941 ohjetta (Puerto Rico Version)
Työnantajan neljännesvuosittainen liittovaltion veronpalautus (Puerto Rico Version)
Maaliskuu 2023
Liittyvät lomakkeet
- 941 (Puerto Rican Version) - Työnantajan neljännesvuosittainen liittovaltion veronpalautus (Puerto Rican Version)
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Instrucciones para
el Formulario 941-PR
(Rev. marzo de 2023)
Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden
Qué Hay de Nuevo
al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de
otra manera.
La contribución al Seguro Social y la contribución al Medicare
para 2023. La tasa de contribución al Seguro Social sobre los
salarios sujetos a la contribución, incluyendo los salarios de licencia
por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar
calificados pagados en 2023 por la licencia tomada después del 31
de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, es 6.2%
(0.062) para cada uno, el patrono y el empleado, o 12.4% (0.124)
para ambos. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y
los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de
abril de 2021 no están sujetos a la parte correspondiente al patrono
de la contribución al Seguro Social; por lo tanto, la tasa contributiva
sobre estos salarios es 6.2% (0.062). La base salarial para la
retención al Seguro Social es $160,200.
La tasa de contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto
para la parte del empleado como la parte del patrono, la misma tasa
que correspondió para el año 2022. No hay límite sobre la cantidad
de salarios sujetos a la contribución al Medicare.
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a
los salarios de empleados domésticos a quienes usted les paga
$2,600 o más en efectivo u otra forma de compensación equivalente
para el año 2023. Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
se aplican a los trabajadores electorales a quienes se les paga
$2,200 o más en efectivo u otra forma equivalente de compensación
para el año 2023.
Contenido
Página
¿Quién Tiene que Radicar el Formulario
¿Cómo Deberá Completar el Formulario
Cómo Hacer los Depósitos de sus
¿Qué Hay que Saber acerca de las Multas e
Parte 1: Conteste las Preguntas a
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para
los años contributivos que comiencen antes del 1 de enero de 2023,
un pequeño negocio calificado puede optar por reclamar hasta
$250,000 de su crédito por aumentar las actividades investigativas
como un crédito contributivo sobre la nómina. La Inflation Reduction
Act of 2022 (Ley de Reducción de la Inflación o IRA, por sus siglas
en inglés) aumenta la cantidad de la elección a $500,000 para los
años contributivos que comienzan después del 31 de diciembre de
2022. La elección del crédito contributivo sobre la nómina tiene que
hacerse en o antes de la fecha de vencimiento de la planilla de
contribuciones originalmente radicada (incluyendo prórrogas). Se
permite reclamar la parte del crédito utilizada contra la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social en el
primer trimestre natural comenzando después de la fecha en que el
pequeño negocio calificado radicó su planilla de contribuciones
sobre los ingresos. La elección y la determinación de la cantidad del
crédito que se utilizará contra las contribuciones sobre la nómina del
patrono se hacen en el Formulario 6765, Credit for Increasing
Research Activities (Crédito por aumentar las actividades
Parte 2: Infórmenos sobre su Itinerario de
Depósitos y Obligación Contributiva para
Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos con su
Cómo Obtener Formularios, Instrucciones y
Hoja de Trabajo 1. Crédito por los Salarios de
Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados
Pagados este Trimestre de 2023 por la
Licencia Tomada después del 31 de Marzo de
Hoja de Trabajo 2. Crédito por los Salarios de
Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados
Pagados este Trimestre de 2023 por la
investigativas), en inglés. La cantidad de la línea 44 del Formulario
6765 tiene que declarase en el Formulario 8974, Qualified Small
Business Payroll Tax Credit for Increasing Research Activities
(Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas), en inglés.
A partir del primer trimestre de 2023, el crédito contributivo sobre
la nómina se utiliza primero para reducir la parte correspondiente al
patrono de la contribución al Seguro Social hasta $250,000 por
trimestre y cualquier crédito restante reduce la parte
Licencia Tomada después del 31 de Marzo de
Acontecimientos Futuros
Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos
relacionados con el Formulario 941-PR y sus instrucciones, como
legislación promulgada después de que dichos documentos se
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare para el
trimestre. Cualquier crédito restante, después de reducir la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social y al
Medicare, luego se transfiere al próximo trimestre. El Formulario
8974 se utiliza para determinar la cantidad del crédito que se puede
Jan 28, 2023
Cat. No. 35286W
utilizar en el trimestre en curso. La cantidad de la línea 12, o, si
corresponde, de la línea 17 del Formulario 8974 se declara en la
línea 11a. Para más información sobre el crédito contributivo sobre
adelante.
después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021,
ya no puede solicitar un anticipo de pago de ningún crédito en el
Formulario 7200(SP), Anticipo de Pago de Créditos del Empleador
Debido al COVID-19.
Crédito contributivo sobre la nómina para ciertas organizacio-
nes exentas de contribuciones afectadas por desastres califi-
cados. La sección 303(d) de la Taxpayer Certainty and Disaster
Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario en Casos de Desastre y
Certeza para los Contribuyentes de 2020) permite un crédito
contributivo sobre la nómina para ciertas organizaciones exentas de
contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados no
relacionados con el COVID-19. Este crédito se reclama en el
Formulario 5884-D, Employee Retention Credit for Certain
Formulario 941-PR se descontinuará después de 2023. El
Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono, ya no estará disponible después del
cuarto trimestre de 2023. En su lugar, los empleadores en los
territorios de los Estados Unidos presentarán el nuevo Formulario
941(sp), Declaración del Impuesto Federal TRIMESTRAL del
Empleador.
Tax-Exempt Organizations Affected by Qualified Disasters (Crédito
de retención de empleados para ciertas organizaciones exentas de
contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados), en
inglés (no en el Formulario 941-PR). El Formulario 5884-D se radica
después de que se haya radicado el Formulario 941-PR para el
trimestre para el cual se reclama el crédito. Si reclamará este
crédito en el Formulario 5884-D y también está reclamando un
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar
calificados por la licencia tomada antes del 1 de abril de 2021, tiene
que incluir cualquier crédito que se reclame en el Formulario 5884-D
Publicación 179 se descontinuará después de 2023. La
Publicación 179, Guía Contributiva Federal para Patronos
Puertorriqueños, ya no estará disponible después de 2023. En su
lugar, información específica para patronos agropecuarios y los
patronos en los territorios de los Estados Unidos se incluirá en la
nueva Publicación 15(sp), Guía Tributaria para Empleadores, para
uso en 2024.
Recordatorios
Use la revisión de marzo de 2023 del Formulario 941-PR
para declarar las contribuciones para el primer trimestre de
!
Programa de certificación para las organizaciones de patro-
nos profesionales (PEO). La Stephen Beck Jr., Achieving a Better
Life Experience Act of 2014 (ABLE) (Ley Stephen Beck Jr., Logro de
una Mejor Calidad de Vida de 2014, o ABLE, por sus siglas en
inglés) requiere del IRS establecer un programa de certificación
voluntaria para las organizaciones de patronos/empleadores
profesionales (PEO, por sus siglas en inglés). Las PEO se encargan
de manejar varias responsabilidades administrativas de nómina y
declaraciones de contribuciones de sus clientes de negocios y, por
lo general, se les paga una tarifa basada en los costos de la nómina.
Para certificarse y mantener la certificación conforme al programa
de certificación, las organizaciones de patronos profesionales
certificados (CPEO, por sus siglas en inglés) tienen que cumplir con
varios requisitos descritos en las secciones 3511 y 7705 y las guías
relacionadas que se han publicado. La certificación como una
CPEO puede afectar las obligaciones de contribuciones de nómina
tanto de la CPEO como las de sus clientes. Por lo general, para
propósitos de las contribuciones sobre la nómina, una CPEO es
tratada como el patrono de cualquier individuo que realiza servicios
para un cliente de la CPEO y está cubierto por un contrato descrito
en la sección 7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente (contrato de la
CPEO), pero sólo para los salarios y otra compensación pagados al
individuo por la CPEO. Para certificarte como una CPEO, la
organización tiene que hacer la solicitud por medio del IRS Online
Registration System (Sistema de registro en línea del IRS), en
inglés. Para más información o solicitar para certificarse como una
inglés.
´
PRECAUCION
2023 no use una revisión previa para declarar las
contribuciones para 2023. En este momento, el IRS espera que la
revisión de marzo de 2023 del Formulario 941-PR y estas
instrucciones se usen para el segundo, el tercer y el cuarto trimestre
de 2023. Si cambios en la ley requieren cambios adicionales al
Formulario 941-PR, el formulario y/o estas instrucciones podrían ser
revisadas. Las revisiones anteriores del Formulario 941-PR están
“Todas las Versiones del Formulario 941-PR” bajo “Otros Artículos
Que Le Podrían Ser Útiles”).
El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y fami-
liar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la li-
cencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1
de octubre de 2021. Generalmente, el crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados promulgado conforme
a la Families First Coronavirus Response Act (FFCRA) (Ley de
Familias Primero en Respuesta al Coronavirus o FFCRA, por sus
siglas en inglés) enmendado y extendido por la COVID-related Tax
Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionado con el
COVID de 2020) por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2020 y antes del 1 de abril de 2021, y el crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados conforme a las
secciones 3131, 3132 y 3133 del Código Federal de Rentas
Internas, según promulgado conforme a la American Rescue Plan
Act of 2021 (Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 o la
Ley ARP, como se conoce en inglés) por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021
han vencido. Sin embargo, los patronos que pagan salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre
de 2021 son elegibles para reclamar un crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados en el trimestre de
2023 en el que se pagaron los salarios calificados. Para más
Por lo general, las CPEO tienen que radicar electrónicamente el
Formulario 941-PR y el Anexo R (Formulario 941), Allocation
Schedule for Aggregate Form 941 Filers (Registro de asignación
para los declarantes de Formularios 941 agregados), en inglés.
Para más información sobre el requisito de una CPEO de radicar
electrónicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en la página 426 del Internal
Revenue Bulletin 2017-3 (Boletín de Rentas Internas 2017-3), en
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021. Para más información sobre el crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a
IRS.gov/PLC, en inglés.
Externalización de las obligaciones de nómina. Por lo general,
como patrono, usted es responsable de asegurarse que las planillas
de contribución se radiquen y que los depósitos y los pagos se
efectúen, aun si usted contrata los servicios de un tercero para
hacerlo. Usted sigue siendo el responsable aun si el tercero no
cumple con la acción requerida. Antes de elegir por externalizar
cualquier parte de su nómina y las obligaciones relacionadas con
las contribuciones (es decir, retención, declaración y pago de las
Anticipo de pago de créditos relacionado con el COVID-19 ha
terminado. Aunque puede pagar salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia tomada
-2-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
contribuciones al Seguro Social, al Medicare y al fondo federal de
desempleo (FUTA, por sus siglas en inglés)) a un tercero pagador,
tal como un proveedor de servicios de nómina o agente de
información útil sobre este tema. Dicha información está disponible
en inglés. Si una CPEO paga los salarios y otra compensación de
cualquier individuo que realiza servicios para usted y los servicios
están cubiertos por un contrato de la CPEO, entonces la CPEO es,
por lo general, tratada como el patrono para propósitos de las
contribuciones sobre la nómina, pero sólo para salarios y otra
compensación pagada al individuo por la CPEO. Sin embargo, con
respecto a ciertos empleados cubiertos por un contrato de la CPEO,
usted también puede ser tratado como un patrono de los empleados
y, en consecuencia, también puede ser responsable de las
contribuciones federales sobre la nómina impuestas sobre los
salarios y otra compensación pagada por la CPEO a dichos
empleados. Para más información sobre los diferentes tipos de
arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third
Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la
Pub. 15, en inglés.
Si tanto un patrono como un agente autorizado conforme a
la sección 3504 (o una CPEO u otro tercero pagador)
pagaron salarios a un empleado durante un trimestre, tanto
CONSEJO
el patrono como el agente autorizado conforme a la sección 3504 (o
la CPEO u otro tercero pagador, si aplica) deben radicar el
Formulario 941-PR declarando los salarios que cada entidad pagó
al empleado durante el trimestre aplicable y emitir los Formularios
499R-2/W-2PR declarando los salarios que cada entidad pagó al
empleado durante el año.
Si un tercero pagador de compensación por enfermedad
también está pagando los salarios de licencia por enfermedad
calificados en nombre de un patrono, el tercero pagador estaría
haciendo los pagos como agente del patrono. Al patrono se le
requiere hacer la declaración y el pago de las contribuciones sobre
la nómina con respecto a los salarios de licencia por enfermedad
calificados y reclamar el crédito por los salarios de licencia por
enfermedad calificados, a menos que el patrono tenga un acuerdo
de agencia con el tercero pagador que requiera que el tercero
pagador haga el cobro, la declaración y/o el pago o el depósito de
las contribuciones sobre la nómina sobre los salarios de licencia por
enfermedad calificados. Si el patrono tiene un acuerdo de agencia
con el tercero pagador, el tercero pagador incluye los salarios de
licencia por enfermedad calificados en el Formulario 941-PR
agregado del tercero pagador, reclama el crédito de licencia por
enfermedad en nombre del patrono en el Formulario 941-PR
agregado y declara por separado el crédito asignable a los patronos
en el Anexo R (Formulario 941), en inglés. Vea el apartado 6 de la
Pub. 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva
suplementaria para patronos), en inglés, para más información
sobre la declaración de salarios por enfermedad.
Créditos contributivos sobre la nómina relacionados con el
COVID-19 cuando la planilla de contribuciones se radica por
un tercero pagador. Si usted es el patrono de acuerdo con el
derecho común de los individuos a los que se les pagan salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados, tiene derecho al
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados, independientemente de si utiliza un tercero pagador (tal
como una PEO, una CPEO o un agente conforme a la sección 3504)
para declarar y pagar sus contribuciones federales sobre la nómina.
El tercero pagador no tiene derecho a los créditos con respecto a
los salarios y contribuciones que remite en su nombre
Crédito contributivo por oportunidad de trabajo para organiza-
ciones calificadas exentas de contribución que contratan a ve-
teranos calificados. Las organizaciones calificadas exentas de
contribuciones que contratan veteranos desempleados elegibles
pueden reclamar el crédito contributivo por oportunidad de trabajo
contra su contribución sobre la nómina utilizando el Formulario
5884-C, Work Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt
(independientemente de si el tercero se considera un “patrono” para
otros propósitos).
Declarantes de Formularios 941-PR agregados. Los agentes
aprobados conforme a la sección 3504 y las CPEO tienen que
completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en inglés, al
radicar un Formulario 941-PR agregado. Los Formularios 941-PR
agregados son radicados por agentes aprobados por el IRS
conforme a la sección 3504. Para solicitar la aprobación para actuar
como un agente para un empleador o patrono, el agente radica ante
el IRS el Formulario 2678, a menos que usted sea una agencia del
gobierno estatal o local que actúa como agente conforme a los
procedimientos especiales provistos en el Revenue Procedure
2013-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2013-39) que
se encuentra en la página 830 del Internal Revenue Bulletin
2013-52 (Boletín de Rentas Internas 2013-52), en inglés, disponible
por el IRS conforme a la sección 7705 pueden radicar Formularios
941-PR agregados. Para ser una CPEO, la organización tiene que
solicitar a través del IRS Online Registration System (Sistema de
Las CPEO radican el Formulario 8973, Certified Professional
Employer Organization/Customer Reporting Agreement
Organizations Hiring Qualified Veterans (Crédito por oportunidad de
trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas
que contratan a veteranos calificados), en inglés. Para más
Corrección del Formulario 941-PR radicado previamente. Si
descubre un error en un Formulario 941-PR que radicó previamente
o si de otra manera necesita enmendar un Formulario 941-PR
previamente radicado, haga la corrección usando el Formulario
941-X (PR). El Formulario 941-X (PR) se radica por separado del
Formulario 941-PR. Para más información, vea las Instrucciones
para el Formulario 941-X (PR), el apartado 12 de la Pub. 179 o
Español.
