  
corresponde al trimestre en que declara salarios.  
Las cantidades anotadas en las líneas 19 a 28 son  
CONSEJO  
cantidades que usted utiliza en las hojas de trabajo al final  
de estas instrucciones para calcular ciertos créditos. Si está  
reclamando estos créditos, tiene que anotar las cantidades  
aplicables.  
Complete las líneas 19 y 20 sólo si los gastos calificados  
del plan de salud asignables a los salarios de licencia por  
!
´
PRECAUCION  
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia por  
enfermedad calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de  
abril de 2021.  
19. Gastos Calificados del Plan de Salud  
Asignables a los Salarios de Licencia por  
Enfermedad Calificados por la Licencia Tomada  
después del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1  
de Abril de 2021  
correspondiente al primer pago de nómina del trimestre, pero no a  
una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligación por  
cada pago de nómina sucesivo en el trimestre hasta que la porción  
no reembolsable del crédito sea utilizada. Cualquier crédito por los  
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados  
en este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de  
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, que queda  
restante al final del trimestre porque excede la parte  
Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los  
salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este  
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo  
de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad también se  
anota en la línea 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1.  
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare se  
reclama en la línea 13e como un crédito reembolsable. La porción  
reembolsable del crédito no reduce la obligación declarada en la  
línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).  
20. Gastos Calificados del Plan de Salud  
Asignables a los Salarios de Licencia Familiar  
Calificados por la Licencia Tomada después del  
31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de  
2021  
Usted puede reducir sus depósitos por la cantidad de las  
CONSEJO  
porciones no reembolsables y reembolsables del crédito  
por los salarios de licencia por enfermedad y licencia  
familiar calificados, como se discute anteriormente bajo Cómo  
Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los  
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de  
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y  
antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad también se anota en la  
línea 2f del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1.  
-19-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
     
Complete las líneas 23, 24 y 25 sólo si los salarios de  
licencia por enfermedad calificados se pagaron este  
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de  
27. Gastos Calificados del Plan de Salud  
Asignables a los Salarios de Licencia Familiar  
Calificados Declarados en la Línea 26  
!
´
PRECAUCION  
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los  
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de  
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y  
antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en  
la línea 2h del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.  
23. Salarios de Licencia por Enfermedad  
Calificados por la Licencia Tomada después del  
31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre  
de 2021  
28. Cantidades de Ciertos Acuerdos de  
Negociación Colectiva Asignables a los Salarios  
de Licencia Familiar Calificados Declarados en  
la Línea 26  
Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados que usted  
pagó este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,  
incluyendo cualquier salario de licencia por enfermedad calificado  
que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y  
cualquier salario de licencia por enfermedad calificado excluido de  
la definición de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22).  
Vea las instrucciones para la línea 11d, anteriormente, para más  
información sobre los salarios de licencia por enfermedad  
aprendizaje de negociación colectiva asignables a los salarios de  
licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la  
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en la línea 2i del  
Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021  
y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota  
en la línea 2a del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.  
24. Gastos Calificados del Plan de Salud  
Asignables a los Salarios de Licencia por  
Enfermedad Calificados Declarados en la Línea  
23  
Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos  
con su Tercero Autorizado?  
Si desea autorizar a algún empleado suyo, a un preparador  
remunerado o a otro individuo para que éste hable sobre su  
Formulario 941-PR con el IRS, marque el recuadro “” en la Parte  
4. Anote el nombre, número de teléfono y los cinco dígitos del  
número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) del  
individuo específico con quien podamos hablar —no el nombre de  
la empresa que preparó su planilla de contribución. La persona  
designada puede elegir cualesquier cinco dígitos para su PIN.  
Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los  
salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este  
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo  
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se  
anota en la línea 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.  
25. Cantidades de Ciertos Acuerdos de  
Negociación Colectiva Asignables a los Salarios  
de Licencia por Enfermedad Calificados  
Declarados en la Línea 23  
Al marcar el recuadro “”, usted autoriza al IRS a hablar con el  
tercero designado a fin de hacerle preguntas que surjan al tramitar  
su planilla de contribución. Además, le permite a la persona  
designada que haga todo lo siguiente:  
Facilitarnos toda información no incluida en su planilla.  
Llamarnos para obtener información relacionada con la  
aprendizaje de negociación colectiva asignables a los salarios de  
licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023  
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del  
1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en la línea 2c  
del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.  
tramitación de su planilla.  
Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya  
compartido con su tercero designado relacionadas con errores  
matemáticos y con la preparación de su planilla. El IRS no le enviará  
notificaciones a su tercero designado.  
Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ningún  
compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva  
adicional), ni de otra manera representarlo a usted ante el IRS. Si  
desea ampliar la autorización de su tercero designado, vea la Pub.  
947(SP).  
Complete las líneas 26, 27 y 28 sólo si los salarios de  
licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de  
!
´
PRECAUCION  
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
La autorización para un tercero designado vencerá  
automáticamente en 1 año a partir de la fecha de vencimiento (sin  
tener en cuenta las prórrogas) para radicar su Formulario 941-PR.  
Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la  
autorización, escriba al centro de servicio del IRS a la dirección  
donde se envían las planillas “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde  
Deberá Enviar la Planilla?, anteriormente.  
26. Salarios de Licencia Familiar Calificados por  
la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de  
2021 y antes del 1 de Octubre de 2021  
Anote los salarios de licencia familiar calificados que usted pagó  
este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,  
incluyendo cualquier salario por licencia familiar que estaba por  
encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de  
licencia familiar calificado excluido de la definición de empleo  
conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones  
para la línea 11d, anteriormente, para más información sobre los  
salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada  
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Esta cantidad también se anota en la línea 2g del Paso 2 de la Hoja  
Parte 5: Firme Aquí  
(Funciones Aprobadas)  
Complete toda la información y firme el Formulario 941-PR. Las  
siguientes personas están autorizadas a firmar la planilla, según  
cada clase de entidad comercial:  
• Empresa de un sólo dueño: El individuo que posee el negocio  
(el propietario o dueño):  
• Corporación (incluyendo una compañía de responsabilidad  
limitada (LLC, por sus siglas en inglés) que se trata como una  
-20-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
               
corporación): El presidente, vice presidente u otro funcionario  
principal que esté debidamente autorizado para firmar en nombre  
de dicha corporación.  
preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los  
preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de papel  
de su puño y letra. El preparador tiene que darle una copia adicional  
de la planilla además de la planilla que en sí será radicada ante el  
IRS.  
• Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsa-  
bilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colecti-  
va) u otra empresa no incorporada: Un socio, un miembro u otro  
funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga  
conocimiento de todas las operaciones y asuntos de la entidad.  
Si usted es preparador remunerado, anote su número de  
identificación contributiva del preparador remunerado (PTIN, por  
sus siglas en inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección  
completa. Si trabaja para una firma o empresa, anote el nombre y el  
EIN de la firma. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el  
Formulario W-12, en inglés. Para más información sobre la solicitud  
de un PTIN por Internet, acceda a IRS.gov/PTIN, en inglés. No  
puede usar su PTIN en lugar del EIN de la firma preparadora de  
contribuciones.  
• Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un sólo so-  
cio que se trata como una entidad no considerada como sepa-  
rada de su dueño (disregarded entity) para propósitos de las  
contribuciones federales sobre los ingresos: El dueño de la  
LLC u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado a  
firmar en nombre de dicha compañía.  
Por lo general, no complete esta sección si está radicando la  
planilla en su calidad de agente de reportación y tiene un Formulario  
8655, en inglés, vigente y archivado ante el IRS. Sin embargo, un  
agente de reportación tiene que completar esta sección si dicho  
agente ofreció asesoría legal; por ejemplo, aconsejarle al cliente  
sobre cómo determinar si los trabajadores son empleados o  
contratistas independientes para propósitos de las contribuciones  
federales.  
• Fideicomiso o caudal hereditario: El fiduciario.  
El Formulario 941-PR puede ser firmado por un agente  
debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha  
radicado un poder legal válido ante el IRS.  
Método alternativo de firma. Los ejecutivos de la corporación o  
agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario  
941-PR por medio de un sello de goma, aparato mecánico o  
programa de computadora (software). Para más detalles y la  
documentación requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39  
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39), en inglés.  
Puede ver dicho procedimiento en el Internal Revenue Bulletin  
2005-28 (Boletín de Rentas Internas 2005-28), en inglés, disponible  
Cómo Obtener Formularios,  
Instrucciones y Publicaciones del IRS  
Puede ver, descargar o imprimir la mayoría de los  
formularios, instrucciones y publicaciones que pueda  
Para Uso Exclusivo Del Preparador  
Remunerado  
necesitar en IRS.gov/Forms, en inglés. De lo contrario,  
puede acceder a IRS.gov/OrderForms y pulsar sobre Español, para  
hacer un pedido y recibir los formularios por correo. El IRS tramitará  
su orden para formularios y publicaciones lo más pronto posible. No  
vuelva a enviar solicitudes que ya nos haya enviado. Puede obtener  
formularios y publicaciones más rápido en línea.  