Los depósitos de la contribución federal tienen que efectuar-
se por transferencia electrónica de fondos (EFT). Usted tiene
que utilizar la transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus
siglas en inglés) para depositar toda contribución federal. Por lo
general, una EFT se realiza mediante el Sistema de Pago
Electrónico de Impuestos Federales (EFTPS, en inglés). Si usted no
desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su
preparador profesional, institución financiera, servicio de nóminas u
otro tercero de confianza le haga los depósitos electrónicamente de
parte de usted. También puede hacer arreglos para que su
institución financiera inicie una transferencia electrónica realizada el
mismo día de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio
gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podría verse
obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador
profesional de contribuciones, institución financiera, servicio de
nómina u otro tercero.
(Organización de patrono profesional certificada/Acuerdo de
radicación del cliente), en inglés, para notificar al IRS que
comenzaron o terminaron un contrato de servicio con un cliente. Por
lo general, las CPEO tienen que radicar el Formulario 941-PR y el
Anexo R (Formulario 941) electrónicamente. Para más información
sobre el requisito de una CPEO de radicar electrónicamente, vea el
Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2017-14), en inglés. Puede ver dicho procedimiento en
la página 426 del Internal Revenue Bulletin 2017-3 (Boletín de
Rentas Internas 2017-3), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/
Otros terceros pagadores que radican los Formularios 941-PR
agregados, tales como las PEO no certificadas, tienen que
completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en inglés, si tienen
clientes que están reclamando el crédito contributivo sobre la
nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas y/o el crédito por los salarios de licencia
por enfermedad y familiar calificados.
Para más información sobre cómo hacer depósitos de
contribuciones federales, vea el apartado 11 de la Pub. 179. Para
obtener información o para inscribirse en el EFTPS, acceda a
EFTPS.gov, en inglés, o llame al número del Servicio al Cliente en
español, 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando
-3-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
los Servicios de Retransmisión de Telecomunicaciones (TRS, por
sus siglas en inglés) para personas sordas, con dificultades
auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en sus
teléfono y luego proporciónele al asistente de los Servicios de
Retransmisión de Telecomunicaciones el número 800-244-4829
indicado anteriormente o el 800-733-4829. Información adicional
sobre el EFTPS está disponible en la Pub. 966 (SP).
Retiro electrónico de fondos (EFW). Si radica el Formulario
941-PR electrónicamente, puede radicar (e-file) y utilizar el
electronic funds withdrawal (retiro electrónico de fondos o EFW, por
sus siglas en inglés) para pagar el saldo adeudado en un solo paso,
usando programas de computadora (software) para la preparación
de planillas o por medio de un preparador profesional de
contribuciones. Sin embargo, no use el EFW para efectuar los
depósitos de la contribución federal. Para más información sobre el
y pulse sobre Español.
Para que un depósito efectuado por medio del EFTPS se
considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el
!
´
PRECAUCION
depósito a más tardar a las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar el depósito.
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito. Usted puede
pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 941-PR
usando una tarjeta de crédito o débito. Su pago será procesado por
un procesador de pagos quien cobrará un cargo por servicio. No
use ninguna tarjeta de crédito o débito para hacer depósitos de las
contribuciones federales. Para más información sobre cómo se
pagan las contribuciones con tarjetas de crédito o débito, acceda a
Opción de pago el mismo día por medio de una
transferencia electrónica. Si no transmite una transacción de
depósito en el EFTPS para las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar un depósito, todavía puede efectuar a tiempo su depósito
por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de
recaudación de la contribución federal o FTCS, por sus siglas en
inglés) para efectuar un pago electrónico el mismo día. Para utilizar
el método de pago efectuado el mismo día, tendrá que hacer los
trámites con su institución financiera con anticipación. Por favor
consulte con su institución financiera con respecto a la
Acuerdo de pago en línea. Usted puede que tenga derecho a
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la
cantidad total de la contribución adeudada al radicar su planilla.
Para más información, vea ¿Qué pasa si usted no puede pagar en
su totalidad?, más adelante.
disponibilidad, los plazos y el costo. Su institución financiera puede
cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta manera. Para
obtener más detalles sobre la información que necesita proveer a su
institución financiera para poder efectuar un pago electrónico el
Puntualidad de los depósitos de la contribución federal. Si
se requiere que un depósito se efectúe en un día que no sea un día
laborable, se considera que dicho depósito se hace a tiempo si se
hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente día
laborable. Un “día laborable” es todo día que no sea sábado,
domingo o día feriado oficial. El término “día feriado oficial” para
propósitos de efectuar los depósitos incluye sólo los días feriados
oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos días feriados oficiales se
indican en el apartado 11 de la Pub. 179.
Preparadores remunerados. Si utiliza un preparador remunerado
para completar el Formulario 941-PR, el preparador remunerado
tiene que completar y firmar la sección del preparador remunerado
en el formulario.
¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono? Puede llamar al
800-829-4933 (si es usuario del equipo TTY/TDD para personas
que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que tienen
impedimentos del habla, puede llamar al 800-829-4059), de lunes a
viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local (los contribuyentes
que no estén en Puerto Rico pueden recibir ayuda de 7:00 a.m. a
7:00 p.m. horario local; los contribuyentes que estén en Alaska y
Hawaii seguirán el horario del Pacífico) para recibir respuestas a sus
preguntas sobre cómo completar el Formulario 941-PR y las reglas
para el depósito de las contribuciones federales.
Radicación y pago por medios electrónicos. Los negocios
pueden disfrutar de los beneficios de radicar sus planillas de
contribución y pagar sus contribuciones federales por medios
electrónicos. No importa si depende de un preparador profesional o
si usted mismo se ocupa de completar su planilla de contribución, el
IRS ofrece programas convenientes para facilitar la radicación y el
pago de las contribuciones. Pase menos tiempo preocupándose de
las contribuciones y más tiempo dedicándose a la operación de su
negocio. Use la radicación electrónica (e-file) y el EFTPS, según le
convenga:
Fotografías de niños desaparecidos. El IRS se enorgullece de
colaborar con el National Center for Missing & Exploited Children®
(NCMEC) (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados
o NCMEC, por sus siglas en inglés). Fotografías de niños
desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden
aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo contrario,
estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños regresen
a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y llama al
1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).
•
Español para más información. Se le puede cobrar un cargo por
Instrucciones Generales:
Propósito del Formulario 941-PR
Estas instrucciones le darán información de trasfondo sobre el
Formulario 941-PR. Podrá saber quién tiene que radicar el
Formulario 941-PR, cómo debe completarse (se le darán
instrucciones para cada línea) y dónde y cuándo debe radicarlo.
radicar electrónicamente.
•
Servicio al Cliente del EFTPS en español al 800-244-4829. Para
comunicarse con el EFTPS utilizando el TRS para personas sordas,
con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el
711 en su teléfono y luego proporciónele al asistente del TRS el
número 800-244-4829 indicado anteriormente o el 800-733-4829.
Para la radicación por medios electrónicos del Formulario
•
que a usted se le requiera radicar el Formulario 499R-2/W-2PR por
medios electrónicos. Para más detalles, vea las instrucciones para
los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR.
Si desea obtener información más a fondo sobre las
contribuciones sobre la nómina relacionadas con el Formulario
941-PR, vea la Pub. 179. Dicha publicación explica los requisitos
para la retención, el depósito y el pago de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Le explica sobre los formularios que
tiene que darle a sus empleados, los formularios que sus
empleados tienen que darle a usted y aquéllos que usted tiene que
enviar al IRS. Vea la Pub. 15-A, en inglés, para obtener información
especializada sobre las contribuciones sobre la nómina que
complementa la información básica contenida en la Pub. 179.
Si usted radica su planilla o si paga sus contribuciones
federales por medios electrónicos, se requiere tener un
!
´
PRECAUCION
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en
inglés) válido en el momento en que se radica la planilla o en que se
efectúa el pago. Si no provee un EIN válido, ni la planilla ni el pago
serán tramitados. Esta acción puede resultar en multas. Vea
información sobre cómo solicitar un EIN.
La ley federal requiere que usted, como patrono, les retenga
ciertas contribuciones a los cheques de salario de sus empleados.
Cada vez que paga salarios, tiene que retener —es decir, descontar
de los cheques de salario de sus empleados— ciertas cantidades
-4-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
para pagar la contribución al Seguro Social y la contribución al
Medicare. También tiene que retener la Contribución Adicional al
Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un
empleado en un año natural. De acuerdo con el sistema de la
retención de contribuciones, estas mismas que se les retienen a sus
empleados se acreditarán en sus cuentas del Seguro Social para
pagar sus obligaciones contributivas correspondientes.
formulario. Por lo general, el IRS no le preguntará sobre planillas
que no han sido radicadas si por lo menos una planilla en la cual se
indica una obligación contributiva es radicada cada año. No
obstante, tiene que marcar el recuadro en la línea 18 en cada
planilla trimestral que radique. De otra manera, el IRS anticipará que
radicará una planilla para cada trimestre.
Los patronos de empleados domésticos normalmente no
•
radican el Formulario 941-PR. Vea la Pub. 179, el Anexo H-PR
(Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de
Empleados Domésticos, sus instrucciones por separado y la Pub.
926, ésta última en inglés.
La ley federal también requiere que usted pague toda obligación
resultante de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
correspondientes al patrono. No se les retiene esta parte de las
contribuciones al Seguro Social ni de la contribución al Medicare a
los empleados.
Los patronos de empleados agrícolas no radican el Formulario
•
941-PR por los salarios pagados por trabajo agrícola. Vea el
Formulario 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la
Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas, la Pub.
179 y la Pub. 51, ésta última en inglés.
¿Quién Tiene que Radicar el
Formulario 941-PR?
Por lo general, tiene que radicar una planilla para el primer trimestre
en el cual usted paga salarios sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare, y para cada trimestre de ahí en adelante hasta
que usted radique una planilla final. Use el Formulario 941-PR si el
lugar principal donde desempeña sus actividades comerciales está
en Puerto Rico o si tiene empleados que están sujetos a la retención
de la contribución sobre los ingresos de Puerto Rico.
Si ninguna de estas excepciones le aplica y no ha radicado
CONSEJO
una planilla final, usted tiene que radicar el Formulario
941-PR cada trimestre aunque no haya pagado salarios
durante el trimestre. Si es posible, use la radicación electrónica
(e-file) del IRS.
Solicitud para Radicar los Formularios 941-PR
en Lugar del Formulario 944(SP) o Solicitud
para Radicar el Formulario 944(SP) en Lugar de
los Formularios 941-PR
Use el Formulario 941-PR para declarar las siguientes
cantidades:
Salarios que ha pagado sujetos a las contribuciones al Seguro
•
Social y al Medicare.
Propinas que sus empleados han recibido sujetas a las
Solicitud para radicar los Formularios 941-PR en lugar del For-
mulario 944(SP). Los patronos a quienes normalmente se les
requiere radicar el Formulario 944(SP) que deseen radicar el
Formulario 941-PR en su lugar, pueden contactar al IRS para
solicitar radicar los Formularios 941-PR trimestrales en lugar de
radicar el Formulario 944(SP) anualmente. Para solicitar la
radicación de los Formularios 941-PR trimestrales para declarar sus
contribuciones al Seguro Social y al Medicare para el año natural
2023, tiene que llamar al IRS al 800-829-4933 entre el 1 de enero de
2023 y el 3 de abril de 2023 o enviar una solicitud por escrito con
fecha de matasellos del correo entre el 1 de enero de 2023 y el 15
de marzo de 2023. Después de comunicarse con el IRS, el IRS le
enviará una notificación por escrito de que su requisito de
radicación ha cambiado a los Formularios 941-PR. Usted tiene que
recibir una notificación por escrito del IRS antes de radicar los
Formularios 941-PR en lugar del Formulario 944(SP). Si no recibe
dicha notificación, usted tiene que radicar el Formulario 944(SP)
para el año natural 2023.
•
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Las partes correspondientes al patrono y al empleado de las
•
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Contribución Adicional al Medicare retenida de los empleados.
•
•
Ajustes hechos en el trimestre en curso a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare por fracciones de centavos, pagos por
enfermedad, propinas y seguro de vida colectivo a término fijo.
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
•
calificados por aumentar las actividades investigativas.
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia
•
familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre
de 2021.
No use el Formulario 941-PR si tiene tanto a empleados que
están sujetos a la retención de la contribución federal sobre los
ingresos de los Estados Unidos como a empleados que no están
sujetos a la retención de la contribución federal sobre los ingresos
de los Estados Unidos. En su lugar, tiene que radicar sólo el
Formulario 941 (o Formulario 944(SP)) e incluir todos los salarios de
sus empleados en ese formulario. Tampoco use el Formulario
941-PR para declarar las contribuciones de desempleo. Use el
Formulario 940-PR, Planilla para la Declaración Federal Anual del
Patrono de la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA), para
declarar las contribuciones de desempleo.
Solicitud para radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los
Formularios 941-PR. Si tiene que radicar los Formularios 941-PR
pero cree que sus contribuciones sobre la nómina para el año
natural 2023 serán de $1,000 o menos, puede hacer una solicitud
para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los
Formularios 941-PR. Puede solicitar por teléfono llamando al IRS al
800-829-4933 entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de abril de 2023 o
enviando su solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo
entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de marzo de 2023. Después de
comunicarse con el IRS, el IRS le enviará una notificación por
escrito de que su requisito de radicación ha cambiado al Formulario
944(SP). Usted tiene que recibir una notificación por escrito del IRS
antes de radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los Formularios
941-PR. Si no recibe dicha notificación, usted tiene que radicar los
Formularios 941-PR para el año natural 2023.
Después de que radique su primer Formulario 941-PR, tiene que
radicar una planilla cada trimestre aunque no haya tenido ninguna
obligación contributiva que declarar, a no ser que radique una
planilla final o le corresponda una de las Excepciones a
continuación.
Excepciones
Adónde enviar sus solicitudes por escrito. Las solicitudes por
Reglas especiales le corresponden a ciertos patronos:
escrito tienen que ser enviadas a:
Si recibió una notificación que le informa que tiene que radicar el
•
Formulario 944(SP), Declaración ANUAL del Impuesto del Patrono
o Empleador, tiene que radicar el Formulario 944(SP) anualmente;
no radique el Formulario 941-PR trimestralmente.
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0038
Los patronos estacionales no tienen que radicar el Formulario
•
941-PR para los trimestres durante los cuales no han tenido una
obligación contributiva debido a que no han pagado salarios. Para
notificarle al IRS que no va a radicar una planilla por uno o más
trimestres del año, marque el recuadro que aparece en la línea 18
del Formulario 941-PR en cada trimestre que radica dicho
Para más información acerca de estos procedimientos, vea el
Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2009-51), en inglés. Puede ver dicho procedimiento en
-5-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
la página 625 del Internal Revenue Bulletin 2009-45 (Boletín de
Rentas Internas 2009-45), en ingles, disponible en IRS.gov/irb/
Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en
inglés). Puede encontrar el Rev. Proc. 2004-53 en la página 320 del
Internal Revenue Bulletin 2004-34 (Boletín de Rentas Internas
¿Qué Pasará si Reorganiza o Cierra su
Negocio?
Si Vende o Transfiere su Negocio...
¿Cuándo Tiene que Radicar la
Planilla?
Radique el Formulario 941-PR inicial para cada trimestre en el cual
usted pagó por primera vez salarios sujetos a las contribuciones al
Radicar el Formulario 941-PR, más adelante.
Si vende o transfiere su negocio durante el trimestre, tanto usted
como el nuevo dueño tienen, cada uno, que radicar un Formulario
941-PR para el trimestre en el cual se efectuó la transferencia.
Declare únicamente los salarios que usted mismo pagó.
Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que continúa
en vigor tiene que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en
el cual ocurrió la fusión y la otra empresa tiene que radicar una
planilla final.
Luego tendrá que radicar para cada trimestre que le
sigue —cada 3 meses— aun si no tiene contribuciones que
declarar, a menos que usted sea un patrono estacional o si radica
Cuando la clasificación de un negocio cambia a otra— tal como
un negocio de un sólo dueño que se convierte en una sociedad
colectiva (partnership) o en una corporación —se considera este
tipo de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia,
quizás tenga que obtener un número de identificación patronal (EIN,
por sus siglas en inglés) nuevo. Vea la Pub.1635, en inglés, y el
apartado 3 de la Pub. 179 para más detalles.
Radique el Formulario 941-PR sólo una vez por cada trimestre.
Si radica por medios electrónicos, no radique un Formulario 941-PR
en papel. Para más información sobre la radicación del Formulario
941-PR por medios electrónicos, vea Radicación y pago por medios
electrónicos, anteriormente.
Cuándo Tiene que Radicar el Formulario 941-PR
Asegúrese de adjuntar una declaración que incluya lo siguiente:
El nombre del nuevo dueño (o el nombre nuevo de la empresa);
Si la empresa actualmente es un negocio propio, sociedad
•
•
El plazo para radicar su Formulario 941-PR vence el último día del mes que le
sigue al final del trimestre.
colectiva (partnership) o corporación (sociedad anónima);
El Formulario
941-PR vence
el. . .
La clase de cambio que se efectuó (venta o transferencia);
La fecha en la cual se efectuó el cambio; y
•
•
•
El trimestre
termina el. . .
El trimestre incluye los meses de. . .
El nombre del individuo que lleva los archivos de la nómina y la
dirección donde se guardarán tales archivos.
1. enero, febrero, marzo
2. abril, mayo, junio
31 de marzo
30 de junio
30 de abril
31 de julio
Si Cierra su Negocio...
3. julio, agosto, septiembre
4. octubre, noviembre, diciembre
30 de septiembre 31 de octubre
31 de diciembre 31 de enero
Si cierra su negocio o deja de pagar salarios a sus empleados, tiene
que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que la planilla
para cierto trimestre va a ser su planilla final, marque el recuadro en
la línea 17 y anote la última fecha en la cual pagó salarios. Además,
adjunte una declaración a su planilla final que indique el nombre del
individuo que conservará los archivos de la nómina y la dirección
del lugar en donde se guardarán dichos archivos. También vea
Planilla final, más adelante.
Por ejemplo, normalmente tiene que declarar los salarios que
paga durante el 1er trimestre —que abarca los meses de enero
hasta marzo— a más tardar para el 30 de abril. Si hace depósitos a
su debido tiempo y paga las contribuciones trimestrales en su
totalidad, puede radicar para el 10o día del 2o mes siguiente al final
del trimestre. Por ejemplo, si usted hizo depósitos a su debido
tiempo en su totalidad durante el 1er trimestre, puede radicar el
Formulario 941-PR el 10 de mayo.
Si participó en una fusión estatutaria o consolidación, o califica
para la clasificación de predecesor-sucesor debido a una
adquisición, deberá por lo general, radicar el Anexo D (Formulario
941), Report of Discrepancies Caused by Acquisitions, Statutory
Mergers, or Consolidations (Informe de discrepancias causadas por
adquisiciones, fusiones o consolidaciones), en inglés. Vea las
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941) a fin de determinar
si debe radicar el Anexo D (Formulario 941) y cuándo debe
radicarlo.
Si recibimos el Formulario 941-PR después de la fecha de
vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el
sobre que contiene el Formulario 941-PR está debidamente
rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio
Postal de los EE. UU. está fechado a más tardar en la fecha de
vencimiento, o si se envió por medio de un servicio de entrega
privado (PDS, por sus siglas en inglés) aprobado por el IRS a más
tardar en la fecha de vencimiento. Si no sigue estas pautas,
generalmente consideramos que el Formulario 941-PR fue radicado
en la fecha en que de hecho se recibió. Para más información sobre
Planilla Final
Si cierra su negocio o si deja de pagar salarios a sus empleados,
tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que el
Formulario 941-PR para un trimestre particular es su planilla final,
marque el recuadro en la línea 17 y anote la última fecha en que
pagó salarios. También adjunte una declaración a su planilla final
que indique el nombre de la persona que se quedará con los
archivos o récords correspondientes a la nómina y la dirección en
donde permanecerán. Comuníquese con el Departamento de
Hacienda de Puerto Rico para obtener información sobre cuándo
debe entregarles a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR
que corresponda al año natural en que ocurrió el cierre. También
debe comunicarse con la Administración del Seguro Social (SSA,
por sus siglas en inglés) para saber la fecha límite para radicar ante
la SSA sus Formularios 499R-2/W-2PR finales. Si tiene empleados
que son contratados inmediatamente por el patrono sucesor, vea el
Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un
sábado, domingo o día feriado oficial, podrá radicar su planilla el
próximo día laborable.
¿Cómo Deberá Completar el
Formulario 941-PR?
Escriba a mano, a maquinilla o por medio de su computadora su
EIN, nombre y dirección en los espacios provistos. También anote
su nombre y su EIN en la parte superior de las páginas 2 y 3. No use
su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) ni su
número de identificación personal del contribuyente del IRS (ITIN,
por sus siglas en inglés). Por lo general, anotará el nombre legal de
-6-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
su negocio que usó al solicitar su EIN. Por ejemplo, si es dueño
único de su negocio, anotará “Roberto Herrera” en la línea que dice
“Nombre (el nombre legal del negocio, no el nombre comercial)” y
“Bicicletas Roberto” donde dice “Nombre comercial”. Deje en blanco
la línea “Nombre comercial” si este nombre es igual al “Nombre”
legal del negocio.
(Formulario 941-PR), Registro de la Obligación Contributiva para los
Depositantes de Itinerario Bisemanal, que usted adjunte y, si
corresponde, en el Anexo R (Formulario 941), en inglés.
Cómo Completar y Radicar el Formulario
941-PR
Anote las partidas en el Formulario 941-PR tal como se indica a
continuación para evitar problemas con su tramitación:
Si utiliza un preparador remunerado para completar el
Formulario 941-PR, asegúrese de que el preparador utilice el
nombre legal del negocio tal como se escribió cuando solicitó su
EIN.
Use letra de imprenta de fuente Courier de 10 puntos (si es
•
posible) para cada anotación que escriba a maquinilla o con
computadora para completar su formulario. Los formularios en
formato de documento portátil (PDF, por sus siglas en inglés) en
IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes
aceptables.
Número de identificación patronal (EIN). Para asegurar que los
negocios cumplan con las leyes federales de la contribución, el IRS
se ocupa de controlar los pagos de contribución mediante el uso de
un sistema de números para identificar a los contribuyentes. El
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es
un número especial y singular que consta de nueve dígitos que el
IRS les expide a todas las corporaciones y sociedades colectivas,
así como a algunos negocios de un sólo dueño. Todo negocio que
tenga que obtener un EIN tiene que solicitar este número y anotarlo
en toda planilla, pago o informe de contribución mientras esté en
operación.
Su negocio debe tener solamente un EIN. Si tiene más de un
número y no está seguro del número que debe usar, escriba a la
oficina del IRS donde suele radicar sus planillas de contribución (la
dirección que usa cuando envía planillas “Sin un pago”, indicada
IRS al 800-829-4933.
Omita el signo de dólares y puntos decimales. El uso de comas
•
es opcional. Anote las cantidades en dólares de la línea vertical
divisoria a la izquierda y los centavos a la derecha de la línea
vertical. No redondee las cantidades a números enteros. Siempre
anote la cantidad para los centavos, aun cuando éstos sean ceros.
Deje en blanco (menos las líneas 1 y 12) todo espacio para
•
anotar datos que tengan un valor de cero.
Use el signo de menos al anotar cantidades negativas (si es
•
posible). De otra manera, use paréntesis.
Anote su nombre y su EIN en todas las páginas.
•
•
Anote su nombre, EIN, “Formulario 941-PR” y el período
contributivo y trimestre en todos los documentos.
Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la
•
planilla al radicarla.
Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en línea accediendo
EIN enviando el Formulario SS-4PR, Solicitud de Número de
Identificación Patronal (EIN), al IRS por fax o por correo. Si usted no
ha recibido su EIN antes de la fecha de vencimiento del Formulario
941-PR, escriba “Applied For” (Solicitado) y la fecha en que solicitó
el EIN en el espacio correspondiente.
Complete las tres páginas. Tiene que completar las tres páginas
del Formulario 941-PR y firmar la tercera página. Si no lo hace,
podrá causar demoras en la tramitación de su planilla.
Conciliación de los Formularios 941-PR con el
Formulario W-3PR
El IRS concilia las cantidades declaradas en sus cuatro Formularios
941-PR trimestrales con las cantidades declaradas en los
Formularios 499R-2/W-2PR y cuya suma total se incluye en su
Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención. Si las
cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la SSA se
comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las
siguientes:
Si usted radica su planilla de contribución electrónicamente,
un EIN válido se requiere en el momento de radicar su
!
´
PRECAUCION
planilla. Si no provee un EIN válido, la planilla no será
tramitada. Esto puede resultar en multas.
Asegúrese siempre de que el EIN que aparezca en el
CONSEJO
formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el
IRS le asignó a su negocio. No use SSN, por sus siglas en
Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.
Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.
Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.
•
•
•
inglés, ni su ITIN en ningún formulario que pida un EIN. Si usa un
EIN (incluyendo un EIN de un dueño anterior) en el Formulario
941-PR que es diferente del EIN declarado en el Formulario W-3PR,
vea el Recuadro f: Otro número de identificación patronal
usado este año en las Instrucciones para el Formulario W-3PR. La
radicación de un Formulario 941-PR con un EIN incorrecto o el uso
de un EIN que pertenece a otro negocio puede resultar en multas y
demoras en la tramitación de su planilla.
Use el Anexo D (Formulario 941), en inglés, para explicar ciertas
diferencias o discrepancias relacionadas con los salarios,
contribuciones y pagos entre los Formularios 941-PR, Formularios
499R-2/W-2PR y los Formularios 499R-2c/W-2cPR, Corrección al
Comprobante de Retención, debidas a adquisiciones, fusiones o
consolidaciones estatutarias. Para más información, vea las
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941), en inglés.
Si cambia el nombre legal de su negocio, la dirección de su
negocio o la parte responsable.... Notifíquele al IRS
inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la
dirección de su negocio o la parte responsable.
¿Adónde Deberá Enviar la Planilla?
Le exortamos a radicar el Formulario 941-PR electrónicamente.
información sobre cómo radicar por medios electrónicos, en inglés.
Si usted radica una planilla en papel, la dirección a la cual enviará
su planilla depende de si se incluye o no un pago al radicar su
Formulario 941-PR. Envíe por correo su planilla a la dirección que
aparece para su localización en la tabla a continuación.
Escriba a la oficina del IRS donde usted radica sus planillas
•
(utilizando la dirección “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde
sobre todo cambio en el nombre legal de su negocio. Vea la Pub.
1635, en inglés, para saber si necesita solicitar un EIN nuevo.
Complete y envíe por correo el Formulario 8822-B, en inglés,
•
para notificarle al IRS sobre un cambio en la dirección de su
negocio o en la parte responsable. No envíe el Formulario 8822-B
junto con su Formulario 941-PR. Si desea ver la definición de “parte
responsable”, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4PR.
Los PDS no pueden entregar correspondencia a los apartados
postales. Tiene que usar el Servicio Postal de los EE. UU. si envía
correspondencia a una dirección que contiene un apartado postal.
PDS. Para la dirección postal a utilizar si está usando un PDS,
Marque el Recuadro para el Trimestre
Debajo de Informe para este trimestre de 2023 en la parte
superior del Formulario 941-PR, marque el recuadro apropiado del
trimestre para el cual radica esta planilla. Asegúrese de que el
trimestre en cuestión sea el mismo que aparece en todo Anexo B
-7-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
que se encuentra en la página 664 del Internal Revenue Bulletin
2020-17 (Boletín de Rentas Internas 2020-17), disponible en
(Aviso 2021-24) que se encuentra en la página 1122 del Internal
Revenue Bulletin 2021-18 (Boletín de Rentas Internas 2021-18),
información sobre cómo ajustar su obligación contributiva declarada
en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) para los créditos
no reembolsables.
Si está enviando el
Formulario 941-PR...
Sin un pago...
Con un pago...
Desde Puerto Rico...
Internal Revenue Service Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
P.O. Box 932100
Louisville, KY 40293-2100
Dirección especial para Department of the
Internal Revenue Service
P.O. Box 932100
la radicación por parte
de organizaciones
exentas; entidades
gubernamentales
federales, estatales y
locales; y entidades
gubernamentales de
tribus indígenas
Treasury
Internal Revenue Service Louisville, KY 40293-2100
Ogden, UT 84201-0005
¿Cuándo Tiene que Depositar sus
Contribuciones?
Determine si es Depositante de Itinerario Mensual
o Bisemanal para el Trimestre
estadounidenses, sin
tener en cuenta su
ubicación...
El IRS usa dos clases de reglas de depósito para determinar
cuándo los negocios tienen que depositar sus contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Esos itinerarios le informarán cuándo
debe hacer un depósito después de un día de pago.
Las direcciones adonde debe enviar la planilla pudieron
haber cambiado de las que utilizó para declarar las
contribuciones sobre la nómina en años anteriores. No
!
´
PRECAUCION
envíe el Formulario 941-PR ni ningún pago a la SSA.
Su itinerario de depósitos no se determina por la frecuencia en
que le paga a sus empleados. Su itinerario de depósitos depende
del total de la obligación contributiva que declaró en el Formulario
941-PR durante el período retroactivo de los 4 trimestres anteriores
(del 1 de julio del segundo año natural anterior (penúltimo año) al 30
de junio del año natural pasado). Vea el apartado 11 de la Pub. 179
para más detalles. Si radicó el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022,
su período retroactivo es el año natural 2021.
Cómo Hacer los Depósitos de sus
Contribuciones
Usted tiene que depositar toda contribución
electrónicamente por transferencia electrónica de fondos
!
´
PRECAUCION
Antes del comienzo de cada año natural, tiene que determinar
cuál de los itinerarios de depósitos tiene que usar.
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones
•
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
mensual.
¿Tiene que Depositar sus Contribuciones?
Puede que tenga que depositar la contribución al Seguro Social y al
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones
•
Medicare correspondientes tanto al patrono como al empleado.
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
bisemanal.
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
•
ajustes y créditos no reembolsables (línea 12) es menos de
$2,500 para el trimestre en curso o el trimestre anterior y
usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el
próximo día durante el trimestre en curso. No tiene que hacer
un depósito. Para evitar una multa, tiene que pagar cualquier
cantidad adeudada en su totalidad con una planilla radicada a su
debido tiempo o tiene que depositar cualquier cantidad que adeuda
para la fecha de vencimiento de la planilla. Para más información
sobre cómo pagar junto con una planilla radicada a tiempo, vea las
obligación total por pagar para el trimestre en curso será menos de
$2,500 (y su obligación para el trimestre anterior no fue menos de
$2,500), haga los depósitos según las reglas del itinerario mensual
o bisemanal para evitar multas por no depositar (FTD, por sus siglas
en inglés).
Si usted es depositante de itinerario mensual y acumula
$100,000 o más por concepto de contribuciones en
!
´
PRECAUCION
cualquier día durante el período de depósito, entonces se
convierte en depositante de itinerario bisemanal en el próximo día y
al menos por el resto del año natural y el año siguiente. Vea la
Regla de depositar $100,000 el próximo día en el apartado 11
de la Pub. 179 para más información. El límite superior de la
obligación contributiva de $100,000 que requiere un depósito al día
siguiente se determina antes de considerar cualquier reducción de
su obligación por créditos no reembolsables. Para más información,
incluyendo un ejemplo, vea la pregunta frecuente número 17 en
IRS.gov/ETD, en inglés.
¿Qué Hay que Saber acerca de las
Multas e Intereses?
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
•
ajustes y créditos no reembolsables (línea 12) es $2,500 o
más para el trimestre en curso y el trimestre anterior. Tiene
que hacer depósitos conforme a su itinerario de depósitos. Vea el
apartado 11 de la Pub. 179 para la información sobre los pagos
efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los depósitos y
las reglas sobre los depósitos de la contribución federal.
Cómo Evitar el Pago de Multas e Intereses
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado
a continuación:
Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacer, a
•
menos que cumpla con los requisitos discutidos en el Notice
información está disponible en inglés.
Cómo reducir sus depósitos por el crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados. Los patronos
elegibles para reclamar el crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del
1 de octubre 2021 pueden reducir sus depósitos por la cantidad de
su crédito anticipado. Los patronos no estarán sujetos a una multa
FTD por reducir sus depósitos si se cumplen ciertos requisitos. Vea
más información sobre estos créditos. Para más información sobre
la reducción de depósitos, vea el Notice 2020-22 (Aviso 2020‐22)
Radica a su debido tiempo su Formulario 941-PR debidamente
•
completado.