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 941-PR y  
proporcionar la información solicitada en la sección titulada Para  
Uso Exclusivo Del Preparador Remunerado en la Parte 5 si le  
pagó al preparador para preparar el Formulario 941-PR y dicho  
-21-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
 
Hoja de Trabajo 1. Crédito por los Salarios de Licencia por  
Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023  
por la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de 2020 y antes  
del 1 de Abril de 2021  
Guarde para Sus Registros  
Determine cómo completará esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es  
aplicable, cliente por cliente).  
Si pagó salarios de licencia por enfermedad y/o familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. Precaución: Use la Hoja de Trabajo 2 para calcular el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados  
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.  
Paso 1.  
Determine la parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social este trimestre después de que se reduzca por  
cualquier crédito reclamado en el Formulario 8974 y por cualquier crédito a ser reclamado en el Formulario 5884-C y/o en el Formulario  
5884-D  
1a  
1b  
Anote la cantidad de la contribución al Seguro Social de la columna 2 de la línea 5a de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1a  
Anote la cantidad de la contribución al Seguro Social de la columna 2 de la línea 5b de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1b  
1c  
1d  
1e  
Sume las líneas 1a y 1b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1c  
Multiplique la línea 1c por 50% (0.50) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1d  
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad que no sea un agente y está  
reclamando créditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al  
patrono de la contribución al Seguro Social incluida en la línea 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR  
1f  
1g  
Reste la línea 1e de la línea 1d . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1f  
Si recibió la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago conforme a la  
sección 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribución  
al Seguro Social de esta notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1g  
1h  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social. Sume las líneas 1f  
y 1g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1h  
1i  
1j  
1j(i)  
1k  
Anote la cantidad de la línea 12 del Formulario 8974 para este trimestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
Anote la cantidad a reclamar en la línea 11 del Formulario 5884-C para este trimestre . . . . . . . . . .  
Anote la cantidad a reclamar en la línea 12 del Formulario 5884-D para este trimestre . . . . . . . . . .  
1i  
1j  
1j(i)  
Total de créditos no reembolsables ya usados contra la parte correspondiente al patrono de  
la contribución al Seguro Social. Sume las líneas 1i, 1j y 1j(i) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1k  
1l  
1l  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social restante. Reste la línea  
1k de la línea 1h . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
Paso 2.  
Calcule el crédito de licencia por enfermedad y familiar  
2a  
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la columna 1 de la línea 5a(i) de la  
Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a  
2a(i)  
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 5c de la Parte 1 del Formulario  
941-PR, pero no incluidos en la columna 1 de la línea 5a(i) de la Parte 1 del Formulario 941-PR  
porque los salarios declarados en esa línea estaban limitados por la base salarial del Seguro  
Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(i)  
2a(ii)  
2a(iii)  
Total de salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las líneas 2a y 2a(i) . . . . . . . . . . .  
2a(ii)  
Salarios de licencia por enfermedad calificados excluidos de la definición de empleo conforme a las  
secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(iii)  
2b  
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados  
(línea 19 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2b  
2c  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia por  
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2c  
2d  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las líneas 2a(ii), 2a(iii),  
2b y 2c . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2d  
2e  
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la columna 1 de la línea 5a(ii) de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e  
2e(i)  
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la línea 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR,  
pero no incluidos en la columna 1 de la línea 5a(ii) de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los  
salarios declarados en esa línea estaban limitados por la base salarial del Seguro Social . . . . . . . . 2e(i)  
2e(ii)  
2e(iii)  
Total de salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2e y 2e(i) . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2e(ii)  
Salarios de licencia familiar calificados excluidos de la definición de empleo conforme a las secciones  
3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e(iii)  
2f  
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados (línea 20  
de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2f  
2g  
2h  
2i  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia familiar  
calificados. Multiplique la línea 2e(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g  
Crédito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2e(ii), 2e(iii), 2f  
y 2g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2h  
2i  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las líneas 2d  
y 2h . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2j  
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021. Anote la cantidad menor entre la línea 1l o la línea 2i. Anote esta cantidad en la línea 11b de la  
Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2j  
2k  
Porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de  
2021. Reste la línea 2j de la línea 2i y anote esta cantidad en la línea 13c de la Parte 1 del Formulario  
941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2k  
-22-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)  
 
Hoja de Trabajo 2. Crédito por los Salarios de Licencia por  
Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023  
por la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de 2021 y antes  
del 1 de Octubre de 2021  
Guarde para Sus Registros  
Determine cómo completará esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es  
aplicable, cliente por cliente).  