Declara correctamente su obligación contributiva.
•
•
•
Entrega cheques válidos para el pago de las contribuciones.
Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus
empleados.
Radica el Formulario W-3PR junto con los Formularios
•
499R-2/W-2PR ante la SSA a su debido tiempo y sin errores.
-8-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas
fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una
tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub.
179 para más detalles.
patrono tiene un empleado en Puerto Rico que es ciudadano de los
Estados Unidos y de cuyos salarios no se exige la retención de la
contribución sobre los ingresos de acuerdo con la ley de Puerto
Rico, y si tal empleado no piensa adquirir residencia bona fide en
Puerto Rico por todo el año natural, dicho patrono está obligado a
retener la contribución federal sobre los ingresos de los salarios
pagados a este empleado. En casos como éste, el patrono debe
consultar con la oficina del IRS en Guaynabo.
Use el Formulario 843, en inglés, para solicitar una reducción en
los intereses o multas que le han sido tasados. No solicite la
reducción de multas o intereses en los Formularios 941-PR o 941-X
(PR).
Use el Formulario 941, en inglés, en lugar del Formulario 941-PR
si tiene que retener la contribución federal sobre los ingresos de los
salarios pagados a sus empleados. Puede obtener los formularios
necesarios y las instrucciones pertinentes en la oficina en
Forms. La información está disponible en inglés.
Si recibe una notificación de multas después de que haya
radicado esta planilla, responda a la notificación con una
explicación y determinaremos si cumple el criterio de lo que se
considera ser causas razonables. No adjunte dicha explicación
cuando radique su planilla.
Si las contribuciones al Seguro Social y al Medicare que se
tienen que retener (es decir, las contribuciones del fondo
!
´
PRECAUCION
fiduciario) no se retienen o no se depositan o no se pagan al
Instrucciones Específicas:
Parte 1: Conteste las Preguntas a
Continuación para este Trimestre
United States Treasury (Tesoro de los Estados Unidos), se le podría
imponer una multa por recuperación del fondo fiduciario. La multa
es del 100% de la contribución al fondo fiduciario adeudada. Si
estas contribuciones no pagadas no se le pueden cobrar
inmediatamente al patrono o al negocio, la multa por recuperación
del fondo fiduciario puede ser impuesta a todas las personas que el
IRS determine que son responsables del cobro, de la contabilidad o
del pago por estas contribuciones y que intencionalmente no lo
hacen. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más información. La
multa por recuperación del fondo fiduciario no aplicará a ninguna
cantidad de las contribuciones al fondo fiduciario que un patrono
retenga en anticipación de cualquiera de los créditos al que tenga
derecho.
1. Número de Empleados que Recibieron
Salarios, Propinas u Otras Remuneraciones
Anote el número de empleados en su nómina a los cuales les pagó
remuneraciones durante el período de pago que incluya el 12 de
marzo, el 12 de junio, el 12 de septiembre o el 12 de diciembre del
trimestre indicado en la parte superior del Formulario 941-PR. No
incluya a:
Empleados domésticos,
•
•
•
•
•
Empleados no remunerados durante el período de pago,
Empleados agrícolas,
Ajuste a la Contribución sobre las
Propinas
Pensionistas o
Miembros activos de las Fuerzas Armadas de los Estados
Si, para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió la
declaración de propinas del empleado, no tiene suficientes fondos
del empleado para retener la parte correspondiente al empleado de
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, entonces ya no
tendrá que recaudarlas. Declare la cantidad de las propinas en su
totalidad en la línea 5b (Propinas sujetas a la contribución al
Seguro Social), en la línea 5c (Salarios y propinas sujetos a la
contribución al Medicare) y, si cumple con la cantidad del límite
superior, en la línea 5d (Salarios y propinas sujetos a la
retención de la Contribución Adicional al Medicare). Incluya en
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare.
Unidos.
Para propósitos de estas instrucciones, todas las
referencias hechas a “compensación por enfermedad”
significan compensación normal por enfermedad, no
CONSEJO
“salarios de licencia por enfermedad calificados” que se declaran en
la línea 5a(i) por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2020 y antes del 1 de abril de 2021, o declarada en la línea 5a por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021.
4. Si No Hay Salarios, Propinas ni Otras
Remuneraciones Sujetos a las Contribuciones
al Seguro Social y al Medicare
¿Dónde Puede Obtener Formularios?
Vea la Pub. 179 para obtener información sobre cómo pedir
formularios del IRS por teléfono, por correo o por Internet. También
puede obtener algunos de los formularios del IRS en la dirección
indicada a continuación:
Si no hay salarios, propinas ni otras remuneraciones sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare, marque el recuadro
en la línea 4. Si esta pregunta no le corresponde, deje en blanco el
recuadro. Para más información sobre los salarios exentos de la
contribución, vea el apartado 15 de la Pub. 179. Para excepciones
religiosas, vea el apartado 4 de la Pub. 15-A, en inglés.
Internal Revenue Service
City View Plaza II Bldg.
48 Carr. 165 km. 1.2
Si es patrono gubernamental, los salarios que paga no
están exentos automáticamente de las contribuciones al
!
´
PRECAUCION
Seguro Social y al Medicare. Sus empleados podrían estar
Guaynabo, PR 00968-8000
amparados por la ley o por un acuerdo voluntario con la SSA
conforme a la sección 218. Para más información, vea la Pub. 963,
Federal-State Reference Guide (Guía de consulta federal y estatal),
en inglés.
Retención de la Contribución Federal
sobre los Ingresos
En el caso de un empleado que es ciudadano de los Estados
Unidos y que trabaja para un patrono que no sea el gobierno de los
Estados Unidos o alguna de sus agencias, no hay que retener la
contribución federal sobre los ingresos de los salarios pagados a
dicho empleado si el patrono está obligado a retener la contribución
sobre los ingresos de Puerto Rico en conformidad con sus leyes o
cuando es razonable creer que tal empleado será, durante todo el
año natural, residente bona fide de Puerto Rico. No obstante, si un
5a a 5e. Salarios y Propinas Sujetos a las
Contribuciones al Seguro Social y al Medicare
Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los
salarios de licencia familiar calificados pagados este
!
´
PRECAUCION
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de
marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se declaran en las
líneas 5a(i) y 5a(ii), respectivamente. Los salarios de licencia por
-9-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 se declaran
en la línea 5a.
línea 5a (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.124
línea 5a (columna 2)
5a. Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social. Anote
el total de los salarios, incluyendo los salarios de licencia por
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados
pagados en este trimestre de 2023 por la licencia tomada después
del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,
compensación por enfermedad y beneficios marginales sujetos a la
contribución al Seguro Social que le pagó a sus empleados durante
el trimestre. No incluya los salarios de licencia por enfermedad
calificados pagados en este trimestre de 2023 y declarados en la
línea 5a(i) ni los salarios de licencia familiar calificados pagados en
este trimestre de 2023 y declarados en la línea 5a(ii) por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021. Para este propósito, la compensación por enfermedad incluye
los pagos hechos a sus empleados por una compañía de seguros y
por los cuales usted fue notificado oportunamente por dicha
compañía de seguros. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, en inglés,
para más información sobre la declaración de compensación por
sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario
941-PR para la compensación por enfermedad.
EPSLA. Los patronos con menos de 500 empleados y, por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin tener en
cuenta el número de empleados (a excepción del gobierno federal y
sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en
la sección 501(c)(1)) tienen derecho a un crédito si éstos proveen
licencia por enfermedad pagada a los empleados que de otra
manera cumple con los requisitos de la EPSLA. Conforme a la
EPSLA, según enmendada para propósitos de la Ley ARP, los
salarios se consideran salarios de licencia por enfermedad
calificados si son pagados a empleados que no pueden trabajar o
teletrabajar antes del 1 de octubre de 2021 porque el empleado:
1. Está sujeto a una orden de cuarentena o aislamiento federal,
estatal o local relacionada con el COVID-19;
2. Ha sido aconsejado por un proveedor de cuidado de salud
que se ponga en cuarentena por preocupaciones relacionadas con
el COVID-19;
3. Está experimentando síntomas de COVID-19 y está
solicitando un diagnóstico médico o, por la licencia tomada después
del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, está
buscando o esperando los resultados de una prueba de diagnóstico
o un diagnóstico médico de COVID-19 (y el empleado ha estado
expuesto a COVID-19 o el patrono del empleado ha solicitado dicha
prueba o diagnóstico), o el empleado está obteniendo
Anote la cantidad antes de descontar las deducciones de
nómina. No incluya propinas en esta línea. Para más información
sobre los tipos de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro
Social, vea el apartado 5 de la Pub. 179.
La tasa para 2023 de la contribución al Seguro Social sobre los
salarios sujetos a contribución, excepto para salarios de licencia por
enfermedad calificados y salarios de licencia familiar calificados
pagados en 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo
de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, es 6.2% (0.062)
inmunizaciones relacionadas con el COVID-19 o recuperándose de
una lesión, discapacidad, enfermedad o condición relacionada con
dicha inmunización.
4. Está cuidando a una persona sujeta a una orden descrita en
el punto (1) o quien ha sido aconsejado como se describe en el
punto (2);
5. Está cuidando a un hijo o a una hija debido a que la escuela
o lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado o los cuidados
infantiles para ese hijo no están disponibles debido a las
precauciones del COVID-19; o
6. Está experimentando otras condiciones sustancialmente
similares a las especificadas por el Departamento de Salud y
Servicios Humanos de los Estados Unidos que, por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre
de 2021, incluye acompañar a una persona a obtener una
inmunización relacionada con el COVID-19, o para cuidar a una
persona que se está recuperando de cualquier lesión, discapacidad,
enfermedad o condición relacionada con la inmunización.
correspondiente tanto al patrono como al empleado, o sea, 12.4%
(0.124) para ambos. Deje de pagar la contribución al Seguro Social
sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del
empleado en la línea 5a cuando los salarios sujetos a la
contribución, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad
calificados pagados en 2023 que son declarados en la línea 5a(i),
los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 que son
declarados en la línea 5a(ii) y las propinas del empleado alcancen
$160,200 para el año. Sin embargo, siga reteniéndole la
contribución al Medicare para todo el año sobre todos los salarios,
incluyendo salarios de licencia por enfermedad calificados pagados
en 2023, salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 y
propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la
contribución al Seguro Social de $160,200.
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar son
salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare,
determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definición
de empleo conforme a la sección 3121(b)(1) a (22), que un patrono
paga y que, por lo demás, cumplen con los requisitos de la
Emergency Paid Sick Leave Act (Ley de Licencia Pagada de
Emergencia por Enfermedad o EPSLA, por sus siglas en inglés) o la
Emergency Family and Medical Leave Expansion Act (Expanded
FMLA) (Ley de Emergencia de Expansión de la Licencia Familiar y
por Enfermedad o FMLA Expandida, como se le conoce en inglés),
según promulgados conforme a la FFCRA y enmendados para
propósitos de la Ley ARP. Sin embargo, no incluya ningún salario
excluido de otra manera conforme a la sección 3121(b) cuando
declare los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de
licencia familiar calificados en las líneas 5a, 5a(i), 5a(ii), 5c y, si
sobre el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y
licencia familiar calificados por la licencia tomada después del 31 de
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Hijo o hija. Un hijo o una hija tiene que haber sido menor de 18
años de edad o incapaz de cuidarse a sí mismo debido a una
discapacidad mental o física. Un hijo o una hija incluye un hijo
biológico, un hijo adoptivo, un hijastro, un hijo de crianza, una
persona bajo tutela legal o un hijo para quien el empleado asume el
estado parental y cumple con las obligaciones de un padre.
Límites sobre salarios de licencia por enfermedad
calificados. La EPSLA, según enmendada para propósitos de la
Ley ARP, provee diferentes limitaciones para diferentes
circunstancias bajo las cuales se pagan salarios de licencia por
enfermedad calificados. Para la licencia por enfermedad pagada
que califica bajo los puntos (1), (2) o (3) mencionados
anteriormente, la cantidad de salarios de licencia por enfermedad
calificados se determina por la tasa regular de pago del empleado,
pero el salario no puede exceder de $511 por cualquier día (o parte
de un día) por el cual el individuo recibe paga de licencia por
enfermedad. Para la licencia por enfermedad pagada que califique
bajo los puntos (4), (5) o (6), mencionados anteriormente, la
cantidad de los salarios de licencia por enfermedad calificados se
determina a dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del
empleado, pero el salario no puede exceder de $200 por cualquier
día (o parte de un día) por el cual el individuo recibe paga de
licencia por enfermedad. La EPSLA también limita a cada individuo
-10-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
a un máximo de hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada
en total por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y
antes del 1 de abril de 2021. La Ley ARP restablece este límite a 80
horas de licencia por enfermedad pagada por licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Por lo tanto, por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2020 y antes del 1 de abril de 2021, la cantidad máxima de salarios
de licencia por enfermedad pagada no puede exceder de $5,110
para un empleado por la licencia bajo los puntos (1), (2) o (3), y no
puede exceder de $2,000 para un empleado por la licencia bajo los
puntos (4), (5) o (6). Estas cantidades máximas también se
restablecen y se aplican a la licencia tomada después del 31 de
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no
están sujetos a la parte correspondiente al patrono de las
contribuciones al Seguro Social; por lo tanto, la tasa de contribución
sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar la contribución
al Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de
declarar los salarios del empleado en la línea 5a(i) cuando los
salarios sujetos a la contribución, incluyendo los salarios declarados
en la línea 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados
declarados en la línea 5a(i), los salarios de licencia familiar
calificados declarados en la línea 5a(ii) y las propinas alcancen
declaración de las contribuciones al Medicare en los salarios de
licencia por enfermedad calificados, incluyendo la porción por
encima de la base salarial del Seguro Social.
Para más información sobre los salarios de licencia por
FMLA Expandida. Los patronos con menos de 500 empleados
y, por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes
del 1 de octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin
tener en cuenta el número de empleados (a excepción del gobierno
federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se
describen en la sección 501(c)(1)) tienen derecho a un crédito
conforme a la FFCRA, según enmendada para propósitos de la Ley
ARP, si éstos proveen licencia familiar pagada a empleados que de
otra manera cumple con los requisitos de la FMLA Expandida. Por
la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1
de abril de 2021, los salarios son salarios de licencia familiar
calificados si son pagados a un empleado que ha estado empleado
durante al menos 30 días naturales cuando un empleado no puede
trabajar o teletrabajar debido a la necesidad de cuidar a un hijo o
una hija menor de 18 años de edad o incapaz de cuidarse a sí
mismo debido a una discapacidad mental o física porque la escuela
o el lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado, o el proveedor
de cuidado infantil para ese hijo no está disponible, debido a una
más información. Por la licencia tomada después del 31 de marzo
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la licencia puede ser
concedida por cualquier razón provista conforme a la EPSLA, según
enmendada para propósitos de la Ley ARP.
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes
del 1 de abril de 2021, los primeros 10 días por los cuales un
empleado toma la licencia pueden no ser pagados. Durante este
período, los empleados pueden usar otras formas de licencia
pagada, como licencia por enfermedad calificada, licencia por
enfermedad acumulada, licencia anual u otro tiempo libre
remunerado. Después de que un empleado haya tomado licencia
por 10 días, el patrono tiene que proveer al empleado licencia
pagada (es decir, salarios de licencia familiar calificados) por hasta
10 semanas. Por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la regla de 10 días discutida
anteriormente no aplica y la licencia pagada puede ser provista por
hasta 12 semanas.
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por
enfermedad calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,
cumplen con los requisitos de la EPSLA, según promulgada
conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio Tributario
relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no incluya ningún
salario excluido de otra manera conforme a la sección 3121(b)
cuando declare los salarios de licencia por enfermedad calificados
en las líneas 5a(i), 5c y, si aplica, 5d. Vea las instrucciones para la
línea 11b para información sobre el crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021.
línea 5a(i) (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.062
línea 5a(i) (columna 2)
5a(ii). Salarios de licencia familiar calificados. Anote los
salarios de licencia familiar calificados tributables (sujetos a las
contribuciones al Seguro Social) que pagó este trimestre de 2023 a
sus empleados por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020
y antes del 1 de abril de 2021 no están sujetos a la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social;
por lo tanto, la tasa de contribución sobre estos salarios es 6.2%
(0.062). Deje de pagar la contribución al Seguro Social sobre los
salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del
empleado en la línea 5a(ii) cuando los salarios sujetos a la
contribución, incluyendo los salarios declarados en la línea 5a, los
salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la
línea 5a(i), los salarios de licencia familiar calificados declarados en
la línea 5a(ii) y las propinas, alcancen $160,200 para el año. Vea
contribuciones al Medicare sobre los salarios de licencia familiar
calificados, incluyendo la porción por encima de la base salarial al
Seguro Social.
Para propósitos del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia familiar
calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,
cumplen con los requisitos de la FMLA Expandida, según
promulgada conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio
Tributario relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no
incluya ningún salario excluido de otra manera conforme a la
sección 3121(b) cuando declare los salarios de licencia familiar
calificados en las líneas 5a(ii), 5c y, si aplica, 5d. Vea las
los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del
1 de abril de 2021.
Tasa de pago y límite de salarios. La tasa de pago tiene que
ser al menos dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del
empleado (según lo determinado conforme a la Fair Labor
Standards Act of 1938 (Ley de Normas Justas de Trabajo de 1938))
multiplicada por el número de horas que el empleado de otra
manera habría sido programado para trabajar. Por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021, el total de los salarios de licencia familiar calificados no puede
exceder de $200 por día o $10,000 en el agregado por empleado.
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del
1 de octubre de 2021, el límite se restablece y el total de los salarios
calificados de licencia familiar calificados no puede exceder de
$200 por día o $12,000 en el agregado por empleado.
Para más información sobre los salarios de licencia familiar
5a(i). Salarios de licencia por enfermedad calificados. Anote
los salarios de licencia por enfermedad calificados tributables
(sujetos a las contribuciones al Seguro Social) que pagó este
trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada después
del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios
de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada
-11-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
línea 5a(ii) (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.062
línea 5a(ii) (columna 2)
línea 5c (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.029
línea 5c (columna 2)
Para más información sobre las propinas, vea los apartados 5, 6
información sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el
Formulario 941-PR para la compensación por enfermedad.
5b. Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social. Anote
el total de las propinas que sus empleados le hayan declarado
durante el trimestre hasta que el total de las propinas y los salarios
sujetos a contribuciones, incluyendo los salarios declarados en la
línea 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados
declarados en la línea 5a(i) y los salarios de licencia familiar
calificados declarados en la línea 5a(ii), para un empleado alcance
los $160,200 para el año. Incluya todas las propinas que sus
empleados le hayan declarado aun cuando no haya podido
retenerle la contribución correspondiente al empleado de 6.2%.
Reducirá su total de contribuciones por la cantidad de cualquier
parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas, discutido más
adelante. No incluya cargos por servicios en la línea 5b. Para más
detalles sobre la diferencia entre propinas y cargos por servicio, vea
el Revenue Ruling 2012-18 (Resolución Administrativa Contributiva
2012-18) que aparece en la página 1032 del Internal Revenue
Bulletin 2012-26 (Boletín de Rentas Internas 2016-26), disponible
Su empleado tiene que declararle las propinas en efectivo para
el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió dichas propinas.
Las propinas en efectivo incluyen propinas pagadas en efectivo,
cheque, tarjeta de débito y tarjeta de crédito. El informe debe incluir
propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las tarjetas de crédito y
débito) que usted le pagó a los empleados por pagos provenientes
de tarjetas de crédito de los clientes, propinas que el empleado
recibió directamente de los clientes y propinas que recibió de otros
empleados bajo cualquier acuerdo de propinas compartidas. Los
empleados que reciben propinas directamente e indirectamente
tienen que declararle las propinas a usted. No se requiere ningún
informe para meses en que las propinas sumen menos de $20. Los
empleados pueden usar el Formulario 4070-PR (disponible
solamente en la Pub. 1244-PR), o cualquier declaración por escrito
o informe electrónico de propinas recibidas.
5d. Salarios y propinas sujetos a la retención de la Contribu-
ción Adicional al Medicare. Anote el total de los salarios,
incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados
pagados este trimestre de 2023 y los salarios de licencia familiar
calificados pagados este trimestre de 2023; propinas, pagos por
enfermedad y beneficios marginales tributables que están sujetos a
la retención de la Contribución Adicional al Medicare. Se le requiere
comenzar la retención de la Contribución Adicional al Medicare en
el período de pago en el que le paga a un empleado un salario de
más de $200,000 y después continuar la retención en cada período
de pago hasta el final del año natural. La Contribución Adicional al
Medicare sólo se le impone al empleado. No hay parte de la
Contribución Adicional al Medicare que le corresponda al patrono.
Todos los salarios que están sujetos a la contribución al Medicare
están sujetos a la retención de la Contribución Adicional al Medicare
si éstos se pagan en exceso del límite de $200,000.
Para más información sobre qué salarios están sujetos a la
contribución al Medicare, vea la tabla titulada Reglas especiales
para varias clases de servicios y de pagos en el apartado 15 de
la Pub.179. Para más información sobre la Contribución Adicional al
es posible que necesite hacer en el Formulario 941-PR para la
compensación por enfermedad.
Cuando los salarios y propinas exceden el límite superior de la
retención de $200,000, tiene que incluir todas las propinas que sus
empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no
haya podido retenerles la parte de la contribución correspondiente a
los empleados de 0.9% (0.009).
línea 5d (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.009
No incluya las propinas asignadas en esta línea. En vez de
incluirlas aquí, declárelas en el Formulario 8027, en inglés. Las
propinas asignadas no se declaran en el Formulario 941-PR y no
están sujetas a la retención de las contribuciones al Seguro Social
ni al Medicare.
línea 5d (columna 2)
5e. Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Sume las cantidades de la columna 2 de las líneas 5a a 5d y anote
el resultado en la línea 5e.
línea 5b (columna 1)
xꢀꢀꢀꢀ0.124
5f. Notificación y Solicitud de Pago Conforme a
la Sección 3121(q): Contribución Adeudada por
Propinas no Declaradas
línea 5b (columna 2)
5c. Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.
Anote todos los salarios, incluyendo salarios de licencia por
enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 y los
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de
2023; propinas; compensación por enfermedad; y beneficios
marginales contributivos sujetos a la contribución al Medicare. A
diferencia de los salarios sujetos al Seguro Social, no hay límite
sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribución al Medicare.
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto
para la parte del patrono como la parte del empleado o 2.9% (0.029)
para ambos. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan
declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido
retenerles la parte de la contribución correspondiente a los
empleados del 1.45%.
Anote el saldo de contribución adeudado que aparece en su Section
3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago
conforme a la sección 3121(q)), en inglés, en la línea 5f. El IRS
emite esta notificación para informarle a un patrono de la cantidad
de propinas recibidas por empleados que no fueron declaradas o
que fueron declaradas de menos al patrono. El patrono no es
responsable de pagar la parte correspondiente al patrono de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las propinas no
declaradas hasta que el IRS le emita una notificación y solicitud de
pago conforme a la sección 3121(q) a dicho patrono. La
contribución adeudada pudo haber sido determinada calculando las
propinas declaradas al IRS en el Formulario 4137, Social Security
and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al
Seguro Social y al Medicare sobre el ingreso de propinas no
declaradas), en inglés, del empleado, u otras propinas que el IRS
determinó que no fueron declaradas al patrono después de una
revisión. Para información adicional, vea el Revenue Ruling 2012-18
(Resolución Administrativa Contributiva 2012-18).
-12-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Deposite la contribución dentro del período requerido que le
corresponde a su itinerario de depósitos para evitar cualquier multa.
La contribución se tratará como acumulada por el patrono en la
parte titulada Date of Notice and Demand (Fecha de notificación y
solicitud), en inglés, la cual está impresa en la notificación y solicitud
de pago conforme a la sección 3121(q). El patrono tiene que incluir
esta cantidad en la línea apropiada del formulario que corresponde
a la obligación contributiva federal (la Parte 2 del Formulario 941-PR
para un depositante de itinerario mensual o en el Anexo B del
Formulario 941-PR para un depositante de itinerario bisemanal).
declaración y/o el pago o el depósito de las contribuciones sobre la
nómina por compensación por enfermedad. Vea el apartado 6 de la
Pub. 15-A, en inglés, para más información sobre la declaración por
compensación por enfermedad.
9. Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida
colectivo a término fijo del trimestre en curso. Anote un ajuste
negativo por:
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
•
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas y
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
•
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las primas del
seguro de vida colectivo a término fijo pagadas para sus
exempleados.
6. Total de Contribuciones antes de los Ajustes
Sume el total de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
antes de tener en cuenta los ajustes (línea 5e) y toda contribución
adeudada de la notificación y solicitud de pago conforme a la
sección 3121(q) declarada en la línea 5f. Anote el resultado en la
línea 6.
Vea las Instrucciones Generales de los Formularios 499R-2/
W-2PR y W-3PR para más información sobre cómo declarar la parte
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare no recaudada en el Formulario 499R-2/W-2PR.
Ajustes de trimestres anteriores. Si necesita corregir un ajuste
declarado en un Formulario 941-PR radicado previamente,
complete y radique el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se utiliza para hacer ajustes o reclamar reembolsos y se
radica por separado del Formulario 941-PR. Vea el apartado 12 de
la Pub. 179.
7 a 9. Ajustes a la Contribución
Anote en las líneas 7 a 9 las cantidades de contribución que
resultaron por un ajuste del trimestre en curso. Use un signo de
menos (si es posible) para indicar un ajuste que reduzca las
contribuciones totales anotadas en la línea 6 en vez de usar
paréntesis. Esto mejora la veracidad de los programas de
computadoras (software) para escanear que utiliza el IRS. Por
ejemplo, anote “-10.59” en vez de “(10.59)”. Sin embargo, si su
programa de computadora sólo permite el uso de los paréntesis
para declarar cantidades negativas, puede usarlos.
10. Total de contribuciones después de los
ajustes
Combine las cantidades que aparecen en las líneas 6 a 9 y anote el
resultado en la línea 10.
Ajustes del trimestre en curso. En ciertos casos, tendrá que
ajustar las cantidades declaradas como contribuciones al Seguro
Social y al Medicare en la columna 2 de las líneas 5a a 5d para
poder determinar su obligación contributiva correcta en el
Formulario 941-PR para este trimestre. Vea el apartado 12 de la
Pub. 179.
7. Ajustes por fracciones de centavos del trimestre en
curso. Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al
redondeo de las cifras) que tienen que ver con la parte
11a. Crédito Contributivo sobre la Nómina de
Pequeños Negocios Calificados por Aumentar
las Actividades Investigativas
Anote la cantidad del crédito de la línea 12 del Formulario 8974 o, si
aplica, de la línea 17.
Si anota una cantidad en la línea 11a, tiene que adjuntar el
Formulario 8974, en inglés.
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare retenidas. La parte correspondiente al empleado de
las cantidades indicadas en la columna 2 de las líneas 5a a 5d
puede diferir un poco de las cantidades realmente retenidas de los
pagos de sus empleados debido al redondeo de las contribuciones
al Seguro Social y al Medicare que ocurrió al aplicar las tasas
estatutarias. Este ajuste puede ser un ajuste positivo o negativo.
8. Ajustes por compensación por enfermedad del trimestre
en curso. Si su tercero pagador de compensación por enfermedad
pagada que no es su agente (por ejemplo, una compañía de
seguros) le transfiere a usted la obligación por la parte
!
´
PRECAUCION
El Formulario 941-PR y estas instrucciones utilizan los
términos “no reembolsable” y “reembolsable” cuando se
discuten créditos. El término “no reembolsable” se refiere a
CONSEJO
la parte del crédito que está limitada por ley a la cantidad de ciertas
contribuciones. El término “reembolsable” se refiere a la parte del
crédito que excede esas contribuciones.
11b. Porción No Reembolsable del Crédito por
los Salarios de Licencia por Enfermedad y
Familiar Calificados por la Licencia Tomada
después del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1
de Abril de 2021
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y
las contribuciones al Medicare, anote un ajuste negativo en la línea
8 para la parte correspondiente al empleado de las contribuciones
al Seguro Social y al Medicare que fueron retenidas y depositadas
por su tercero pagador de compensación por enfermedad sobre
esta compensación. Si usted es el tercero pagador de
Complete la línea 11b sólo si los salarios de licencia por
compensación por enfermedad y transfirió la obligación por la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y
las contribuciones al Medicare al patrono, anote un ajuste negativo
en la línea 8 para cualquier parte correspondiente al patrono de
estas contribuciones que requieren ser pagadas por el patrono. La
compensación por enfermedad tiene que incluirse en la línea 5a y la
línea 5c y, si cumple el límite superior de la retención, en la línea 5d.
No se declara ningún ajuste en la línea 8 por compensación por
enfermedad que se paga a través de un tercero como agente del
patrono. El agente del patrono no asume ningún riesgo de seguro y
se le reembolsa en base al costo más los honorarios por el pago de
la compensación por enfermedad y cantidades similares. Si un
patrono utiliza un agente para pagar por la compensación por
enfermedad, el patrono declara los salarios en la línea 5a y la línea
5c y, si se cumple el límite superior de la retención, en la línea 5d, a
menos que el patrono tenga un acuerdo de agencia con el tercero
pagador que requiera que el tercero pagador haga el cobro, la
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar
!
´
PRECAUCION
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021.
Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500
empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme
salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del
1 de abril de 2021. Para propósitos de este crédito, los salarios de
licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar
calificados son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las
exclusiones de la definición de empleo conforme a las secciones
3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo demás,
cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida.
-13-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Anote la porción no reembolsable del crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados de la línea 2j del Paso
enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia
por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar
esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las
Tiene que incluir la cantidad total (tanto las porciones no
reembolsables como las reembolsables) del crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en
CONSEJO
su ingreso bruto para el año contributivo que incluye el último día de
cualquier trimestre natural en el que un crédito es permitido.
11d. Porción No Reembolsable del Crédito por
los Salarios de Licencia por Enfermedad y
Familiar Calificados por la Licencia Tomada
después del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1
de Octubre de 2021
contribuciones al Medicare asignables a esos salarios. La porción
no reembolsable del crédito se limita a la parte correspondiente al
patrono de las contribuciones al Seguro Social declarada en las
líneas 5a y 5b del Formulario 941-PR, después de que esa parte se
reduzca primero por cualquier crédito contra la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social
reclamado en el Formulario 8974 para el crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas, cualquier crédito a ser reclamado en el
Formulario 5884-C, en inglés, para el crédito por oportunidad de
trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas
que contratan a veteranos calificados y/o cualquier crédito a ser
reclamado en el Formulario 5884-D para el crédito por desastres
para organizaciones exentas de contribuciones calificadas.
Complete la línea 11d sólo si los salarios de licencia por
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar
!
´
PRECAUCION
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre
de 2021.
Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos
gubernamentales sin tomar en cuenta el número de empleados (a
excepción del gobierno federal y sus agencias e
Si usted es un tercero pagador de compensación por
instrumentalidades, excepto las que se describen en la sección
501(c)(1)) tienen el derecho a un crédito si éstos proveen licencia
por enfermedad pagada a los empleados que, de otra manera
Ley ARP, y/o provee licencia familiar pagada a empleados que de
otra manera cumple con los requisitos conforme a la FMLA
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Para propósitos de este crédito, los salarios de licencia por
enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados
son aquéllos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la
definición de empleo conforme a las secciones 3121(b) a (22), que
un patrono paga y que, por lo demás, cumplen con los requisitos de
la EPSLA o la FMLA Expandida, según promulgada conforme a la
FFCRA y enmendada para propósitos de la Ley ARP. Anote la
porción no reembolsable del crédito por los salarios de la licencia
por enfermedad y familiar calificados de la línea 2p del Paso 2 de la
enfermedad que no es un agente (por ejemplo, una
!