Si pagó salarios de licencia por enfermedad calificados y/o salarios de licencia familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo  
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. Precaución: Use la Hoja de Trabajo 1 para calcular el crédito por los salarios de licencia por  
enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.  
Paso 1.  
Determine la parte correspondiente a la contribución al Medicare este trimestre después de reducirse por cualquier crédito reclamado en  
el Formulario 8974  
1a  
Anote la cantidad de la contribución al Medicare de la columna 2 de la línea 5c de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1a  
1b  
1c  
Multiplique la línea 1a por 50% (0.50) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1b  
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad que no es un agente y está  
reclamando créditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al  
patrono de la contribución al Medicare incluida en la línea 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR (anote  
1d  
1e  
Reste la línea 1c de la línea 1b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1d  
Si recibió la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago conforme a la  
sección 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribución  
al Medicare de esta notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1e  
1f  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare. Sume las líneas 1d  
y 1e . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1f  
1g  
1h  
Anote la cantidad de la línea 16 del Formulario 8974 para este trimestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1g  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare restante. Reste la línea 1g de  
la línea 1f . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
1h  
Paso 2.  
Calcule el crédito de licencia por enfermedad y familiar  
2a  
Salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de  
2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (línea 23 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . 2a  
2a(i)  
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 23 de la Parte 3 del Formulario  
941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en las líneas 5a y 5c de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad fueron excluidos de la definición  
de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(i)  
2a(ii)  
2a(iii)  
Reste la línea 2a(i) de la línea 2a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2a(ii)  
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 23 de la Parte 3 del Formulario  
941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en la línea 5a de la Parte 1 del Formulario  
941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad estaban limitados por la base salarial del  
Seguro Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(iii)  
2a(iv) Reste la línea 2a(iii) de la línea 2a(ii) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2a(iv)  
2b  
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados  
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (línea 24 de  
la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2b  
2c  
Cantidades de ciertos acuerdos de negociación colectiva asignables a los salarios de licencia por  
enfermedad calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de  
octubre de 2021 (línea 25 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2c  
2d  
2e  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social sobre los salarios de licencia por  
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(iv) por 6.2% (0.062) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2d  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia por  
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e  
2f  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad. Sume las líneas 2a, 2b, 2c, 2d y 2e . . . . .  
2f  
2g  
Salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y  
antes del 1 de octubre de 2021 (línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . 2g  
2g(i)  
Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que  
no fueron incluidos como salarios declarados en las líneas 5a y 5c de la Parte 1 del Formulario  
941-PR, porque los salarios de licencia familiar calificados fueron excluidos de la definición de empleo  
conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g(i)  
2g(ii)  
2g(iii)  
Reste la línea 2g(i) de la línea 2g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2g(ii)  
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR  
que no fueron incluidos como salarios declarados en la línea 5a de la Parte 1 del Formulario 941-PR  
porque los salarios de licencia familiar calificados estaban limitados por la base salarial del Seguro  
Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g(iii)  
2g(iv) Reste la línea 2g(iii) de la línea 2g(ii) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2h  
2g(iv)  
Gastos calificados del plan de salud asignables a salarios de licencia familiar calificados por la licencia  
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (línea 27 de la Parte 3 del  
Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2h  
2i  
Cantidades de ciertos acuerdos de negociación colectiva asignables a los salarios de licencia familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021  
(línea 28 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2i  
2j  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social sobre los salarios de licencia  
familiar calificados. Multiplique la línea 2g(iv) por 6.2% (0.062) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2j  
2k  
2l  
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia familiar  
calificados. Multiplique la línea 2g(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2k  
Crédito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2g, 2h, 2i, 2j  
y 2k . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2l  
2m  
2n  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las líneas 2f  
y 2l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2m  
Anote cualquier crédito reclamado conforme a la sección 41 por aumentar las actividades  
investigativas con respecto a cualquier salario tomado en cuenta para el crédito por los salarios de  
licencia por enfermedad y familiar calificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2n  
2o  
2p  
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados después de hacer  
ajustes por otros créditos. Reste la línea 2n de la línea 2m . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2o  
2p  
2q  
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre  
de 2021. Anote la cantidad menor entre la línea 1h o la línea 2o. Anote esta cantidad en la línea 11d  
de la Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
2q  
Porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar  
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre  
de 2021. Reste la línea 2p de la línea 2o y anote esta cantidad en la línea 13e de la Parte 1 del  
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  
-23-  
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)