´
PRECAUCION
compañía de seguros) y está reclamando el crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las
cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social
declarada en la línea 5a tiene que reducirse por cualquier ajuste que
haga en la línea 8 de la parte correspondiente al patrono de la
contribución al Seguro Social transferida a su cliente. Si recibió la
Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de
pago conforme a la sección 3121(q)), en inglés, para contribuciones
adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520)
durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y
al Medicare en la línea 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la
Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente
al patrono de la contribución al Seguro Social. Esta cantidad de la
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social
puede ser reducida por la porción no reembolsable del crédito. Vea
El crédito por los salarios de licencia por enfermedad y los
salarios de licencia familiar calificados consiste de:
Cualquier crédito que exceda la cantidad restante de la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social
es reembolsable y declarado en la línea 13c del Formulario 941-PR.
Para más información sobre el crédito por los salarios de licencia
inglés.
Salarios de licencia por enfermedad calificados y/o salarios de
•
licencia familiar calificados;
•
•
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios
de licencia por enfermedad y familiar calificados. El crédito por
los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia
familiar calificados aumentó para cubrir los gastos calificados del
plan de salud que se pueden asignar apropiadamente a los salarios
de licencia calificados por los cuales se permite el crédito. Estos
gastos calificados del plan de salud son cantidades pagadas o
incurridas por el patrono para proporcionar y mantener un plan de
salud grupal, pero sólo en la medida en que tales cantidades estén
excluidas de los ingresos de los empleados como cobertura bajo un
plan de accidentes o plan de salud. La cantidad de gastos
calificados del plan de salud generalmente incluye tanto la porción
del costo pagado por el patrono como la porción del costo pagado
por el empleado con aportaciones salariales que reducen dicho
salario antes de la imposición de contribuciones. Sin embargo, los
gastos calificados del plan de salud no incluyen cantidades que el
empleado pagó con aportaciones salariales hechas después de la
imposición de contribuciones. Para más información, acceda a
IRS.gov/PLC, en inglés.
negociación colectiva, sujetas a limitaciones de los salarios de
licencia calificados asignables a los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados;
•
colectiva, sujetas a las limitaciones de salarios de licencia
calificados asignables a los salarios de licencia por enfermedad y
familiar calificados; y
La parte correspondiente al patrono de las contribuciones al
•
Seguro Social y al Medicare asignables a los salarios de licencia por
enfermedad y licencia familiar calificados.
La porción no reembolsable del crédito se limita a la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare declarada
en la línea 5c del Formulario 941-PR, después que esa porción se
reduzca primero por cualquier crédito reclamado contra la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare en el
Formulario 8974 por el crédito contributivo sobre la nómina de
pequeños negocios calificados por aumentar las actividades
investigativas. No puede reclamar el crédito por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021
si, durante el trimestre aplicable en el que se pagaron salarios de
licencia por enfermedad o familiar calificados, usted proporcionó la
licencia de una manera que discrimina a favor de empleados
altamente compensados, empleados a tiempo completo o
empleados en base al tiempo de permanencia (antigüedad) en el
-14-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
empleo al hacer la licencia por enfermedad y/o familiar calificada
disponible a los empleados. Vea Empleados altamente
compensados, más adelante, para la definición.
incluye tanto la porción del costo pagado por el patrono como la
porción del costo pagado por el empleado con las aportaciones
salariales que reducen dicho salario antes de la imposición de
contribuciones. Sin embargo, los gastos calificados del plan de
salud no incluyen cantidades que el empleado pagó con
aportaciones salariales hechas después de la imposición de
inglés.
Por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes
del 1 de octubre de 2021, el crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados se reduce por la cantidad del
crédito permitido conforme a la sección 41 (para el crédito por el
aumento de las actividades investigativas) con respecto a los
salarios tomados en cuenta para determinar el crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados; y
cualesquier salarios tomados en cuenta para determinar el crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados no
pueden ser tomados en cuenta como salarios para propósitos de
los créditos conforme a las secciones 45A, 45P, 45S y 51. Por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021, los salarios calificados tampoco incluyen salarios
que fueron usados como costos de nómina en conexión con una
Shuttered Venue Operator Grant (Subvención para operadores de
lugares cerrados) conforme a la sección 324 de la Economic Aid to
Hard-Hit Small Businesses, Nonprofits, and Venues Act (Ley de
Ayuda Económica para Negocios Pequeños, Organizaciones sin
Fines de Lucro y Lugares Más Afectados); o una subvención para la
revitalización de restaurantes conforme a la sección 5003 de la Ley
ARP. Los patronos pueden recibir tanto un Small Business
Interruption Loan (Préstamo por Interrupción para Pequeños
Negocios) bajo el Paycheck Protection Program (Programa de
Protección de Cheques de Pago o PPP, por sus siglas en inglés)
como el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y
familiar calificados; sin embargo, los patronos no pueden recibir la
condonación del préstamo y un crédito por los mismos salarios. Los
mismos salarios no pueden ser tratados como salarios de licencia
por enfermedad calificados y como salarios de licencia familiar
calificados a la vez.
Aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de
negociación colectiva. Para propósitos de los salarios de licencia
por enfermedad y familiar calificados, las aportaciones a planes de
pensiones de beneficio definido de negociación colectiva son
aportaciones para un trimestre natural en que:
Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus
•
empleados a un plan de pensiones de beneficios definidos, como
se define en la sección 414(j), el cual reúne los requisitos de la
sección 401(a);
Son efectuadas en base a la tasa de aportación a la pensión; y
Se requiere que sean efectuadas conforme a los términos de un
•
•
acuerdo de negociación colectiva en vigencia durante el trimestre.
Tasa de aportación a la pensión. La tasa de aportación a la
pensión es la tasa de aportación que el patrono está obligado a
pagar bajo los términos de un acuerdo de negociación colectiva a
un plan de beneficios definidos, según se aplique dicha tasa a las
unidades de aportación base, como se define conforme a la sección
4001(a)(11) de la Employer Retirement Income Security Act
(ERISA) of 1974 (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación de
los Empleados o ERISA, por sus siglas en inglés, de 1974).
Reglas de asignación. La cantidad de aportaciones a planes de
pensiones de beneficio definido de negociación colectiva
asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o
a los salarios de licencia familiar calificados durante un trimestre es
la tasa de aportación a la pensión (expresada como una tarifa por
hora) multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de
licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia
familiar calificados que fueron provistas a los empleados cubiertos
bajo los términos de un acuerdo de negociación colectiva durante el
trimestre.
Si usted es un tercero pagador de compensación por
enfermedad que no sea un agente (por ejemplo, una
!
´
PRECAUCION
compañía de seguros) y está reclamando el crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las
cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la
parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare
declarada en la línea 5c tiene que reducirse por cualquier ajuste que
haga en la línea 8 de la parte correspondiente al patrono de la
contribución al Medicare transferida a su cliente. Si recibió la
Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de
pago conforme a la sección 3121(q)), en inglés, para contribuciones
adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520)
durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte
Aportaciones al programa de aprendizaje de negociación co-
lectiva. Para propósitos de los salarios de licencia por enfermedad
y familiar calificados, las aportaciones al programa de aprendizaje
de negociación colectiva son aportaciones para un trimestre natural
en que:
Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus
•
empleados a un programa de aprendizaje registrado, el cual es un
aprendizaje inscrito conforme a la National Apprenticeship Act (Ley
Nacional de Aprendizaje) del 16 de agosto de 1937 y cumple con
las normas del Reglamento Federal conforme a la Subparte A de la
Parte 29 y la Parte 30 del Título 29;
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y
al Medicare en la línea 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la
Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente
al patrono de la contribución al Medicare. Esta cantidad de la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare puede ser
reducida por la porción no reembolsable del crédito. Vea la Hoja de
Trabajo 2 para calcular su crédito.
Son efectuadas en base a la tasa de aportación al programa de
•
aprendizaje; y
Se requiere que sean efectuadas conforme a los términos de un
•
acuerdo de negociación colectiva en vigencia durante el trimestre.
Tasa de aportación al programa de aprendizaje. La tasa de
aportación al programa de aprendizaje es la tasa de aportación que
el patrono está obligado a pagar bajo los términos de un acuerdo de
negociación colectiva para los beneficios bajo un programa de
aprendizaje registrado, según se aplique dicha tasa a las unidades
de aportación base, como se define en la sección 4001(a)(11) de la
Ley ERISA.
Cualquier crédito en exceso de la cantidad restante de la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare es
reembolsable y declarada en la línea 13e del Formulario 941-PR.
Para más información sobre el crédito por los salarios de licencia
inglés.
Reglas de asignación. La cantidad de las aportaciones al
programa de aprendizaje de negociación colectiva asignables a los
salarios de licencia por enfermedad calificados y/o a los salarios de
licencia familiar calificados en un trimestre es la tasa de aportación
al programa de aprendizaje (expresada como una tarifa por hora)
multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de licencia por
enfermedad y/o salarios de licencia familiar calificados que fueron
provistas a los empleados cubiertos bajo los términos de un
acuerdo de negociación colectiva durante el trimestre.
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios
calificados de licencia por enfermedad y licencia familiar. El
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y por los salarios
de licencia familiar calificados se aumenta para cubrir los gastos
calificados del plan de salud que se pueden asignar
apropiadamente a los salarios de licencia calificados por los cuales
se permite el crédito. Estos gastos calificados del plan de salud son
cantidades pagadas o incurridas por el patrono para proporcionar y
mantener un plan de salud grupal, pero sólo en la medida en que
tales cantidades estén excluidas de los ingresos de los empleados
como cobertura bajo un plan de accidentes o plan de salud. La
cantidad de gastos calificados del plan de salud generalmente
Empleados altamente compensados. Un empleado altamente
compensado es un empleado que reúne los siguientes requisitos:
-15-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
1. El empleado era dueño del 5% de la compañía en cualquier
momento durante el año o el año anterior.
13c. Porción Reembolsable del Crédito por los
Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar
Calificados por la Licencia Tomada después del
31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de
2021
2. El empleado recibió un salario de más de $135,000 para el
año anterior.
Puede elegir ignorar el requisito (2) si el empleado no era parte
del 20% de los mejores empleados cuando se clasifican en base a
los salarios del año anterior.
Complete la línea 13c sólo si los salarios de licencia por
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar
!
´
PRECAUCION
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia
11g. Total de Créditos No Reembolsables
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021.
Sume las líneas 11a, 11b y 11d. Anote el total en la línea 11g.
12. Total de Contribuciones después de
Considerar los Ajustes y Créditos No
Reembolsables
Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500
empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Anote la
porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados de la línea 2k del Paso 2 de la
Hoja de Trabajo 1. El crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia
por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar
esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las
contribuciónes al Medicare asignable a esos salarios. La porción
reembolsable del crédito se permite después de que la parte
correspondiente al patrono de las contribuciónes al Seguro Social
se reduzca a cero por los créditos no reembolsables que se aplican
contra la parte correspondiente al patrono de las contribuciónes al
Seguro Social.
Reste la línea 11g de la línea 10 y anote el resultado en la línea 12.
La cantidad anotada en la línea 12 no puede ser menos de cero.
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $2,500 para el
•
trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Puede pagar la cantidad junto con el
Formulario 941-PR o puede depositarla. Para evitar una multa, tiene
que pagar cualquier cantidad que adeuda en su totalidad con una
planilla declarada oportunamente o tiene que depositar cualquier
cantidad que adeuda antes de la fecha de vencimiento de la planilla.
Para más información sobre cómo pagar junto con una planilla
adelante.
Si la cantidad de la línea 12 es $2,500 o más para el
•
trimestre en curso y el trimestre anterior o si usted tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Tiene que hacer los depósitos requeridos
para información sobre la reducción de depósitos para ciertos
créditos. La cantidad que aparece en la línea 12 tiene que ser igual
al “Total para el trimestre” que aparece en la línea 16 del
Formulario 941-PR o a la “Obligación total para el trimestre” que
aparece en el Anexo B (Formulario 941-PR). Para más información,
13e. Porción reembolsable del crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados por la licencia tomada después del
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de
2021
Complete la línea 13e sólo si los salarios de licencia por
enfermedad calificados y/o lo salarios de licencia familiar
!
´
PRECAUCION
calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre
de 2021.
Para más información y reglas sobre los depósitos de la
y el apartado 11 de la Pub. 179.
Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos
gubernamentales sin tomar en cuenta el número de empleados (a
excepción del gobierno federal y sus agencias e
Si es depositante de itinerario bisemanal, tiene que
completar el Anexo B (Formulario 941-PR). Si no completa
!
instrumentalidades, excepto las que se describen en la sección
501(c)(1)) tienen derecho a un crédito si éstos proveen licencia por
enfermedad pagada a los empleados que de otra manera cumple
y/o proveen licencia familiar pagada a empleados que de otra
según enmendada por la Ley ARP, por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada después del
31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Anote la
porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados de la línea 2q del Paso 2 de la
Hoja de Trabajo 2. La porción reembolsable del crédito se permite
después de que la parte correspondiente al patrono de las
contribuciónes al Medicare se reduzca a cero por los créditos no
reembolsables que aplican contra la parte correspondiente al
patrono de las contribuciones al Medicare.
´
PRECAUCION
o envía el Anexo B (Formulario 941-PR), el IRS le puede
imponer multas basadas en toda la información que esté disponible.
13a. Total de Depósitos para este Trimestre
Anote sus depósitos para este trimestre, incluyendo toda cantidad
pagada en exceso de un trimestre anterior que usted aplicó a esta
planilla. Incluya también en esta cantidad toda cantidad pagada en
exceso que usted aplicó proveniente de la radicación del Formulario
941-X (PR) o el Formulario 944-X (SP) en el trimestre en curso. No
incluya ninguna cantidad que no depositó porque redujo sus
depósitos en anticipación del crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y licencia familiar calificados, como se discute en el
2021-24), ambos en inglés.
13g. Total de Depósitos y Créditos
Reembolsables
Sume las líneas 13a, 13c y 13e. Anote el total en la línea 13g.
14. Saldo Adeudado
Si la cantidad de la línea 12 es mayor que la cantidad de la línea
13g, anote la diferencia en la línea 14. De lo contrario, vea las
-16-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.
recuadro en la línea 15. Si no marca ninguno de los recuadros, o si
marca ambos recuadros, generalmente se le aplicará la cantidad
pagada en exceso a su próxima planilla. Independientemente de los
recuadros que usted marque o no marque en la línea 15, podemos
aplicar dicha cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta
contributiva vencida (en mora) que aparezca en nuestros registros
bajo su EIN.
No tiene que pagar si la cantidad de la línea 14 es menos de $1.
Por lo general, tendrá un saldo adeudado únicamente si el total de
sus contribuciones después de ajustes y créditos no reembolsables
(línea 12) para el trimestre en curso o el trimestre anterior es menos
de $2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el
próximo día durante el trimestre en curso. Sin embargo, vea el
apartado 11 de la Pub. 179 para información sobre los pagos
efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los depósitos.
Si la cantidad de la línea 15 es menos de $1, le enviaremos un
reembolso o se la aplicaremos a su próxima planilla de contribución
únicamente si lo solicita por escrito.
Si se le requiere efectuar depósitos de la contribución federal,
pague la cantidad indicada en la línea 14 mediante EFT. Si no se le
requiere efectuar depósitos de la contribución federal (vea ¿Tiene
que Depositar sus Contribuciones?, anteriormente) o si usted es un
depositante de itinerario mensual efectuando un pago de acuerdo a
la regla de la exactitud de los depósitos, puede pagar la cantidad
indicada en la línea 14 mediante EFT, tarjeta de crédito, tarjeta de
débito, cheque, giro o EFW. Para más información sobre las
opciones de pago por medios electrónicos, acceda a IRS.gov/
Parte 2: Infórmenos sobre su
Itinerario de Depósitos y Obligación
Contributiva para este Trimestre
16. Obligación Contributiva para el Trimestre
Marque uno de los recuadros en la línea 16. Siga las instrucciones
de cada recuadro para determinar si necesita anotar su obligación
contributiva mensual en el Formulario 941-PR o su obligación
contributiva diaria en el Anexo B (Formulario 941-PR).
Si paga mediante EFT, tarjeta de crédito o tarjeta de débito,
envíe su planilla de contribución a la dirección en la cual se radican
las planillas enviadas “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde Deberá
Enviar la Planilla?, anteriormente, y no radique el Formulario
941-V(PR), Comprobante de Pago.
Excepción de minimis (mínimo). Si la cantidad de la línea 12
para el trimestre en curso o para el trimestre anterior es menos de
$2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el
próximo día durante el trimestre en curso, marque el primer
recuadro en la línea 16 y pase a la Parte 3.
Si paga mediante un cheque o giro, hágalo a la orden de “United
States Treasury” (Tesoro de los Estados Unidos). Anote su EIN,
“Formulario 941-PR” y el período contributivo (“1er trimestre de
2023”, “2do trimestre de 2023”, “3er trimestre de 2023” o “4to
trimestre de 2023”) en su cheque o giro. Complete el Formulario
941-V(PR) y adjúntelo al Formulario 941-PR.
Si la excepción de minimis (mínimo) le aplica basado en el
trimestre anterior y la línea 12 del trimestre en curso es
!
´
PRECAUCION
$100,000 o más, tiene que proporcionar un registro de su
responsabilidad sobre las contribuciones federales. Si usted es un
depositante de itinerario mensual, complete el itinerario de
depósitos que se encuentra en la línea 16 del Formulario 941-PR. Si
usted es un depositante de itinerario bisemanal, adjunte el Anexo B
(Formulario 941-PR).
Si la línea 12 es $2,500 o más tanto en el Formulario 941-PR del
trimestre anterior como en el Formulario 941-PR del trimestre en
curso, y ha depositado todas las contribuciones cuando éstas se
adeudaban, el saldo adeudado en la línea 14 deberá ser cero.
Si a usted se le requiere hacer los depósitos y, en su lugar,
paga las contribuciones con el Formulario 941-PR, puede
Depositante de itinerario mensual. Si declaró $50,000 o menos
por concepto de contribuciones durante el período retroactivo, usted
es depositante de itinerario mensual a menos que le corresponda la
Regla de depositar $100,000 el próximo día que se explica en el
apartado 11 de la Pub. 179. Marque el segundo recuadro en la línea
16 y anote su obligación contributiva para cada mes del trimestre.
Anote su obligación contributiva en el mes correspondiente en las
fechas que pagó salarios a sus empleados, no la fecha que la
obligación de nómina se acumuló o los depósitos se efectuaron.
Sume las cantidades para cada mes. Anote el resultado en el
recuadro Total para el trimestre.
Tenga presente que su obligación contributiva total para el
trimestre tiene que ser igual al total de las contribuciones indicadas
en la línea 12. Si no es así, se podría considerar que sus depósitos y
pagos no fueron hechos oportunamente. No reduzca su obligación
total declarada en la línea 16 por la porción reembolsable del crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar
calificados. No cambie su obligación contributiva en la línea 16 por
ajustes declarados en cualquier Formulario 941-X (PR).
Usted es depositante de itinerario mensual para el año natural si
la cantidad de sus contribuciones del Formulario 941-PR declaradas
para el período retroactivo es $50,000 o menos. El período
retroactivo consta de los 4 trimestres consecutivos que terminan el
30 de junio del año anterior. En el caso del año 2023, el período
retroactivo comienza el 1 de julio de 2021 y termina el 30 de junio de
2022. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles sobre las
reglas de depósito. Si radicó el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022,
su período retroactivo es el año natural 2021.
!
´
PRECAUCION
estar sujeto a multas. Vea la sección ¿Tiene que Depositar
sus Contribuciones?, anteriormente.
¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad? Si no
puede pagar la cantidad completa de contribución que adeuda,
puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:
No puede pagar la cantidad total que aparece en la línea 14,
La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y
•
•
•
Usted puede pagar la obligación en su totalidad dentro de 24
meses.
Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud en Línea
Español.
Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la
cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones
que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de
pagos a plazos, tales como pagar la obligación dentro de 24 meses,
efectuar todos los depósitos requeridos y radicar oportunamente las
planillas de contribución durante el acuerdo.
Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrará un cargo
administrativo y estará sujeto a las multas e intereses sobre la
cantidad de la contribución que no ha sido pagada para la fecha de
vencimiento de la planilla.
15. Contribución Pagada en Exceso
Si la cantidad de la línea 13g es mayor que la cantidad de la línea
12, anote la diferencia en la línea 15.
Las cantidades anotadas en la línea 16 son un resumen de
su obligación contributiva mensual y no es un resumen o
!
Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.
´
PRECAUCION
registro de los depósitos que efectuó. Si no declara
Si depositó más de la cantidad correcta para el trimestre, puede
optar por que el IRS le reembolse la cantidad pagada en exceso o
que ésta se le acredite a su próxima planilla. Marque solamente un
correctamente sus obligaciones cuando se le requiere hacerlo o si
es depositante de itinerario bisemanal y anota sus obligaciones en
la línea 16 en lugar del Anexo B (Formulario 941-PR), se le podría
-17-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
imponer una multa “promediada” FTD. Vea Multas relacionadas
con los depósitos en el apartado 11 de la Pub. 179 para más
información.
anteriores ni tomarse como un crédito contra los salarios pagados
de trimestres anteriores.
Ejemplo. La Compañía Rosa es un patrono con un año natural
contributivo que radicó oportunamente su planilla de contribuciones
sobre los ingresos de 2022 el 18 de abril de 2023. La Compañía
Rosa eligió tomar en el Formulario 6765 el crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas. El tercer trimestre de 2023 es el primer
trimestre que comienza después de que la Compañía Rosa radicará
la planilla de contribuciones sobre los ingresos haciendo la elección
del crédito contributivo sobre la nómina. Por lo tanto, el crédito
contributivo sobre la nómina se aplica contra la parte
Cómo declarar ajustes de las líneas 7 a 9 en la línea 16. Si
su ajuste neto para algún mes es negativo y el mismo excede su
obligación contributiva total para el mes, no anote una cantidad
negativa para el mes. En vez de hacer eso, anote “-0-” (cero) para el
mes y lleve la porción no usada del ajuste al mes siguiente.
Depositante de itinerario bisemanal. Si declaró más de $50,000
por concepto de contribuciones para el período retroactivo, usted es
depositante de itinerario bisemanal. Marque el tercer recuadro en la
línea 16.
correspondiente a la Compañía Rosa en las contribuciones al
Seguro Social (hasta $250,000) y las contribuciones al Medicare
sobre los salarios pagados a los empleados en el tercer trimestre de
2023. La Compañía Rosa es un depositante de itinerario bisemanal.
La Compañía Rosa completa el Anexo B (Formulario 941-PR)
reduciendo la cantidad de la obligación contributiva anotada para el
primer pago de la nómina en el tercer trimestre de 2023 que incluye
los salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social por el
menor de (1) su parte de la contribución al Seguro Social (hasta
$250,000) sobre los salarios o (2) el crédito contributivo sobre la
nómina disponible. Si el crédito contributivo sobre la nómina elegido
es más que la parte de la Compañía Rosa de la contribución al
Seguro Social en el primer pago de la nómina del trimestre, el
crédito contributivo sobre la nómina en exceso se trasladaría a los
pagos de la nómina en el tercer trimestre hasta que sea utilizado
contra los $250,000 de la parte de la Compañía Rosa de la
contribución del Seguro Social para el trimestre. Si la cantidad del
crédito contributivo sobre la nómina excede la parte
Tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR) y
adjuntarlo al radicar el Formulario 941-PR. No radique el Anexo B
(Formulario 941-PR) con su Formulario 941-PR si es depositante de
itinerario mensual.
No cambie su obligación contributiva en el Anexo B (Formulario
941-PR) por ajustes declarados en todo Formulario 941-X (PR).
Ajuste de la obligación contributiva para los créditos no reem-
bolsables reclamados en las líneas 11a, 11b y 11d. Los
depositantes de itinerario mensual y depositantes de itinerario
bisemanal tienen que tomar en cuenta los créditos no
reembolsables reclamados en las líneas 11a, 11b y 11d cuando
declaren sus obligaciones contributivas en la línea 16 o en el Anexo
B (Formulario 941-PR). La obligación contributiva total para el
trimestre tiene que ser igual a la cantidad declarada en la línea 12.
Si no toma en cuenta los créditos no reembolsables en la línea 16 o
en el Anexo B (Formulario 941-PR), podrá causar que en la línea 16
o en el Anexo B (Formulario 941-PR) se declare más del total de la
obligación contributiva declarada en la línea 12. No reduzca su
obligación contributiva mensual declarada en la línea 16 o su
obligación contributiva diaria declarada en el Anexo B (Formulario
941-PR) a una cantidad menor que cero.
correspondiente a la Compañía Rosa de la contribución al Seguro
Social (hasta $250,000) sobre los salarios pagados a sus
empleados en el tercer trimestre, cualquier crédito restante se usa
contra la parte correspondiente de la Compañía Rosa de la
contribución al Medicare para el primer pago de la nómina del
trimestre y, entonces, el exceso del crédito por el pago sobre la
nómina se trasladaría a los pagos sobre la nómina sucesivos en el
tercer trimestre hasta que se utilice contra la parte correspondiente
de la Compañía Rosa de la contribución al Medicare para el
trimestre. Si la Compañía Rosa todavía tiene créditos restantes
después de haber reducido su parte correspondiente de la
contribución al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribución al
Medicare para el tercer trimestre, la cantidad restante se tratará
como un crédito contributivo sobre la nómina contra la parte
correspondiente de la contribución al Seguro Social ($250,000) y la
contribución al Medicare por los salarios pagados en el cuarto
trimestre. Si la cantidad restante del crédito contributivo sobre la
nómina excedió la parte correspondiente a la Compañía Rosa de la
contribución al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribución al
Medicare sobre los salarios pagados en el cuarto trimestre, ésta
podría ser trasladada y ser tratada como un crédito contributivo
sobre la nómina para el primer trimestre de 2024.
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas (línea
11a). A partir del primer trimestre de 2023, el crédito contributivo
sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas se usa primero para reducir la parte
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social
(hasta $250,000) para el trimestre y cualquier crédito restante se
usa entonces para reducir la parte correspondiente al patrono de la
contribución al Medicare para el trimestre hasta que alcance cero.
Para completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome
en cuenta el crédito contributivo sobre la nómina contra la
obligación de las contribuciones al Seguro Social correspondiente al
patrono comenzando con el primer pago de nómina para el
trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las
contribuciones al Seguro Social a sus empleados hasta utilizar un
máximo de $250,000 del crédito contra la parte correspondiente al
patrono de la contribución al Seguro Social y, entonces, tome en
cuenta cualquier crédito sobre la nómina restante contra la
obligación de la parte correspondiente al patrono de la contribución
al Medicare comenzando con el primer pago de nómina del
trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia
tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de
abril de 2021 (línea 11b). La porción no reembolsable del crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del
31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se limita a la
parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social
por los salarios pagados en el trimestre restante después de que
esa parte se reduzca primero por cualquier crédito reclamado
contra la parte correspondiente al patrono de la contribución al
Seguro Social en la línea 12 del Formulario 8974 para el crédito
contributivo sobre la nómina de pequeños negocios calificados por
aumentar las actividades investigativas en la línea 11 del Formulario
5884-C, el crédito contributivo por oportunidad de trabajo para
organizaciones calificadas exentas de contribuciones que contratan
a veteranos calificados y/o cualquier crédito a ser reclamado en el
Formulario 5884-D para el crédito por desastres para
contribuciones al Medicare a sus empleados. De acuerdo con las
entradas en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR), el
crédito contributivo sobre la nómina se tiene que tomar en cuenta al
hacer los depósitos de las contribuciones sobre la nómina. Si se
mantiene algún crédito contributivo sobre la nómina al final del
trimestre que no se ha utilizado completamente porque excede de
$250,000 de la parte correspondiente al patrono de las
contribuciones al Seguro Social y la parte correspondiente al
patrono de las contribuciones al Medicare para el trimestre, el
crédito en exceso puede ser transferido al siguiente trimestre y
permitido como un crédito contributivo sobre la nómina para el
siguiente trimestre. El crédito contributivo sobre la nómina no se
puede utilizar como un crédito contra la retención de la contribución
federal sobre los ingresos, o la parte correspondiente del empleado
de las contribuciones al Seguro Social, o la parte correspondiente al
empleado de las contribuciones al Medicare. Además, el crédito
contributivo sobre la nómina restante no puede aplicarse a años
organizaciones exentas de contribuciones calificadas. Para
completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en
cuenta la porción no reembolsable del crédito por los salarios de
-18-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
licencia por enfermedad y familiar calificados del trimestre contra la
obligación correspondiente al primer pago de nómina del trimestre,
pero no una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligación
por cada pago de nómina sucesivo en el trimestre hasta que la
porción no reembolsable del crédito sea utilizada. Cualquier crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del
31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 que quede
restante al final del trimestre porque excede la parte
Parte 3: Infórmenos sobre su Negocio
En la Parte 3, conteste sólo aquellas preguntas que le correspondan
a su negocio. Si alguna pregunta no le corresponde, déjela en
blanco y pase a la Parte 4.
17. Si su Negocio Ha Dejado de Operar...
Si su negocio ha dejado de operar permanentemente o si ha dejado
de pagar salarios, tiene que radicar una planilla final. Para
informarle al IRS que un Formulario 941-PR es su planilla final,
marque el recuadro de la línea 17 y anote la última fecha en la que
pagó salarios en el espacio provisto. Para requisitos adicionales de
la radicación, incluyendo información sobre cómo adjuntar una
Negocio, anteriormente.
correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social se
reclama en la línea 13c como un crédito reembolsable. La porción
reembolsable del crédito no reduce la obligación declarada en la
línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).
Ejemplo. La Compañía Arce es un depositante de itinerario
bisemanal que paga los salarios a sus empleados cada otro viernes.
En el primer trimestre de 2023, la Compañía Arce tenía fechas de
pago el 6 de enero, el 20 de enero, el 3 de febrero, el 17 de febrero,
el 3 de marzo, el 17 de marzo y el 31 de marzo. La Compañía Arce
pagó salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados el 6
de enero y el 20 de enero por la licencia tomada después del 31 de
marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. La porción no
reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad
y familiar calificados es $10,000 para el trimestre. En el Anexo B
(Formulario 941-PR), la Compañía Arce utilizará los $10,000 para
reducir la obligación de la fecha de pago del 6 de enero, pero no a
una cantidad menor que cero. Si alguna porción no reembolsable
del crédito permanece, la Compañía Arce la aplicará a la obligación
de la fecha de pago del 20 de enero, y luego a la fecha de pago del
3 de febrero, y así sucesivamente hasta que todos los $10,000 se
utilicen.
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia
pagada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021 (línea 11d). La porción no reembolsable del
crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021
se limita a la parte correspondiente al patrono de la contribución al
Medicare en los salarios pagados en el trimestre que queda
restante después que esa parte se reduzca primero por todo crédito
reclamado contra la parte correspondiente al patrono de la
contribución al Medicare en la línea 16 del Formulario 8974 por el
crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para
completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en
cuenta la porción no reembolsable de todo el trimestre del crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados
pagados este trimestre de 2023 contra la obligación
18. Si Es Patrono Estacional...
Si contrata a empleados estacionales —por ejemplo, sólo para el
verano o el invierno— marque el recuadro de la línea 18. El marcar
el recuadro le indica al IRS que no debe esperar recibir cuatro
Formularios 941-PR de usted durante el año porque no ha pagado
salarios con regularidad.
Por lo general, no le solicitaremos información sobre planillas no
radicadas si al menos una planilla sujeta a contribuciones es
radicada cada año. Sin embargo, tiene que marcar el recuadro de la
línea 18 en cada Formulario 941-PR que radique. De lo contrario, el
IRS esperará que se radique una planilla para cada trimestre.
Además, al completar el Formulario 941-PR, asegúrese de
marcar el recuadro de la parte superior de la planilla que
corresponde al trimestre en que declara salarios.
Las cantidades anotadas en las líneas 19 a 28 son
CONSEJO
cantidades que usted utiliza en las hojas de trabajo al final
de estas instrucciones para calcular ciertos créditos. Si está
reclamando estos créditos, tiene que anotar las cantidades
aplicables.
Complete las líneas 19 y 20 sólo si los gastos calificados
del plan de salud asignables a los salarios de licencia por
!
´
PRECAUCION
enfermedad calificados y/o los salarios de licencia por
enfermedad calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de
abril de 2021.
19. Gastos Calificados del Plan de Salud
Asignables a los Salarios de Licencia por
Enfermedad Calificados por la Licencia Tomada
después del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1
de Abril de 2021
correspondiente al primer pago de nómina del trimestre, pero no a
una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligación por
cada pago de nómina sucesivo en el trimestre hasta que la porción
no reembolsable del crédito sea utilizada. Cualquier crédito por los
salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados
en este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, que queda
restante al final del trimestre porque excede la parte
salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo
de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad también se
correspondiente al patrono de la contribución al Medicare se
reclama en la línea 13e como un crédito reembolsable. La porción
reembolsable del crédito no reduce la obligación declarada en la
línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).
20. Gastos Calificados del Plan de Salud
Asignables a los Salarios de Licencia Familiar
Calificados por la Licencia Tomada después del
31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de
2021
Usted puede reducir sus depósitos por la cantidad de las
CONSEJO
porciones no reembolsables y reembolsables del crédito
por los salarios de licencia por enfermedad y licencia
familiar calificados, como se discute anteriormente bajo Cómo
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y
antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad también se anota en la
-19-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Complete las líneas 23, 24 y 25 sólo si los salarios de
licencia por enfermedad calificados se pagaron este
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de
27. Gastos Calificados del Plan de Salud
Asignables a los Salarios de Licencia Familiar
Calificados Declarados en la Línea 26
!
´
PRECAUCION
marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y
antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en
23. Salarios de Licencia por Enfermedad
Calificados por la Licencia Tomada después del
31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre
de 2021
28. Cantidades de Ciertos Acuerdos de
Negociación Colectiva Asignables a los Salarios
de Licencia Familiar Calificados Declarados en
la Línea 26
Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados que usted
pagó este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,
incluyendo cualquier salario de licencia por enfermedad calificado
que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y
cualquier salario de licencia por enfermedad calificado excluido de
la definición de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22).
información sobre los salarios de licencia por enfermedad
aprendizaje de negociación colectiva asignables a los salarios de
licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la
licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en la línea 2i del
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021
y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota
24. Gastos Calificados del Plan de Salud
Asignables a los Salarios de Licencia por
Enfermedad Calificados Declarados en la Línea
23
Parte 4: ¿Podemos Comunicarnos
con su Tercero Autorizado?
Si desea autorizar a algún empleado suyo, a un preparador
remunerado o a otro individuo para que éste hable sobre su
Formulario 941-PR con el IRS, marque el recuadro “Sí” en la Parte
4. Anote el nombre, número de teléfono y los cinco dígitos del
número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) del
individuo específico con quien podamos hablar —no el nombre de
la empresa que preparó su planilla de contribución. La persona
designada puede elegir cualesquier cinco dígitos para su PIN.
salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este
trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se
25. Cantidades de Ciertos Acuerdos de
Negociación Colectiva Asignables a los Salarios
de Licencia por Enfermedad Calificados
Declarados en la Línea 23
Al marcar el recuadro “Sí”, usted autoriza al IRS a hablar con el
tercero designado a fin de hacerle preguntas que surjan al tramitar
su planilla de contribución. Además, le permite a la persona
designada que haga todo lo siguiente:
Facilitarnos toda información no incluida en su planilla.
Llamarnos para obtener información relacionada con la
•
aprendizaje de negociación colectiva asignables a los salarios de
licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del
1 de octubre de 2021. Esta cantidad también se anota en la línea 2c
•
tramitación de su planilla.
•
Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya
compartido con su tercero designado relacionadas con errores
matemáticos y con la preparación de su planilla. El IRS no le enviará
notificaciones a su tercero designado.
Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ningún
compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva
adicional), ni de otra manera representarlo a usted ante el IRS. Si
desea ampliar la autorización de su tercero designado, vea la Pub.
947(SP).
Complete las líneas 26, 27 y 28 sólo si los salarios de
licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de
!
´
PRECAUCION
2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
La autorización para un tercero designado vencerá
automáticamente en 1 año a partir de la fecha de vencimiento (sin
tener en cuenta las prórrogas) para radicar su Formulario 941-PR.
Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la
autorización, escriba al centro de servicio del IRS a la dirección
donde se envían las planillas “Sin un pago”, indicada bajo ¿Adónde
Deberá Enviar la Planilla?, anteriormente.
26. Salarios de Licencia Familiar Calificados por
la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de
2021 y antes del 1 de Octubre de 2021
Anote los salarios de licencia familiar calificados que usted pagó
este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021,
incluyendo cualquier salario por licencia familiar que estaba por
encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de
licencia familiar calificado excluido de la definición de empleo
conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones
salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada
después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Parte 5: Firme Aquí
(Funciones Aprobadas)
Complete toda la información y firme el Formulario 941-PR. Las
siguientes personas están autorizadas a firmar la planilla, según
cada clase de entidad comercial:
• Empresa de un sólo dueño: El individuo que posee el negocio
(el propietario o dueño):
• Corporación (incluyendo una compañía de responsabilidad
limitada (LLC, por sus siglas en inglés) que se trata como una
-20-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
corporación): El presidente, vice presidente u otro funcionario
principal que esté debidamente autorizado para firmar en nombre
de dicha corporación.
preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los
preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de papel
de su puño y letra. El preparador tiene que darle una copia adicional
de la planilla además de la planilla que en sí será radicada ante el
IRS.
• Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsa-
bilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colecti-
va) u otra empresa no incorporada: Un socio, un miembro u otro
funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga
conocimiento de todas las operaciones y asuntos de la entidad.
Si usted es preparador remunerado, anote su número de
identificación contributiva del preparador remunerado (PTIN, por
sus siglas en inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección
completa. Si trabaja para una firma o empresa, anote el nombre y el
EIN de la firma. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el
Formulario W-12, en inglés. Para más información sobre la solicitud
puede usar su PTIN en lugar del EIN de la firma preparadora de
contribuciones.
• Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un sólo so-
cio que se trata como una entidad no considerada como sepa-
rada de su dueño (disregarded entity) para propósitos de las
contribuciones federales sobre los ingresos: El dueño de la
LLC u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado a
firmar en nombre de dicha compañía.
Por lo general, no complete esta sección si está radicando la
planilla en su calidad de agente de reportación y tiene un Formulario
8655, en inglés, vigente y archivado ante el IRS. Sin embargo, un
agente de reportación tiene que completar esta sección si dicho
agente ofreció asesoría legal; por ejemplo, aconsejarle al cliente
sobre cómo determinar si los trabajadores son empleados o
contratistas independientes para propósitos de las contribuciones
federales.
• Fideicomiso o caudal hereditario: El fiduciario.
El Formulario 941-PR puede ser firmado por un agente
debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha
radicado un poder legal válido ante el IRS.
Método alternativo de firma. Los ejecutivos de la corporación o
agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario
941-PR por medio de un sello de goma, aparato mecánico o
programa de computadora (software). Para más detalles y la
documentación requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en el Internal Revenue Bulletin
2005-28 (Boletín de Rentas Internas 2005-28), en inglés, disponible
Cómo Obtener Formularios,
Instrucciones y Publicaciones del IRS
Puede ver, descargar o imprimir la mayoría de los
formularios, instrucciones y publicaciones que pueda
Para Uso Exclusivo Del Preparador
Remunerado
hacer un pedido y recibir los formularios por correo. El IRS tramitará
su orden para formularios y publicaciones lo más pronto posible. No
vuelva a enviar solicitudes que ya nos haya enviado. Puede obtener
formularios y publicaciones más rápido en línea.
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 941-PR y
proporcionar la información solicitada en la sección titulada Para
Uso Exclusivo Del Preparador Remunerado en la Parte 5 si le
pagó al preparador para preparar el Formulario 941-PR y dicho
-21-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Hoja de Trabajo 1. Crédito por los Salarios de Licencia por
Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023
por la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de 2020 y antes
del 1 de Abril de 2021
Guarde para Sus Registros
Determine cómo completará esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es
aplicable, cliente por cliente).
Si pagó salarios de licencia por enfermedad y/o familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. Precaución: Use la Hoja de Trabajo 2 para calcular el crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados
pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Paso 1.
Determine la parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social este trimestre después de que se reduzca por
cualquier crédito reclamado en el Formulario 8974 y por cualquier crédito a ser reclamado en el Formulario 5884-C y/o en el Formulario
5884-D
1a
1b
Anote la cantidad de la contribución al Seguro Social de la columna 2 de la línea 5a de la Parte 1 del
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1a
Anote la cantidad de la contribución al Seguro Social de la columna 2 de la línea 5b de la Parte 1 del
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1b
1c
1d
1e
Sume las líneas 1a y 1b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1c
Multiplique la línea 1c por 50% (0.50) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1d
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad que no sea un agente y está
reclamando créditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al
patrono de la contribución al Seguro Social incluida en la línea 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR
(anote como número positivo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1e
1f
1g
Reste la línea 1e de la línea 1d . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1f
Si recibió la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago conforme a la
sección 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribución
al Seguro Social de esta notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1g
1h
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social. Sume las líneas 1f
y 1g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1h
1i
1j
1j(i)
1k
Anote la cantidad de la línea 12 del Formulario 8974 para este trimestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Anote la cantidad a reclamar en la línea 11 del Formulario 5884-C para este trimestre . . . . . . . . . .
Anote la cantidad a reclamar en la línea 12 del Formulario 5884-D para este trimestre . . . . . . . . . .
1i
1j
1j(i)
Total de créditos no reembolsables ya usados contra la parte correspondiente al patrono de
la contribución al Seguro Social. Sume las líneas 1i, 1j y 1j(i) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1k
1l
1l
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social restante. Reste la línea
1k de la línea 1h . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Paso 2.
Calcule el crédito de licencia por enfermedad y familiar
2a
Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a
2a(i)
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 5c de la Parte 1 del Formulario
941-PR, pero no incluidos en la columna 1 de la línea 5a(i) de la Parte 1 del Formulario 941-PR
porque los salarios declarados en esa línea estaban limitados por la base salarial del Seguro
Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(i)
2a(ii)
2a(iii)
Total de salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las líneas 2a y 2a(i) . . . . . . . . . . .
2a(ii)
Salarios de licencia por enfermedad calificados excluidos de la definición de empleo conforme a las
secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(iii)
2b
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados
(línea 19 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2b
2c
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia por
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2c
2d
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las líneas 2a(ii), 2a(iii),
2b y 2c . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2d
2e
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la columna 1 de la línea 5a(ii) de la Parte 1 del
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e
2e(i)
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la línea 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR,
pero no incluidos en la columna 1 de la línea 5a(ii) de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los
salarios declarados en esa línea estaban limitados por la base salarial del Seguro Social . . . . . . . . 2e(i)
2e(ii)
2e(iii)
Total de salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2e y 2e(i) . . . . . . . . . . . . . . . . .
2e(ii)
Salarios de licencia familiar calificados excluidos de la definición de empleo conforme a las secciones
3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e(iii)
2f
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados (línea 20
de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2f
2g
2h
2i
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia familiar
calificados. Multiplique la línea 2e(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g
Crédito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2e(ii), 2e(iii), 2f
y 2g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2h
2i
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las líneas 2d
y 2h . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2j
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021. Anote la cantidad menor entre la línea 1l o la línea 2i. Anote esta cantidad en la línea 11b de la
Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2j
2k
Porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de
2021. Reste la línea 2j de la línea 2i y anote esta cantidad en la línea 13c de la Parte 1 del Formulario
941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2k
-22-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)
Hoja de Trabajo 2. Crédito por los Salarios de Licencia por
Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023
por la Licencia Tomada después del 31 de Marzo de 2021 y antes
del 1 de Octubre de 2021
Guarde para Sus Registros
Determine cómo completará esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es
aplicable, cliente por cliente).
Si pagó salarios de licencia por enfermedad calificados y/o salarios de licencia familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo
de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. Precaución: Use la Hoja de Trabajo 1 para calcular el crédito por los salarios de licencia por
enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.
Paso 1.
Determine la parte correspondiente a la contribución al Medicare este trimestre después de reducirse por cualquier crédito reclamado en
el Formulario 8974
1a
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1a
1b
1c
Multiplique la línea 1a por 50% (0.50) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1b
Si usted es un tercero pagador de compensación por enfermedad que no es un agente y está
reclamando créditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al
patrono de la contribución al Medicare incluida en la línea 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR (anote
como número positivo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1c
1d
1e
Reste la línea 1c de la línea 1b . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1d
Si recibió la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificación y solicitud de pago conforme a la
sección 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribución
al Medicare de esta notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1e
1f
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare. Sume las líneas 1d
y 1e . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1f
1g
1h
Anote la cantidad de la línea 16 del Formulario 8974 para este trimestre . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1g
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare restante. Reste la línea 1g de
la línea 1f . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1h
Paso 2.
Calcule el crédito de licencia por enfermedad y familiar
2a
Salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de
2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (línea 23 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . 2a
2a(i)
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 23 de la Parte 3 del Formulario
941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en las líneas 5a y 5c de la Parte 1 del
Formulario 941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad fueron excluidos de la definición
de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(i)
2a(ii)
2a(iii)
Reste la línea 2a(i) de la línea 2a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2a(ii)
Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la línea 23 de la Parte 3 del Formulario
941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en la línea 5a de la Parte 1 del Formulario
941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad estaban limitados por la base salarial del
Seguro Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2a(iii)
2a(iv) Reste la línea 2a(iii) de la línea 2a(ii) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2a(iv)
2b
Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados
por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (línea 24 de
la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2b
2c
Cantidades de ciertos acuerdos de negociación colectiva asignables a los salarios de licencia por
enfermedad calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de
octubre de 2021 (línea 25 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2c
2d
2e
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social sobre los salarios de licencia por
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(iv) por 6.2% (0.062) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2d
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia por
enfermedad calificados. Multiplique la línea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2e
2f
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad. Sume las líneas 2a, 2b, 2c, 2d y 2e . . . . .
2f
2g
Salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y
antes del 1 de octubre de 2021 (línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . 2g
2g(i)
Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que
no fueron incluidos como salarios declarados en las líneas 5a y 5c de la Parte 1 del Formulario
941-PR, porque los salarios de licencia familiar calificados fueron excluidos de la definición de empleo
conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g(i)
2g(ii)
2g(iii)
Reste la línea 2g(i) de la línea 2g . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2g(ii)
Salarios de licencia familiar calificados declarados en la línea 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR
que no fueron incluidos como salarios declarados en la línea 5a de la Parte 1 del Formulario 941-PR
porque los salarios de licencia familiar calificados estaban limitados por la base salarial del Seguro
Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2g(iii)
2g(iv) Reste la línea 2g(iii) de la línea 2g(ii) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2h
2g(iv)
Gastos calificados del plan de salud asignables a salarios de licencia familiar calificados por la licencia
Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2h
2i
Cantidades de ciertos acuerdos de negociación colectiva asignables a los salarios de licencia familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021
(línea 28 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2i
2j
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Seguro Social sobre los salarios de licencia
familiar calificados. Multiplique la línea 2g(iv) por 6.2% (0.062) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2j
2k
2l
Parte correspondiente al patrono de la contribución al Medicare sobre los salarios de licencia familiar
calificados. Multiplique la línea 2g(ii) por 1.45% (0.0145) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2k
Crédito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las líneas 2g, 2h, 2i, 2j
y 2k . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2l
2m
2n
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las líneas 2f
y 2l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2m
Anote cualquier crédito reclamado conforme a la sección 41 por aumentar las actividades
investigativas con respecto a cualquier salario tomado en cuenta para el crédito por los salarios de
licencia por enfermedad y familiar calificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2n
2o
2p
Crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados después de hacer
ajustes por otros créditos. Reste la línea 2n de la línea 2m . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2o
2p
2q
Porción no reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre
de 2021. Anote la cantidad menor entre la línea 1h o la línea 2o. Anote esta cantidad en la línea 11d
de la Parte 1 del Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2q
Porción reembolsable del crédito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar
calificados por la licencia tomada después del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre
de 2021. Reste la línea 2p de la línea 2o y anote esta cantidad en la línea 13e de la Parte 1 del
Formulario 941-PR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
-23-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 03-2023)